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Ayudas Económicas Individuales destinadas a Víctimas y Supervivientes de las Violencias de Género de Tenerife para los ejercicios 2023-2024

Status

No disponible

💰Amount

390.000 euros

📅Start date

Not available

📅End date

Not available

Summary

Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Tenerife. Presupuesto total: 390.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.

Official description of the call

Extracto del Decreto número D0000003531 de 26 de abril de 2024, de la Presidencia del Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria (IASS), por el que se aprueba la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las Ayudas Económicas Individuales destinadas a Víctimas y Supervivientes de las Violencias de Género de Tenerife, ejercicio 2024, cuyas bases reguladoras fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife número 78, de fecha 28 de junio de 2023, así como la modificación de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife número 44, del 10 de abril de 2024. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias BASES REGULADORAS PARA EL OTORGAMIENTO DE AYUDAS ECONÓMICAS INDIVIDUALES, DESTINADAS A VÍCTIMAS Y SUPERVIVIENTES DE LAS VIOLENCIAS DE GÉNERO DE TENERIFE EJERCICIO 2023-2024 . PRIMERA. - Objeto. < >Las presentes bases tienen por objeto establecer las condiciones para la concesión de las Ayudas Económicas Individuales para Víctimas y Supervivientes de las Violencias de Género, que otorgará el Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria de Tenerife (IASS), para aquellas solicitantes que se encuentren en situación de vulnerabilidad y/o emergencia social. Con estas prestaciones económicas, orientadas a la cobertura de necesidades esenciales, se pretende apoyar a víctimas y supervivientes en su recuperación integral y en la superación de las secuelas sociales derivadas de las violencias de género; previniendo con ello la precariedad socioeconómica que les afecta y favoreciendo su proceso de autonomía.Las ayudas reguladas en las presentes Bases tienen carácter finalista, debiendo destinarse al objeto para el que hayan sido concedidas. Se configuran como complementarias al conjunto de recursos y servicios sociales especializados puestos a disposición de las víctimas y supervivientes de las violencias de género de Tenerife, garantizando el acceso a los derechos económicos reconocidos en la legislación vigente.Según el modo de percepción de la ayuda, podrán ser:- Directas, cuando se otorguen o abonen personalmente a la persona solicitante, o a su representante. - Indirectas, cuando se concedan a la persona beneficiaria y se abonen, singularmente, al/la profesional/proveedor que le preste el servicio o suministro al que se destine la ayuda para cubrir, entre otros: < > Gastos de sepelio en los casos de asesinato por violencia de género. Gastos derivados de tratamientos médicos y/o terapéuticos, o aquellos otros en los que se valore la conveniencia de hacer el pago directamente a la empresa proveedora. Aquellos otros en los que se valore la conveniencia de hacer el pago directamente a la empresa proveedora del servicio.Se consideran gastos subvencionables aquellos gastos corrientes que, en el marco de la convocatoria de subvenciones, sean destinados a otorgar ayudas económicas a víctimas y supervivientes de las violencias de género, para la cobertura de:Necesidades básicas: Destinados a afrontar gastos específicos de carácter básico de la unidad de convivencia, relativos a la atención de necesidades primarias de alimentación, higiene, vestimenta y otras de naturaleza análoga, así como suministros básicos de la vivienda habitual, entendiendo por tales los consumos de agua, luz, gas y teléfono, y el alta de estos servicios.Necesidades alojativas: Destinadas a afrontar el importe de alquiler y fianza de vivienda, tanto de titularidad pública como privada, o de habitación en vivienda compartida; cuotas hipotecarias y deudas contraídas por el impago de la hipoteca o el alquiler como secuela de violencia económica; gastos de mantenimiento de la vivienda, estancias temporales fuera del hogar o, en su caso, en recurso alojativo habitual, por motivos relacionados con la situación de violencia de género.Necesidades de transporte y/o desplazamientos, tanto en territorio nacional como extranjero.Necesidades sanitarias tales como tratamientos médicos, gafas graduadas, tratamiento bucodental, ortopedia y ayudas técnicas complementarias, medicación y vacunas, todo ello previa prescripción facultativa. Se considerarán aquellos supuestos en los que no exista cobertura por la Seguridad Social, ni por otra Administración/Organismo que otorgue ayudas específicas para la misma finalidad.Necesidades formativo-laborales de la persona solicitante, tanto de formación reglada como no reglada.Necesidades escolares de los hijos/as a cargo o personas sujetas a la tutela o guarda y custodia, o acogimiento de la mujer víctima de violencia de género titular de la ayuda (escuela infantil y gastos relacionados con la integración escolar: guarderías, material escolar, comedor escolar y actividades extraescolares).Necesidades producidas por el endeudamiento con las Administraciones Públicas, derivado de la violencia de género económica sufrida (Agencia Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social, Gobierno de Canarias y Cabildo de Tenerife), teniendo en cuenta las limitaciones que establece el artículo 31 de la Ley General de Subvenciones, que recoge expresamente que solo se subvencionará el principal de la deuda contraída, y no los intereses deudores de las deudas bancarias, los intereses, recargos, ni sanciones administrativas ni penales. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, ni los impuestos personales sobre la renta.Aquellas necesidades derivadas del desarrollo del Plan Integral de Intervención Individualizado de la persona solicitante y/o de las personas a su cargo, acordado con los Recursos y/o Servicios Especializados en la Atención a Víctimas de…

Who can apply for this grant?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Full requirements may vary. Check the regulatory bases and the official portal to verify all requirements.

Deadlines

Publication dateJuly 4, 2023
Application start dateNot available
Application end dateNot available

Economic information

Total budget390.000 euros
Grant typeSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Call typeConcurrencia competitiva - canónica
PurposeServicios Sociales y Promoción Social
Economic sectorACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN

Full information

Regulatory basesAYUDAS ECONÓMICAS INDIVIDUALES PARA VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
Published in official gazetteYes
AdministrationLocal
Last database update2026-07-21T05:46:03.138770