2023-2024 ikasturterako eskola-jardueretarako diru-laguntzak.
Izen ofiziala: 2023-2024 ikasturterako ikastetxeko jardueretarako Diru-laguntzen deialdia.
Itxita
17.378 euros
2024ko apirilaren 5a
2024ko apirilaren 24a
Laburpena
Laguntza hau jarduera ekonomikoa garatzen ez duten pertsona juridikoak dira. Eremua: Valentzia / Valentzia. Aurrekontua guztira: 17.378 euro. Tratamendua elektronikoki egiten da. Konpetentzia lehiakorra - kanonikoa.
Deialdiaren deskribapen ofiziala
Primero. Objeto: El objeto de estas subvenciones es estimular la realización de actividades educativas a lo largo del curso 2023-2024 que tengan alguna de las finalidades siguientes: -Favorecer la participación de los diferentes estamentos de la comunidad educativa (familias, profesorado y alumnado). -Fomentar la relación entre diferentes centros educativos de la localidad. -Facilitar el tratamiento de los temas transversales. -Estimular la introducción de innovaciones educativas. -Dar respuesta a la diversidad existente en el centro. -Compensar las desigualdades socioeconómicas de la población escolar. -Conciliar la vida familiar y laboral. Igualmente, es objeto de estas bases definir el conjunto de condiciones y el procedimiento que se ha de seguir para la solicitud, obtención, justificación y cobro de estas subvenciones para actividades de carácter educativo. Segundo. Beneficiarios: Podrán acogerse a esta convocatoria y ser beneficiarios de las subvenciones contempladas en la misma, los consejos escolares de los centros educativos de Educación Infantil, Primaria, Especial, Secundaria o de Adultos de Alzira, de régimen público, privado concertado y municipal, para realizar actividades educativas concretas en relación con los objetivos del Proyecto Educativo de cada centro. Las personas que organicen las actividades podrán ser tanto el profesorado, como las asociaciones de padres y madres o de estudiantes. No podrán ser beneficiarias de estas subvenciones aquellas entidades que se encuentren en cualquiera de las situaciones de prohibición de ostentar tal condición establecida en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Tercero. Bases reguladoras: El Pleno del Ayuntamiento de Alzira, en la sesión celebrada el día 29 de enero de 2020, ha aprobado definitivamente la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alzira, que contiene las bases reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones por este Ayuntamiento, y el texto íntegro de la misma ha sido publicado en el Boletín Oficial de la provincia de Valencia nº 29, de fecha 12 de febrero de 2020. Cuarto. Pazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. Quinto.- Cuantía total máxima de las subvenciones convocadas: La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas será de 18.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria “3261 48500 “Subvenciones actividades escolares”, del Presupuesto del Ayuntamiento de Alzira para el año 2024. Sexto.- Documentación: Las solicitudes de subvención contendrán la siguiente documentación: -Instancia firmada por el representante legal de la entidad solicitante, con arreglo al modelo oficial que figura como Anexo I. -Proyecto de la actividad en el que se especificará: -Título del proyecto. -Responsable o responsables. -Justificación. -Objetivos. -Actividades. -Temporalización. -Recursos necesarios humanos y materiales. -Presupuesto detallado. -Evaluación. -Posibilidad de continuidad de la actividad. -Con el proyecto se tendrá que presentar un certificado del acuerdo del Consejo Escolar del centro o centros participantes, en el que se decide realizar la actividad y solicitar la ayuda. También se presentará certificado del acuerdo del claustro de profesorado, junta directiva de la asociación de padres y madres o de la asociación de alumnado, según quien haya de llevar adelante el proyecto. Cada consejo escolar podrá presentar un máximo de dos proyectos de actividades a subvencionar. No se podrán subvencionar como actividad única y concreta, la realización de actividades aisladas a lo largo del curso escolar y presentadas de forma conjunta. También quedarán excluidos como proyectos a subvencionar los que consistan, mayoritariamente o exclusivamente, en la compra de material. Séptimo. Resolución: El órgano competente para la resolución será la Junta de Gobierno Local. El plazo máximo para resolver será de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Octavo. Justificación y pago: Para la justificación y el cobro de las subvenciones reguladas por estas normas se requiere la presentación de la Cuenta justificativa de la subvención concedida según el modelo del Anexo II de esta convocatoria.
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- ✔ JARDUERA EKONOMIKOA GARATZEN EZ DUTEN PERTSONA JURIDIKOAK
Beteko osagarriak alda daitezke. Kontsultatu arautegiak eta atari ofiziala beteko guztiak egiaztatzeko.
Epeak
| Argitalpen data | 2024ko martxoaren 22a |
| Eskaeren hasiera data | 2024ko apirilaren 5a |
| Eskaeren amaiera data | 2024ko apirilaren 24a |
Informazio ekonomikoa
| Aurrekontu totala | 17.378 euros |
| Laguntza modua | LAGUNTZA ETA DIRUA BIBLIOTZEA, KONPENTSAZIO GABE |
| Deialdi mota | Konpetentzia lehiakorra - kanonikoa |
| Xedea | Hezkuntza |
| Sektore ekonomikoa | 93 - Kirol, jolas eta entretenimendu jarduerak; 85 - Hezkuntza |
Esteka ofizialak
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Informazio osoa
| Arautegiak | Diru-laguntzen Ordenantza Orokorra Alzirako Udala. |
| Aldizkari ofizialean argitaratzea | Si |
| Administrazioa | Lokala |
| Azken eguneraketa BD | 2026-07-20T17:09:41.874333 |