CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE AYUDAS PARA El FOMENTO DE LA NATALIDAD Y El EMPADRONAMIENTO. EJERCICIO 2024
Cerrada
6.000 euros
2024ko irailaren 1a
2024ko urriaren 31a
Laburpena
Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Pontevedra. Presupuesto total: 6.000 euros. Concurrencia competitiva - canónica.
Deialdiaren deskribapen ofiziala
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIAExtracto de la resolución de Alcaldía núm. 2024-0570, del día 26/06/2024, por la que se convocan subvenciones en materia de AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA NATALIDAD Y EL EMPADRONAMIENTO para el año 2024, por el procedimiento de concurrencia competitiva.De acuerdo con lo previsto en los artículos 17.3.b e 20.8.a da Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).Primero. BeneficiariosSerán beneficiarios de la subvención los progenitores y adoptantes de menores con residencia fijada en el Ayuntamiento de A Lama, en el que debe estar empadronado con 12 meses de antelación ininterrumpidos, como mínimo, al hecho que motiva la petición de la ayuda.Además, para poder obtener la condición de beneficiarios, uno de los dos progenitores deberá cumplir los deberes que se recogen en la presente Convocatoria.Segundo. ObjetoLa subvención tiene por finalidad el fomento de la natalidad y el empadronamiento en el Ayuntamiento.El importe de la subvención no podrá superar los 1.000,00 euros por hijo nacido o adoptado en el periodo correspondiente entre el 01/01/2023 al 31/12/2023. En el caso de partos múltiples, se tendrá derecho a obtener un 40% adicional por uno segundo, y un 20% por siguientes hijos.Las ayudas se repartirán un 50% en el año de la concesión de la subvención y el 50% restante en el año siguiente.Tercero. Bases reguladorasLas bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza específica para la concesión de subvenciones en materia de AYUDAS PARA El FOMENTO DE La NATALIDAD Y El EMPADRONAMIENTO, aprobada el día 28/07/2020 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra núm. 194, del día 07/10/2020, y en la página web del Ayuntamiento. Concello A Lama Pág.1 de 3Cod. Validación: 7LEN4Y67MPL7JCDQAYCLLAAYNCorrección: https://concellodalama.sedelectronica.es/Documento asinado electronicamente desde a plataforma xestiona esPublico | Páxina 1 a 3DAVID CARRERA CAL (1 para 1)ALCALDE-PRESIDENTEData de Sinatura: 09/07/2024HASH: 9d7b0a754df882a3bf3387eca1bb8879CONCELLO A LAMAAvda. do Concello 1. 36830 (Pontevedra). Tfno. 986 768 238. Fax: 986 768 282Cuarto. Cuantía de la ayudaLa aplicación presupuestaria a la que se le imputa la subvención es la siguiente 231.480, y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 6.000,00 euros.Quinto. Plazo de presentación de solicitudesLa solicitud irá suscrita por uno de los progenitores o adoptantes y se formularán en el modelo que figura como anexo de esta convocatoria. Se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento y se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.La solicitud de la ayuda se presentará durante los meses de septiembre y octubre de cada año por los nacimientos o adopciones que tuviesen lugar en el año natural anterior.Se podrán presentar las solicitudes de forma telemática en los términos previstos en el artículo 12 en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.Sexto. Otros datosSe deberán adjuntar a la solicitud los siguientes documentos:— Documentos que acrediten la personalidad del solicitante y, de ser el caso, la representación de quien firme la solicitud (copia de la escritura de constitución o modificación, copia del acta fundacional y estatutos, copia del DNI, etc.).— Certificado de nacimiento del recién nacido expedido por el Registro Civil correspondiente en el caso de nacimientos.— Resolución Judicial en el caso de adopciones.— Certificado de empadronamiento del beneficiario que acredite la residencia efectiva en el Municipio durante por los menos 12 meses de forma ininterrumpida, así como de convivencia del beneficiario con el recién nacido o adoptado.— Certificado de estar al corriente de sus deberes tributarios y de la Seguridad Social, así como de los deberes de cualquier tipo con el Ayuntamiento (Hacienda del Estado, Hacienda de la Xunta de Galicia y Tesorería de la Seguridad Social). — Certificado de cuenta bancaria (IBAN).
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Epeak
| Argitalpen data | 2024ko abuztuaren 6a |
| Eskaeren hasiera data | 2024ko irailaren 1a |
| Eskaeren amaiera data | 2024ko urriaren 31a |
Informazio ekonomikoa
| Aurrekontu totala | 6.000 euros |
| Laguntza modua | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Deialdi mota | Concurrencia competitiva - canónica |
| Xedea | Otras Prestaciones económicas |
| Sektore ekonomikoa | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
| UEk kofinantzatua | Si |
Esteka ofizialak
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Informazio osoa
| Arautegiak | AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA NATALIDAD Y EL EMPADRONAMIENTO |
| Aldizkari ofizialean argitaratzea | Si |
| Administrazioa | Lokala |
| Azken eguneraketa BD | 2026-07-20T08:54:01.959237 |