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Autonomikoa

Resolución SOD/FER/23/25, de 27 de enero de 2025, por la que se convoca para el año 2025 la línea de subvenciones del programa de “ORGANIZACIÓN DE FERIAS Y CONGRESOS EMPRESARIALES EN CANTABRIA”. Reg (UE) nº 2023/2831 de minimis, General

Egoera

No disponible

💰Zenbatekoa

150.000 euros

📅Hasiera data

Ez dago erabilgarri

📅Amaiera data

Ez dago erabilgarri

Laburpena

Esta ayuda esta destinada a empresas grandes, pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: Cantabria. Presupuesto total: 150.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.

Deialdiaren deskribapen ofiziala

Los códigos asignados por la Base de Datos Nacional de Subvenciones corresponden a un mismo texto de convocatoria. https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/811216 https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/811215 Primero. Personas beneficiarias. Con carácter general, podrán obtener la condición de persona beneficiaria las empresas (incluyendo las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos/as), cualquiera que sea su forma jurídica y tamaño, que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud, cuenten con el domicilio social y/o centro de trabajo en Cantabria, y desarrollen en nuestra región una actividad económica de las previstas en el ANEXO de las bases reguladoras y cumplan con el resto de requisitos establecidos en dichas bases reguladoras y en la convocatoria. Excepcionalmente, también podrán ser beneficiarias las asociaciones y fundaciones, válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud y que cuenten con el domicilio social y/o centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Cantabria, aunque no ejerzan una actividad económica, siempre y cuando su objeto social sea una actividad asimilable a alguna de las incluidas en el listado del ANEXO de las bases reguladoras. Segundo. Objeto. Esta línea de subvenciones tiene como finalidad apoyar la organización y celebración en Cantabria de ferias, congresos, salones, encuentros empresariales, convenciones, u otros eventos de carácter similar, que faciliten el contacto entre la demanda y la oferta de productos y servicios; o bien, el intercambio de conocimientos comerciales y tecnológicos entre los participantes. Serán subvencionables las siguientes actuaciones relacionadas con la materialización del evento:a) Gastos de alquileres del local, mobiliario, equipos audiovisuales y equipos de iluminación y climatización, instalación de sistemas de agua, electricidad, red informática, consumos, etc.b) Gastos de diseño, montaje/desmontaje de instalaciones y decoración del local.c) Gastos de contratación de servicios de asistencia para la organización y gestión del evento (OPCs, agencias de eventos, agencias de comunicación y publicidad, etc.).d) Gastos de contratación de servicios auxiliares específicos (relaciones públicas, azafatas/os, limpieza, mantenimiento y seguridad, traducción e interpretación, Community manager, etc.).e) Gastos de contratación de servicios de asistencia externa para el desarrollo del programa social y actividades para acompañantes.f) Gastos de transporte de mercancías para exposición.g) Gastos de logística de traslados de participantes en el evento (alquiler de autobús/ microbús).h) Gastos de diseño gráfico e impresión de material promocional (catálogos de expositores/ponentes, folletos y cartelería) específico para la realización de la actuación; así como su traducción a otros idiomas. i) Gastos de campañas de publicidad del evento en medios de comunicación nacionales y/ extranjeros (prensa, revistas, newsletters, blogs, acciones de email marketing televisión, Internet, etc.).j) Gastos de seguros de suscripción obligatoria para la celebración de la actuación.k) Gastos de implementación de medidas de sostenibilidad (medición de la huella de carbono, etc.) relacionadas con la ejecución del evento.l) Gastos de servicios de catering.m) Otros gastos externos que indubitablemente sean necesarios para la realización de la actuación.n) Gastos de viaje (Bolsa de viaje ponentes): gastos del billete de avión/tren/barco/autobús, relacionados con el desplazamiento a Cantabria (ida y vuelta) y el alojamiento en Cantabria (régimen de alojamiento y desayuno); con los siguientes importes máximos: Para viajes de Europa y Norte de África: 900€ / Para viajes de fuera de Europa o Rusia: 1.800€. Sólo son elegibles en el caso de ponentes procedentes de fuera de Cantabria que estén incluidos en el programa oficial de ponencias del evento.o) Gastos de elaboración de certificación de cumplimiento de los plazos legales de pago, emitida por Auditor de Cuentas ROAC; a efectos de cumplimiento del requisito establecido en el artículo 2.6 de las bases reguladoras.p) Gastos de elaboración de informe justificativo del expediente mediante Auditor de Cuentas ROAC, con el siguiente importe máximo: 900€. (En el caso de que la persona beneficiaria opte voluntariamente por presentar la justificación mediante informe de Auditor ROAC). Tercero. Bases reguladoras. Con fecha 19 de mayo de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de Cantabria nº 96 la Orden IND/39/2023, de10 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de subvenciones destinadas a la “ORGANIZACIÓN DE FERIAS Y CONGRESOS EMPRESARIALES EN CANTABRIA”. Publicado en la web: https://ayudas.sodercan.es/ https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=389232 Cuarto. Cuantía. La intensidad máxima de subvención a aplicar para todos los gastos subvencionables será del 60%, con un importe máximo de 50.000.-€ por solicitud. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de las solicitudes de subvención será de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria. Sólo podrá ser subvencionada una solicitud por persona beneficiaria. La solicitud deberá cumplimentarse vía telemática siguiendo el procedimiento de tramitación establecido en el Gestor de Ayudas de SODERCAN, en la dirección web: https://ayudas.sodercan.es, y exigirá que los interesados se den de alta en dicho Gestor. Sexto. Otros datos. Las actuaciones deberán ejecutarse dentro del plazo comprendido entre la fecha de publicación en el BOC del extracto de la convocatoria y el 31 de diciembre de 2025, y que cumplan los siguientes requisitos: • La temática del evento deberá estar directamente relacionada con alguna de las actividades relacionadas con los sectores industriales transformadores y/o con las energías renovables, con…

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  • GRAN EMPRESA
  • PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Epeak

Argitalpen data2025ko urtarrilaren 27a
Eskaeren hasiera dataEz dago erabilgarri
Eskaeren amaiera dataEz dago erabilgarri

Informazio ekonomikoa

Aurrekontu totala150.000 euros
Laguntza moduaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Deialdi motaConcurrencia competitiva - canónica
XedeaOtras Prestaciones económicas
Sektore ekonomikoaACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS; 86 - Actividades sanitarias; AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; Q - EDUCACIÓN; INDUSTRIA MANUFACTURERA; OTROS SERVICIOS
UE erregulamenduaREG (UE) 2023/2831 de minimis, General

Informazio osoa

ArautegiakOrden IND/39/2023, de 10 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de subvenciones destinadas a la “ORGANIZACIÓN DE FERIAS Y CONGRESOS EMPRESARIALES EN CANTABRIA”, promovido por SODERCAN, S.A.
Aldizkari ofizialean argitaratzeaSi
AdministrazioaAutonomikoa
Azken eguneraketa BD2026-07-19T23:43:14.291815