CONVOCATORIA PARA CONCESION DE SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES DEPORTIVAS MEDIANTE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL AÑO 2026
Cerrada
262.000 euros
2026ko maiatzaren 4a
2026ko maiatzaren 15a
Laburpena
Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: A Coruña. Presupuesto total: 262.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.
Deialdiaren deskribapen ofiziala
TEXTO DE LA CONVOCATORIA AL AMPARO DE Las BASES PARA La CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES DEPORTIVAS MEDIANTE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA El AÑO 2026 1. BASES REGULADORAS. (Art. 23.2.a) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en adelante LXS) La presente convocatoria se regirá por las BASES REGULADORAS PARA La CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, aprobadas por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria de 26 de marzo de 2026 y publicado el texto íntegro en el Boletín Oficial de la provincia el 10 de abril de 2026. 2. CRÉDITO PRESUPUESTARIO. (Art. 23.2.b LXS) Las cuantías destinadas son los importes consignados en el presupuesto ordinario para el año 2026, ascendiendo a un total de 262.000,00 € con cargo a la partida 341.489.03. 3. OBJETO. (Art. 23.2.c LXS) Considerando que el Ayuntamiento de Arteixo reconoce las funciones del deporte como elemento fundamental en la formación integral y avance de la calidad de vida de los ciudadanos y como favorecedor de cohesión social, considerando de interés la actividad deportiva. Consecuentemente es preciso destinar recursos económicos a la actividad de fomento, para la concesión de ayudas económicas destinadas a la promoción del deporte federado, organización de eventos deportivos y a la organización de programas de fomento de actividad física saludable. La finalidad es la promoción y fomento del deporte, subvencionando actividades realizadas en el Ayuntamiento de Arteixo, destinada a apoyar a las entidades locales sin ánimo de lucro en la creación o mantenimiento de actividades, fomento del deporte base, deponerte para todos, organización de eventos deportivos, así como en la dotación de equipamientos de las programaciones que desarrollan en materia de deportes. En base a su finalidad se distinguen cinco líneas de financiación para entidades deportivas: 1) Programa de fomento del deporte federado en deportes de equipo 2) Programa de fomento del deporte federado en deportes individuales 3) Programa de eventos deportivos. 4) Programa de fomento de programas de actividad física saludable. 5) Programa de deportes autóctonos. Las entidades deportivas podrán solicitar subvención para una o varias líneas de financiación, sin límite de eventos y programas, con el único requisito obligatorio de que reciban un mínimo del 30% de la puntuación máxima establecida en los criterios de evaluación en cada uno de los eventos deportivos o programas de fomento de actividad física saludables. Para las entidades deportivas que quieran optar al programa de deporte federado, es indispensable que el 50% de los deportistas con licencia deportiva de competición, estén empadronados en el Ayuntamiento de Arteixo. Es obligación de los beneficiarios, someterse a las actuaciones de comprobación, la efectuar por el órgano concedente, así como la cualquier otra comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, acercando toda la información requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. 4. PROCEDIMIENTO. (Art. 23.2.d LXS) El procedimiento para la concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria se ajustará al procedimiento de concurrencia competitiva de acuerdo con el establecido en los artículos 9 a) y 10 a) de la Ordenanza Municipal número 26 de la concesión de subvenciones municipales; en los artículos 20, 21, 22, 23 y 24 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, concordantes con los artículos 23,24,25 y 26 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. 5. REQUISITOS PARA SOLICITAR La SUBVENCIÓN. (Art. 23.2.y LXS) Podrán acogerse a esta convocatoria de subvenciones todas las asociaciones o entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas. No podrán ser objeto de ayuda en la presente convocatoria las actividades, talleres o equipamientos subvencionados o financiados en el mismo ejercicio a través de otras convocatorias, convenios o planes del Ayuntamiento de Arteixo. Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria las federaciones deportivas y entidades deportivas que no tengan el domicilio social en el Ayuntamiento de Arteixo. Las entidades deportivas beneficiarias deberán cumplir con los siguientes requisitos: • Estar inscritas en el Registro Municipal de asociaciones en el momento de la solicitud. • Carecer de fines de lucro. • Tener el domicilio social en el término municipal de Arteixo. Se tendrá en cuenta para de-terminar el domicilio social de la entidad, el domicilio que figure en los estatutos de la misma. • Para poder concurrir al programa de Fomento de Deporte Federado las entidades deportivas deberán contar, como mínimo, con el 50% de los deportistas empadronados en Arteixo que desarrollen su actividad en el término municipal de Arteixo. En el caso de no cumplir este requisito, podrán participar únicamente en el resto de los programas (Programa de eventos deportivos y Programa de fomento de programas de actividad física saludable). • Desarrollar sus actividades en el ámbito territorial del ayuntamiento de Arteixo o sobre temas de interés para el ayuntamiento de Arteixo. • No tener pendiente de justificación ninguna subvención o ayuda ante el Ayuntamiento de Arteixo para el mismo objeto para lo cual se solicita la nueva subvención. • No estar incursa en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad para la percepción de ayudas o subvenciones públicas del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias estatales, autonómica, locales y de la Seguridad Social. • Las entidades solicitantes deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 10 y 11 de la Ley 9/2007 de 13 de junio, de subvenciones de Galicia y no estar incursos en prohibición para ser beneficiario de subvención de las previstas en el citado artículo para lo cual se exigirá a los solicitantes una…
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- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Epeak
| Argitalpen data | 2026ko apirilaren 24a |
| Eskaeren hasiera data | 2026ko maiatzaren 4a |
| Eskaeren amaiera data | 2026ko maiatzaren 15a |
Informazio ekonomikoa
| Aurrekontu totala | 262.000 euros |
| Laguntza modua | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Deialdi mota | Concurrencia competitiva - canónica |
| Xedea | Otras Prestaciones económicas |
| Sektore ekonomikoa | 93 - Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento; 84 - Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria |
Esteka ofizialak
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Informazio osoa
| Arautegiak | CONVOCATORIA PARA CONCESION DE SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES DEPORTIVAS MEDIANTE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL AÑO 2026 |
| Aldizkari ofizialean argitaratzea | Si |
| Administrazioa | Lokala |
| Azken eguneraketa BD | 2026-07-26T00:12:53.028084 |