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SUBVENCIONES EN MATERIA DE FIESTAS PARA EL EJERCICIO 2023

Denominacion oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE FIESTAS PARA EL EJERCICIO 2023

Estado

No disponible

💰Importe

12.000 euros

📅Data inicio

Non dispoñible

📅Data fin

Non dispoñible

Resumo

Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: ESPAÑA. Presupuesto total: 12.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descrición oficial da convocatoria

Primero.- Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las entidades ciudadanas festivas cuya actividad principal sea la organización de actos festivos de carácter singular, tradicional o popular y que reúnan los siguientes requisitos: • Estar inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones. • No tener partida nominativa en el Presupuesto Municipal o convenio firmado con este Ayuntamiento que incluya obligaciones económicas • Cumplir las condiciones establecidas en el art. 5 de la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones aprobada por el Ayuntamiento de Burjassot. • No perseguir fines lucrativos ni depender económicamente o institucionalmente de entidades lucrativas. • Estar al corriente de obligaciones con la hacienda municipal. Segundo.- Objeto. El objeto de la convocatoria es regular el procedimiento de concesión de las ayudas económicas mediante el régimen de concurrencia competitiva, a las entidades organizadoras de fiestas de carácter tradicional, singular o popular, para la realización de programas, proyectos o actividades que se hayan desarrollado o vayan a desarrollarse durante el ejercicio 2023. Tercero.- Bases reguladoras. La Ordenanza General reguladora de subvenciones está publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia número 132, de 11 de julio de 2017. URL: http://www.burjassot.org/normativa/ordenanza-general-subvenciones/ Cuarto.- Cuantía. El importe de estas subvenciones se hará efectivo con cargo al crédito del presupuesto vigente de la Partida Municipal 338.48901 "Subvenciones Fiestas". El importe máximo destinado a estas subvenciones será de 12.000 euros. Quinto.- Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Sexto.- Otros datos El texto íntegro de la convocatoria a la que se refiere el presente extracto puede consultarse en Tablón de anuncios y edictos electrónicos (burjassot.org) http://transparencia.burjassot.org/

Quen pode solicitar esta axuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.

Prazos

Data de publicacion26 de xuño de 2023
Data inicio de solicitudesNon dispoñible
Data fin de solicitudesNon dispoñible

Informacion economica

Orzamento total12.000 euros
Modalidade de axudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadeOtras Prestaciones económicas
Sector economico93.1 - Actividades deportivas; 93.2 - Otras actividades recreativas y de entretenimiento; 84.2 - Prestación de servicios a la comunidad en general

Informacion completa

Bases reguladorasMODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES PARA INCLUIR EL ANEXO X PREMIOS MUJER Y DEPORTE
Publicacion no diario oficialSi
AdministracionLocal
Ultima actualizacion BD2026-07-21T06:06:19.710576