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Bases reguladoras da convocatoria do concurso público para a concesión de subvencións para persoas afectadas de lesión medular e accidente cerebro vascular (ACV) e enfermidades dexenerativas da provincia de Ourense

🔴Estado

Cerrada

💰Importe

25.000 euros

📅Data inicio

Non dispoñible

📅Data fin

30 de novembro de 2024

Resumo

Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Ourense. Presupuesto total: 25.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concesion directa: concedida sin concurso publico.

Descrición oficial da convocatoria

Objeto y beneficiarios. Constituye el objeto de las presentes bases a regulación de la concesión de subvenciones destinadas a tratamientos rehabilitadores de personas afectadas de lesión medular o por accidentes cerebro vasculares (ACV), en las instalaciones balnearias de la provincia de Ourense, mediante concurrencia no competitiva, a través del procedimiento previsto en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio , de Subvenciones de Galicia, y en el artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Ourense (BOP nº 260, de 12 de noviembre de 2015). La concesión de ayudas a las que se refiere esta convocatoria se realizará de forma continua, hasta agotar el presupuesto previsto, según la orden de recepción de las solicitudes y bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación. Programa y plazos. A través del procedimiento regulado en las presentes bases, a Diputación Provincial de Ourense concederá subvenciones para lo Programa de Termalismo destinado la personas afectadas de lesión medular , accidentes cerebro vasculares (ACV), y enfermedades degenerativas de la provincia de Ourense. Este Programa implica el acceso la una terapia termal individual que será definida por el establecimiento balneario que la desarrolle bajo sus propios criterios sanitarios, de manera que el programa incluirá, en todos los casos, consulta médica a la llegada del beneficiario al balneario, que necesariamente tiene que autorizar la persona solicitante del programa el acceso la una terapia de este tipo. La terapia tendrá una duración máxima de 10 meses, siempre entre los meses febrero y noviembre, segundo lo que proponga el equipo médico del balneario postor. Establecimientos balnearios incluidos nos programas subvencionados. Los establecimientos balnearios donde se podrán realizar las estancias y tratamientos subvencionados, serán los siguientes: Gran Balneario de O Carballiño. Balneario Arnoia Caldaria. Balneario Laias Caldaria Balneario Lobios Caldaria. Balneario de Cortegada. Balneario de Caldas de Partovia. Balneario de Berán Balneario de Allariz. Estos establecimientos, y cualquier otro, podrán incorporarse siempre que así lo soliciten y cumplan la normativa para funcionar como balneario en la provincia de Ourense. La inclusión de nuevos establecimientos durante la vigencia del programa de subvenciones, se hará pública a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial. Personas beneficiarias de las subvenciones. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en las presentes bases, las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos: Tener cumplidos los 18 años en el momento de la solicitud. Estar empadronando en un ayuntamiento de la provincia de Ourense. Tener autorización medica documentada que identifique su patología como lesión medular o ACV , o enfermedad degenerativa y no desaconseje los tratamientos termales. En todo caso, quedarán pendientes de recibir autorización médica por parte del servicios médicos de los balnearios postores, para tener acceso la una terapia de las previstas en este programa, y con eslabón, poder ser personas beneficiarias de este programa. Disponibilidades presupuestarias. El presupuesto previsto para los programas regulados en estas bases es 25.000,00€ con cargo a la partida presupuestaria: 31331/ 20700 de los presupuestos de la Diputación de Ourense para el ejercicio 2024. Cuantía de las subvenciones y precios de los servicios. La subvención será él 50% del precio señalado por sesión en cada uno de los balnearios postores, subvencionándose, como máximo, una sesión por semana y persona con un precio máximo de 25,00€ por persona. La subvención máxima que podrá obtener cada beneficiario/la será de 1.000,00€/persona a lo largo del programa, y siempre entre lo 1 de febrero y el 30 de noviembre. Los precios señalados en la página web indicada son precios finales, incluyendo el IVA actualmente vigente. Si en el momento de la facturación de los servicios correspondientes se modificara el IVA aplicable, el aumento o reducción del impuesto se repercutirá en la persona beneficiaria, incrementando o reduciendo la cuantía para pagar en la cantidad que proceda. La subvención de la Diputación se librará directamente a los establecimientos termales colaboradores, tras la presentación previa ante la Diputación de la justificación conforme con el establecido en el convenio de colaboración con los establecimientos balnearios. Solicitudes. Plazo, modo y lugar de presentación y documentación exigible. Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente al de la publicación de estas bases y su extracto en el boletín oficial de la provincia de Ourense , que será simultánea su publicación en la Base de datos Nacional de Subvenciones, y hasta agotar el crédito presupuestario, y, en todo caso, siempre dentro de los períodos ofertados durante el ejercicio 2024. Las solicitudes se deberán realizar telematicamente, a través de la dirección electrónica https://www.termalismourense.com/., registrándose las mismas ante lo Registro Electrónico General de la Diputación de Ourense. El empleo de medios electrónicos para el planteamiento de las solicitudes tendrá carácter obligatorio, al amparo del previsto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y del artículo 7.2 de la vigentes Ordenanza de acceso electrónico a los servicios provinciales de la Diputación Provincial de Ourense (BOP núm. 296, de fecha 28.12.2009), al estar plenamente garantizado el acceso y disponibilidad de medios tecnológicos precisos conforme al establecido en los párrafos siguientes, por lo que no se admitirá ninguna solicitud que se formule por otros medios, siendo obligatoria la presentación de solicitudes conforme al previsto en esta base. Las solicitudes, una vez cubiertas en la plataforma electrónica, se presentarán ante lo Registro de…

Quen pode solicitar esta axuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.

Prazos

Data de publicacion17 de setembro de 2024
Data inicio de solicitudesNon dispoñible
Data fin de solicitudes30 de novembro de 2024

Informacion economica

Orzamento total25.000 euros
Modalidade de axudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcesion directa: concedida sin concurso publico
FinalidadeServicios Sociales y Promoción Social
Sector economicoACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN

Informacion completa

Bases reguladorasBases reguladoras de la convocatoria del concurso público para la concesión de subvenciones para personas afectadas de lesión medular y accidente cerebro vascular (ACV) y enfermedades degenerativas de la provincia de Ourense
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Ultima actualizacion BD2026-07-20T07:03:19.514693