63/2025, de 13 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas al asesoramiento técnico a mancomunidades de municipios para la gestión y aprovechamiento c
Denominacion oficial: Orden 63/2025, de 13 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas al asesoramiento técnico a mancomunidades de municipios para la gestión y aprovechamiento c
No disponible
600.000 euros
Non dispoñible
Non dispoñible
Resumo
Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto total: 600.000 euros. Concurrencia competitiva - canónica.
Descrición oficial da convocatoria
Primero. Entidades Beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en la presente orden las mancomunidades de municipios legalmente constituidas e inscritas en el registro de entidades locales a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes previsto en la convocatoria entre cuyos fines se encuentren los determinados en esta orden de ayudas o que acrediten su voluntad común de incorporar los mismos a los servicios que ya vinieran prestando. También podrán ser beneficiarias las entidades locales que manifiesten su voluntad expresa de constituirse en una mancomunidad entre cuyos fines se encuentren los determinados en esta orden de ayudas, para lo cual podrán designar, mediante acuerdo plenario, una entidad local representante de todas ellas a efectos de la tramitación administrativa de la solicitud. Segundo. Objeto. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y realizar la convocatoria, para la anualidad de 2025, para la concesión de ayudas destinadas al asesoramiento técnico necesario para incrementar la capacidad de gestión y la comercialización de productos forestales en los montes de titularidad pública de las mancomunidades de municipios de la región en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. La finalidad de estas ayudas es, por tanto, la creación y fomento de unidades de gestión de tamaño superior al del municipio que permitan potenciar los diferentes aprovechamientos y usos del monte, consiguiendo así generar actividad económica de manera sostenible que permita la creación de empleo y la fijación de la población. Tercero. Bases reguladoras. La actual convocatoria se regirá por la presente orden de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas al asesoramiento técnico a mancomunidades de municipios para la gestión y aprovechamiento común de sus montes en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Cuarto. Financiación y cuantía. El cálculo del importe de la actuación subvencionable se realizará conforme a los valores establecidos en el Anexo II de esta orden, por lo que las entidades beneficiarias deberán basarse en los mismos para formalizar la solicitud de ayuda. La intensidad de la ayuda podrá llegar a ser del 100% del coste total subvencionable. El importe máximo subvencionable por solicitud será de 40.000€. La cantidad destinada para esta convocatoria tendrá un importe máximo de 600.000€, que se imputarán al ejercicio presupuestario de la anualidad 2026, con cargo a la partida presupuestaria 23040000/442B/46345, fondo FPA0090014 y elemento PEP JCCM/MRR04I4357, quedando condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la anualidad 2026. Las actuaciones serán financiadas íntegramente por la Unión Europea a través de los fondos asignados a la Junta de Castilla-La Mancha para la financiación de actuaciones con cargo al PRTR, mediante el instrumento de Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, aprobado por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Eu ropeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 4 meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden y su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, y se dirigirán, junto con el resto de documentación exigida, a la persona titular de la Dirección General. Sexto. Forma de presentación de solicitudes. Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma electrónica, conforme al formulario normalizado al que se acompañará la documentación exigida, disponible en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Séptimo. Abono de las subvenciones. El pago total se efectuará cuando la entidad beneficiaria haya acreditado el cumplimiento de la finalidad para la que fue otorgada la subvención y el gasto realizado, una vez haya sido comprobada la ejecución de la actuación por parte del órgano gestor.
Quen pode solicitar esta axuda?
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.
Prazos
| Data de publicacion | 14 de maio de 2025 |
| Data inicio de solicitudes | Non dispoñible |
| Data fin de solicitudes | Non dispoñible |
Informacion economica
| Orzamento total | 600.000 euros |
| Modalidade de axuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidade | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sector economico | 02 - Silvicultura y explotación forestal |
| Financiamento europeo | Mecanismo de Recuperacion e Resiliencia (MRR) |
| Cofinanciada pola UE | Si |
Ligazons oficiais
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Informacion completa
| Bases reguladoras | Orden de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas al asesoramiento técnico a mancomunidades de municipios para la gestión y aprovechamiento común de sus montes en el marco del Plan de Recuperació |
| Publicacion no diario oficial | Si |
| Administracion | Autonomica |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-19T17:50:40.434434 |