23 de mayo de 2023, por la que se convocan subvenciones a las asociaciones profesionales de guardias civiles para el año 2023
Denominación oficial: Resolución de 23 de mayo de 2023, por la que se convocan subvenciones a las asociaciones profesionales de guardias civiles para el año 2023
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 237.300 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios: Podrán ser beneficiarias las asociaciones profesionales de guardias civiles debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de Guardias Civiles que acrediten un grado de implantación efectiva de asociación que, a fecha 1 de marzo de 2023, alcance las siguientes cifras: 829 guardias civiles de cualquier escala o 121 oficiales de la escala de oficiales regulada en la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen de Personal de la Guardia Civil o 73 oficiales que en la fecha de contabilización no pertenezcan a la escala referida anteriormente o 391 suboficiales de la escala de suboficiales o 2.137 efectivos de la escala de cabos y guardias. Segundo. Objeto y finalidad: El objeto de las subvenciones es facilitar la organización y el funcionamiento general de las asociaciones profesionales de guardias civiles, fomentar el mayor dinamismo de cada asociación en el desarrollo de su actividad principal, promover la realización de actividades de formación y el estudio profesional sobre cuestiones de interés para la Guardia Civil y la publicación de contenidos de interés profesional. Las subvenciones se destinarán, por una parte, a cubrir los gastos de organización y funcionamiento de las asociaciones profesionales derivados de su implantación efectiva entre los miembros de la Guardia Civil y, por otra, a financiar actividades de interés para el ejercicio de las funciones de la Institución y la vida asociativa, referidos al periodo comprendido entre el 1 de abril de 2022 al 31 de marzo de 2023. Tercero. Bases reguladoras: Orden INT/1715/2013, de 18 de septiembre, por la que se regula la concesión de subvenciones a la asociaciones profesionales de guardias civiles, modificada por la Orden INT/918/2018, de 30 de agosto. Cuarto. Importe total a conceder: Cuantía máxima de 237.300 euros, a distribuir entre las asociaciones solicitantes, correspondiendo 142.380 euros a la modalidad de coadyuvar a los gastos de organización y funcionamiento de las asociaciones, 47.460 euros a la modalidad que tiene por objeto promover la realización de actividades de interés para el ejercicio de las funciones de la Guardia Civil y la vida asociativa, y 47.460 euros a la modalidad derivada del grado de representatividad en el Consejo de la Guardia Civil. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Diez días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado. Sexto. Otros datos: Las solicitudes y la documentación que se acompañe a la misma deberán presentarse en la Sede electrónica de la Dirección General de la Guardia Civil (https://sede.guardiacivil.gob.es/), empleando el modelo que figura como Anexo A de la convocatoria, a través del apartado “Procedimientos / Solicitud genérica para Oficina de Registro”, y deberá especificarse en el “asunto”: SOLICITUD SUBVENCIONES ASOCIACIONES PROFESIONALES DE GUARDIAS CIVILES. CONVOCATORIA 2023, debiendo ir acompañadas de la documentación que en la misma convocatoria se cita (Base Quinta), original o mediante copia auténtica (archivos de un máximo de 5 Mb).
Organismo convocante
MINISTERIO DEL INTERIOR — D.G. DE LA GUARDIA CIVIL
Ámbito
ESPAÑA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 24 de mayo de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | 26 de mayo de 2023 |
| Fecha fin de solicitudes | 8 de junio de 2023 |
Información completa
| Administración | Nacional |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Seguridad Ciudadana e Instituciones Penitenciarias |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 21 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 237.300 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden INT/1715/2013, de 18 de septiembre, por la que se regula la concesión de subvenciones a las asociaciones profesionales de Guardias Civiles. CONSOLIDADO