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27 de mayo de 2023, del presidente del IVACE, por la que se convocan ayudas destinadas al fomento de instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica en régimen de comunidades de energías renovables, con cargo al presupuesto del 2023

Denominación oficial: Resolución de 27 de mayo de 2023, del presidente del IVACE, por la que se convocan ayudas destinadas al fomento de instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica en régimen de comunidades de energías renovables, con cargo al presupuesto del 2023

Plazo de solicitud 25 de julio de 2023
Estado Finalizada
Código BDNS 699473

Resumen

Esta ayuda está destinada a empresas grandes, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: COMUNIDAD VALENCIANA. Presupuesto: 5,0 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index y en la página web del IVACE: http://www.ivace.es Primero. Entidades beneficiarios. Cualquier comunidad de energías renovables o comunidad energética, los ayuntamientos, asociaciones vecinales, cooperativas eléctricas, cooperativas agrarias, comunidades de regantes, comunidades de bienes, así como las comunidades de propietarios. Segundo. Objeto. Ayudas para el impulso de instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica en régimen de comunidades de energías renovables, con cargo al presupuesto del IVACE del ejercicio 2023. Las actuaciones apoyables son las instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica a partir de energías renovables o energías residuales, en régimen de comunidades de energías renovables, en cualquiera de las modalidades previstas en el artículo 9 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. Dichas instalaciones podrán incorporar equipos de mejora de gestión y optimización de las propias instalaciones de generación. Tercero. Bases reguladoras. Orden 19/2016, de 19 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) en materia de energías renovables y biocarburantes (DOGV núm. 7903, de 25 de octubre de 2016). Cuarto. Cuantía. El presupuesto total de la convocatoria será de 5.000.000 euros. Las ayudas tienen la consideración de subvención y una intensidad de hasta el 45% del coste subvencionable del proyecto. No obstante, la intensidad de ayuda podrá incrementarse en hasta 10 puntos porcentuales para las ayudas a las medianas empresas y en hasta 20 puntos porcentuales para las ayudas a las pequeñas empresas, ayuntamientos, entidades públicas y entidades e instituciones sin ánimo de lucro respecto de sus actividades no económicas. La cuantía máxima subvencionable por proyecto no podrá exceder de 200.000 euros. Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 8 de junio de 2023, y finalizará el 25 de julio de 2023 a las 23:59:59 horas. Sexto. Otros datos. 1. Solicitudes: por vía telemática de acuerdo al modelo normalizado disponible en la página web . 2. Documentación: la prevista en el artículo 7 de la convocatoria. 3. Solo se considerarán apoyables los proyectos y/o instalaciones nuevas y que estén constituidas por equipos nuevos y sin uso previo. 4. El proyecto objeto de subvención deberá encontrarse dentro del territorio de la Comunitat Valenciana. 5. Para que un proyecto pueda ser aprobado, tendrá que tener una puntuación mínima de 40 puntos. 6. Forma de justificación: en los términos previstos en el artículo 13 de la convocatoria. Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, de manera que los justificantes de gasto y pago deberán de ser de fecha posterior a la misma. 7. Plazo máximo de justificación: 28 de abril de 2024.

Organismo convocante

COMUNITAT VALENCIANA — INSTITUTO VALENCIANO DE COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL (IVACE)

Ámbito

COMUNIDAD VALENCIANA

Categoría

Energía

Destinatarios

Empresas grandes, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación30 de mayo de 2023
Fecha inicio de solicitudes8 de junio de 2023
Fecha fin de solicitudes25 de julio de 2023

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadIndustria y Energía
Sector económicoOTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD21 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas grandes
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total5,0 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Cofinanciada por la UE

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden 19/2016, de 19 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, de bases reguladoras para la concesión de ayudas del IVACE, en materia de energías renovables y biocarburantes

Bases reguladoras ↗

Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)

  • ART. 42 AYUDAS DE FUNCIONAMIENTO PARA LA PROMOCIÓN DE LA ELECTRICIDAD PROCEDENTE DE FUENTES RENOVABLES.

Reglamento UE aplicable

REG (UE) 651/2014, DE 17 DE JUNIO, de exención de notificación