AYUDAS INDIVIDUALES A LOS USUARIOS DE LA UNIDAD DE INFANCIA Y FAMILIA DEL IASS EJERCICIO 2023
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CANARIAS. Presupuesto: 80.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Extracto del Decreto número 1935 de 29 de mayo de 2023, de la Presidencia del Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria (IASS), por el que se aprueban las bases y convocaría que han de regir en el otorgamiento de las ayudas económicas de emergencia individuales a usuarios/as de la Unidad de Infancia y Familia del IASS para el ejercicio 2023, por importe total de 80.000 €. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias. PRIMERO. OBJETO. Las presentes Bases tienen por objeto establecer las condiciones para la concesión, durante el año 2023, de las ayudas económicas individuales destinadas a: A. Familiares y/o personas que tengan un vínculo de afinidad especial con el menor (entendiendo por tales personas que, a pesar de no tener con el menor vínculo sanguíneo, sí lo tienen afectivamente) declarado en situación de desamparo o en situación de guarda con medida protectora de acogimiento residencial, que cumpla los siguientes requisitos: 1. Que se encuentren en situación de acogimiento residencial en Tenerife. 2. Que hayan estado en acogimiento residencial el año anterior a la aprobación de la presente Convocatoria, siempre y cuando estén en seguimiento por parte de los equipos de intervención familiar B. Jóvenes ex tutelados/as por cumplimiento de la mayoría de edad, dentro de la Red de Acogimiento Residencial de Tenerife, que se encuentren en seguimiento, con el fin de atender situaciones concretas de necesidad o emergencia social, que no hayan sido cubiertas por otra Administración Pública (en caso de que puedan ser cubiertas por otra Administración, siempre que se justifique que sin esta ayuda no puede atender a la situación de emergencia y/o necesidad que motiva la solicitud). La finalidad de las citadas ayudas es, y siempre atendiendo al Proyecto de Atención e Intervención Familiar, facilitar la reintegración familiar de los y las menores acogidos en la red de centro de protección de Tenerife, y/o favorecer la integración social de los y las jóvenes ex tutelados que cumplen la mayoría de edad en el sistema de protección. Según el modo de percepción de la ayuda, podrán ser: - Directas, cuando se otorguen o abonen personalmente a la persona beneficiaria. - Indirectas, cuando se concedan a la persona beneficiaria y se abonen, singularmente, al proveedor del servicio o suministro al que se destine la ayuda. Se consideran gastos subvencionables aquellos gastos corrientes que en el marco de la presente convocatoria de subvenciones sean destinados a otorgar ayudas económicas a usuarios/as de la Unidad de Infancia y familia del IASS, entendiendo por tales, los que a continuación se relacionan, siempre y cuando se cumplan los requisitos que se detallan en el Anexo I: 1. Necesidades básicas 2. Necesidades alojativas. 3. Necesidades de transporte y/o desplazamiento, dentro o fuera del territorio nacional, conforme se detalla en el Anexo I. 4. Necesidades sociosanitarias. 5. Necesidades formativo-laborales 6. Necesidades escolares. 7. Necesidades derivadas del Plan de Intervención. 8. Necesidades de carácter extraordinario. SEGUNDO. CONVOCATORIA De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el procedimiento se iniciará de oficio mediante convocatoria aprobada por el órgano competente. El crédito con que se cuenta a cargo del Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitario (Cabildo Insular de Tenerife) es de 80.000 €; no obstante, dicho crédito podrá ser ampliado en el caso de que se reciban aportaciones por parte de otras Administraciones o se reasignen sobrantes, previa declaración de disponibilidad de dicho crédito, y realización de las modificaciones presupuestarias que fueran necesarias, a realizar siempre con carácter previo al otorgamiento de la ayuda(hasta la cantidad de 100.000€ como máximo para esta convocatoria) TERCERO. PERSONAS BENEFICIARIAS, SUS REQUISITOS Y ACREDITACIÓN. Podrán ser beneficiarias de las ayudas económicas objeto de la presente Convocatoria las personas solicitantes, descritas en la Base primera de las que rigen la presente Convocatoria, que cumplan los siguientes requisitos: 1. En el supuesto de menores declarados en situación de desamparo o en situación de guarda y con medida protectora de acogimiento residencial, de conformidad con lo establecido en la Base primera, ser familiar y/o persona que tenga un vínculo especial con el menor. Se acreditará mediante copia DNI, o NIE, o Pasaporte, libro de Familia (si procediera) y Certificado o Resolución de la Dirección General de Protección a la Infancia y Familia. 2. Tener la residencia en cualquiera de los municipios de la Isla de Tenerife, excepto para aquellas solicitudes presentadas por parte del/ la solicitante que sea Familiar del /a menor declarado en situación de desamparo con medida de acogimiento residencial en la isla de Tenerife siempre y cuando este haya solicitado formalmente el acogimiento familiar ante el órgano competente. Se acreditará mediante Volante de Empadronamiento y/o residencia de la persona solicitante. En el caso de no estar empadronado/a, será necesario la presentación de una declaración responsable sobre la residencia habitual. 3. Carecer de ingresos económicos propios o en el caso de tenerlos, que en cómputo mensual, divididos por el número de miembros que dependan económicamente de la solicitante, no sean superiores al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente para cada ejercicio, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, más el 10% si la solicitante tiene reconocida una discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100, así como, por cada hijo/a menor con discapacidad o persona mayor dependiente que…
Organismo convocante
CABILDO INSULAR DE TENERIFE — INSTITUTO INSULAR DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIO-SANITARIA
Ámbito
CANARIAS
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 13 de junio de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 20 de noviembre de 2023 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 21 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 80.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
AYUDAS INDIVIDUALES A LOS USUARIOS DE LA UNIDAD DE INFANIA Y FAMILIA EJERCICIO 2023