Del Consejero de Educación, Cultura y Deporte por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para la adquisición de material deportivo inventariable
Denominación oficial: Orden del Consejero de Educación, Cultura y Deporte por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para la adquisición de material deportivo inventariable
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ARAGON. Presupuesto: 159.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Objeto. Aprobar las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones que se conceden, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades deportivas aragonesas sin ánimo de lucro para la adquisición de material deportivo inventariable necesario para la práctica de deporte adaptado, en cumplimiento de lo previsto en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y en el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). La convocatoria se incorpora a la presente Orden de acuerdo con lo establecido en el artículo 61 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre Segundo. Beneficiarios. Podrán obtener la condición de beneficiarios de estas ayudas las entidades deportivas aragonesas sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Aragón que cumplan con el artículo 6 de las bases reguladoras. La concesión de estas ayudas se condiciona al cumplimiento de los requisitos que puedan establecer la Comisión Europea y otras instituciones europeas. Tercero. – Financiación. Se concederán ayudas por una cuantía máxima de 159.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria G/18080/4571/780253/32438 correspondiente al presupuesto de 2023. Se admitirán aquellos gastos que fueran realizados y pagados, desde el día 5 de julio de 2022 hasta el 28 de septiembre de 2023. Las subvenciones concedidas podrán alcanzar el 100% del presupuesto subvencionable aprobado. Cada entidad podrá presentar una única solicitud de subvención. La cuantía máxima de la subvención individualizada será de 40.000 euros. Cuarto. - Plazo, forma y lugar de presentación de las solicitudes Las solicitudes deberán presentarse según se especifica en el artículo 20 de las bases reguladoras. El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta Orden en el “Boletín Oficial de Aragón”. Toda solicitud cuya presentación se produzca fuera del plazo establecido no será admitida. Las solicitudes se presentarán ajustadas a los modelos que figuran como anexos, y se dirigirán a la Dirección General de Deporte, acompañadas de la documentación que se relaciona en el artículo 22 de las bases reguladoras que se aprueban en esta orden. Las solicitudes se dirigirán al Departamento de Educación, Cultura y Deporte, presentándose electrónicamente a través del Registro Electrónico de Aragón. También podrán presentarse electrónicamente en cualquiera de los registros electrónicos indicados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El uso del modelo de solicitud será de uso obligatorio conforme a lo establecido en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes deberán estar firmadas electrónicamente y se considerarán presentadas a los efectos de su tramitación en el momento en que se obtenga el justificante de registro. Tanto la firma electrónica de la solicitud como su presentación por medios electrónicos deberán realizarse por la persona que disponga de la representación legal de la entidad.
Organismo convocante
ARAGÓN — D. GRAL. DE DEPORTE
Ámbito
ARAGON
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 28 de junio de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | 93.1 - Actividades deportivas; 93.2 - Otras actividades recreativas y de entretenimiento |
| Última actualización BD | 21 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 159.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Financiación europea | Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Bases reguladoras
ORDEN ECD/686/2020, de 23 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Deporte.