Convocatoria 2023 del Mecanismo de compensación a los Consumidores Electrointensivos de cargos por financiación de la retribución específica a renovables y cogeneración de alta eficiencia y por la financiación adicional en los territorios no peninsulares.
Resumen
Esta ayuda está destinada a empresas grandes, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 86,0 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero.- Beneficiarios. Empresas privadas titulares de un punto de suministro o instalación, cualquiera que sea su forma jurídica, y que cumplan los siguientes requisitos:a) Estar válidamente constituidas conforme a la normativa en vigor en el momento de presentar la solicitud.b) Estar en posesión del certificado de consumidor electrointensivo.c) Realizar en cada una de las instalaciones o puntos de suministro para los que solicite la subvención una o varias actividades en los sectores enumerados en el Anexo I de la Orden de convocatoria bajo los códigos CNAE que se explicitan en el mismo.d) Acreditar haber soportado los cargos en los precios del suministro de electricidad correspondientes al año anterior al de la convocatoria. Segundo.- Objeto. Concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a los consumidores electrointensivos para la compensación de la financiación de apoyo para la producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables,cogeneración de alta eficiencia y compensación del extracoste en los territorios no peninsulares incluidos en los cargos soportados por estos consumidores en el año 2022. Tercero.- Bases reguladoras. Título III del Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, publicado en el «BOE» número 328, de 17 diciembre de 2020. Cuarto.- Cuantía. La cuantía máxima de las ayudas que podrán otorgarse al conjunto de todos los beneficiarios será de 85.977.650,00 euros. Las ayudas adoptarán la forma de subvención. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación requerida comenzará el 18 de julio y finalizará el 14 de agosto de 2023, ambos inclusive. Sexto.- Otros datos. El texto completo de la convocatoria, su modificación, así como el resto de la información relevante del proceso estará publicado en la página web del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, https://www.mincotur.gob.es/portalayudas/Paginas/Index.aspx
Organismo convocante
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO — DIRECCIÓN GENERAL DE ESTRATEGIA INDUSTRIAL Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Ámbito
ESPAÑA
Categoría
Destinatarios
Empresas grandes, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 7 de julio de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | 18 de julio de 2023 |
| Fecha fin de solicitudes | 14 de agosto de 2023 |
Información completa
| Administración | Nacional |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Industria y Energía |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA; INDUSTRIA MANUFACTURERA |
| Última actualización BD | 21 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas grandes
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 86,0 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Bases reguladoras
Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos - Título III