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Convocatoria del régimen de ayudas para la adecuación, mejora, ampliación y/o modernización de los locales comerciales y de servicios en Melilla. Año 2023

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 708059

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA. Presupuesto: 300.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Las ayudas de la presente convocatoria se acogen al Reglamento (CE) Nº 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, publicado en el DOUE L352 de 24/12/2013 Primero. Beneficiarios: Serán beneficiarios de este tipo de ayudas las pymes, entendidas como tales las definidas por la Unión Europea en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado; publicado en DOUE L187 de 26 de junio de 2014, o posterior que la sustituya. Se entiende por PYME las empresas que cumplan los siguientes requisitos: a) Que empleen a menos de 250 personas. b) Que su volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros. c) Que el cómputo de efectivos y límites en caso de empresas asociadas o vinculadas se efectúen como disponen los apartados 2 y 3 del artículo 6 del Anexo de la recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003. También podrán acceder a la condición de beneficiarios las personas físicas, empresarios, que lleven a cabo los proyectos, actividades o comportamientos recogidos en la presente convocatoria y que cumplan los requisitos que se establecen para las pyme en este punto. Los requisitos que deben cumplir los proyectos de inversión y las empresas serán los siguientes: a) Han de tener viabilidad técnica, económica y financiera. b) Que las empresas tengan su domicilio social y fiscal en la Ciudad Autónoma de Melilla. c) Que las empresas se encuentren al corriente de sus obligaciones Tributarias y con la seguridad Social. d) Deberán tener local abierto al público con todas las licencias y autorizaciones necesarias para realizar la actividad. (Entendiendo local abierto aquellos locales que tengan licencia de apertura para la actividad a desarrollar, o bien, hayan solicitado la misma. En el caso de solicitud deberá presentar la licencia dentro del plazo de justificación) Se entiende por local a un lugar físico cercado o cerrado y cubierto, donde se desarrolla su actividad empresarial, donde expone sus productos, los vende y/o presta sus servicios, actuando como punto de venta y/o de atención al público, debiendo cumplir la normativa urbanística de la Ciudad, con la consiguiente licencia de apertura del mismo y contrato de arrendamiento de local (comercial y/o de servicios), quedando excluidos los garaje, viviendas, etc. que no tengan cambio de uso y no cumplan lo indicado anteriormente. e) Han de tratarse de activos fijos materiales nuevos, en cuanto a las obras deben suponer una mejora en la calidad del servicio o un incremento del valor de la empresa. f) La ejecución por parte del beneficiario del proyecto de inversión deberá efectuarse desde el 01 de enero del año de la convocatoria, y el plazo de finalización de la justificación. g) La inversión máxima subvencionable será de 14.000,00 euros para todos los capítulos considerados subvencionables. Las inversiones objeto de la presente solicitud deberán guardar relación directa con el centro de trabajo del beneficiario o de la gestión que lleve a cabo, aunque no esté situado dentro del local de negocios. Los presupuestos o facturas de materiales, serán subvencionables siempre que incluyan su instalación o mano de obra, si es necesaria, en caso contrario se excluirá como gasto subvencionable. Los elementos móviles como portátiles, tablets, smartphone, etc. no serán subvencionables salvo en aquellos casos que, se establezca en la memoria, la utilidad de los mismos y su relación con la actividad que se desarrolle, control y distribución de pedidos, etc. y que implique que el dispositivo tenga un software independiente y especifico de la actividad a desarrollar y que se incluya o sea subvencionado con el resto de inversiones. Estos extremos deberá especificarse y motivar su finalidad en lA memoria explicativa del proyecto. Igualmente, no podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quiénes concurra algunas de las circunstancias a que se refiere el artículo 13, apartado 2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 27 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones Solamente podrán presentarse dos solicitudes de subvención por empresa, durante el periodo de la convocatoria en vigor, una por local. Segundo. Objeto. Esta convocatoria tiene por objeto facilitar, mediante subvenciones financieras, adecuación, mejora, ampliación o modernización de pyme ubicadas en la Ciudad Autónoma de Melilla. Tercero. Bases reguladoras. Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 05 de abril de 2018, relativo a la modificación de las bases reguladoras del régimen de ayudas a la para la adecuación, mejora, ampliación y/o modernización de los locales comerciales y de servicios en Melilla. Se puede consultar en la página web: http://www.melilla.es/mandar.php/n/11/4165/5550.pdf Cuarto. Cuantía. Estas ayudas se financiarán con cargo al Presupuesto General Consolidado de la Ciudad Autónoma de Melilla, sus Organismos Autónomos y sus Sociedades Mercantiles para el año 2023, en concreto por los Presupuestos generales de la Sociedad para la Promoción Económica de Melilla, Proyecto Melilla, S.A.U., por importe máximo de 300.000,00 euros, dentro de las cuentas de la Sociedad para la Promoción Económica de Melilla, Proyecto Melilla, S.A.U., partida presupuestaria 08/43300/74000, retención de crédito 12023000003891 El crédito disponible para esta Convocatoria queda fraccionado para cada uno de los periodos de resolución previstos en la convocatoria de la siguiente forma: 1er. Periodo: 180.000,00-€ 2º Periodo…

Organismo convocante

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA — CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, TURISMO Y FOMENTO

Ámbito

CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA

Categoría

Comercio

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación12 de julio de 2023
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadComercio, Turismo y Pymes
Sector económicoJ - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; I - HOSTELERÍA; OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD21 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total300.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Bases Reguladoras del régimen de ayudas a la para la adecuación, mejora, ampliación y/o modernización de los locales comerciales y de servicios en Melilla

Bases reguladoras ↗

Reglamento UE aplicable

REG (UE) 1407/2013 de minimis, General