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11 de julio de 2023, del presidente del IVACE, por la que se convocan ayudas en materia de energías renovables, con cargo al presupuesto ejercicio 2023, con cofinanciación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional

Denominación oficial: Resolución de 11 de julio de 2023, del presidente del IVACE, por la que se convocan ayudas en materia de energías renovables, con cargo al presupuesto ejercicio 2023, con cofinanciación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional

Plazo de solicitud 3 de noviembre de 2023
Estado Finalizada
Código BDNS 708485

Resumen

Esta ayuda está destinada a empresas grandes, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: COMUNIDAD VALENCIANA. Presupuesto: 750.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index y en la página web del IVACE: http://www.ivace.es Primero. Entidades beneficiarias. Entidades o personas jurídicas, de naturaleza pública o privada, incluyendo las agrupaciones sin personalidad jurídica y las comunidades de bienes, así como empresarias o empresarios individuales. No podrán ser beneficiarias las empresas instaladoras cuando no sean titulares de las instalaciones objeto de ayuda. Segundo. Objeto. Ayudas para el impulso de actuaciones encaminadas a la explotación de los recursos energéticos renovables, con cargo al presupuesto del IVACE del ejercicio 2023. Las actuaciones apoyables podrán ser las siguientes: · Actuaciones de biomasa (tratamiento en campo y cisternas de reparto) · Actuaciones de biomasa (plantas de producción de pellets/briquetas/astillas) Tercero. Bases reguladoras. Orden 19/2016, de 19 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) en materia de energías renovables y biocarburantes (DOGV núm. 7903, de 25 de octubre de 2016). Cuarto. Cuantía. El presupuesto total de la convocatoria será de 750.000 euros. Las ayudas previstas podrán contar con financiación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), a través del Programa Operativo de la Comunitat Valenciana 2021-2027, dentro del objetivo político 2 ¿Una Europa más verde, baja en carbono, con cero emisiones netas de carbono y resiliente¿, con el porcentaje de cofinanciación que se determine. Las ayudas tienen la consideración de subvención y una intensidad de hasta el 45% del coste subvencionable del proyecto. No obstante, la intensidad de ayuda podrá incrementarse en hasta 10 puntos porcentuales para las ayudas a las medianas empresas y en hasta 20 puntos porcentuales para las ayudas a las pequeñas empresas, ayuntamientos, entidades públicas y entidades e instituciones sin ánimo de lucro respecto de sus actividades no económicas, con un máximo de 200.000 euros por proyecto. Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de este extracto de la resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y finalizará el 3 de noviembre de 2023 a las 23:59:59 horas Sexto. Otros datos. 1. Solicitudes: por vía telemática de acuerdo al modelo normalizado disponible en la página web . 2. Documentación: la prevista en el artículo 7 de la convocatoria. 3. Solo se considerarán apoyables los proyectos y/o instalaciones nuevas y que estén constituidas por equipos nuevos y sin uso previo. 4. El proyecto objeto de subvención deberá encontrarse dentro del territorio de la Comunitat Valenciana. 5. Para que un proyecto pueda ser aprobado, tendrá que tener una puntuación mínima de 40 puntos. 6. Forma de justificación: en los términos previstos en el artículo 12 de la convocatoria. Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, de manera que los justificantes de gasto y pago deberán de ser de fecha posterior a la misma.

Organismo convocante

COMUNITAT VALENCIANA — INSTITUTO VALENCIANO DE COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL (IVACE)

Ámbito

COMUNIDAD VALENCIANA

Categoría

Energía

Destinatarios

Empresas grandes, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación14 de julio de 2023
Fecha inicio de solicitudes21 de julio de 2023
Fecha fin de solicitudes3 de noviembre de 2023

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadIndustria y Energía
Sector económicoOTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD21 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas grandes
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total750.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Cofinanciada por la UE

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden 19/2016, de 19 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, de bases reguladoras para la concesión de ayudas del IVACE, en materia de energías renovables y biocarburantes

Bases reguladoras ↗

Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)

  • ART. 41 AYUDAS A LA INVERSIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE LA ENERGÍA PROCEDENTE DE FUENTES RENOVABLES, DEL HIDRÓGENO RENOVABLE Y DE LA COGENERACIÓN DE ALTA EFICIENCIA.

Reglamento UE aplicable

REG (UE) 651/2014, DE 17 DE JUNIO, de exención de notificación