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GC SUBVENCIONES DESTINADAS A EMPRESAS ARTESANAS PRIVADAS Y ARTESANOS/AS DE GRAN CANARIA PARA EL EJERCICIO 2023

Plazo de solicitud 16 de septiembre de 2023
Estado Finalizada
Código BDNS 709608

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Gran Canaria. Presupuesto: 80.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Diario Oficial de Publicación: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Título del Extracto de la convocatoria: Decreto nº 2023-0072 de fecha 18 de julio de 2023 de aprobación de la convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva destinada a empresas artesanas privadas y artesanos de Gran Canaria para el ejercicio 2023. Extracto de la Convocatoria: Decreto de aprobación de la Presidenta de Fedac, de fecha 18 de julio de 2023, por el que se convocan subvenciones en concurrencia competitiva destinadas a empresas artesanas privadas y artesanos de Gran Canaria para el ejercicio 2023. Primero. Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios/as los artesanos/as de Gran Canaria que no se acojan a otras ayudas que se concedan por otras Instituciones para el mismo fin y que, en la fecha de solicitud y hasta la concesión y justificación de la subvención, cumplan todos los requisitos señalados a continuación: DNI o NIE vigente. Carné de Artesano/a, vigente, o en trámite de renovación. Estar dado de alta en la Seguridad Social (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), en un epígrafe artesano o equivalente a un oficio artesano, desde la publicación de la convocatoria de esta subvención hasta su concesión. Estar al corriente con las obligaciones de: La Seguridad Social. La Agencia Tributaria Canaria. La Agencia Estatal de Administración Tributaria. Estar inscrito en el Censo de Actividades Económicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). No estar incurso en alguna de las prohibiciones o circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley General de subvenciones para obtener la condición de beneficiario. No haber recibido, o estar pendiente de recibir subvención para la misma finalidad y gasto. No tener pendiente de justificación subvenciones concedidas con anterioridad por la Administración Pública. Segundo. Gastos subvencionables: Serán subvencionables los gastos efectuados desde el día 16 de septiembre del año 2022, hasta el día 15 de septiembre de 2023, si tienen relación directa con los gastos que describimos a continuación: CON CARGO A LA APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 08280 422 479000023, DENOMINADA "OTRAS SUBVENCIONES A EMPRESAS PRIVADAS". GASTOS CORRIENTES. Mejorar las instalaciones e infraestructuras de los talleres artesanos: Adquisición de maquinaria y herramientas propias del taller, cuando la unidad no supere los 150 €. Adquisición de mobiliario de valor unitario inferior a 150 € Reparación de maquinaria del taller, propias del oficio. Obras de mantenimiento y remodelación en el inmueble del taller, en propiedad, detallando dimensiones de la obra en m2. Nuevas acometidas o reparaciones de servicios e instalaciones del taller (electricidad, agua, gas, aire acondicionado, extracción de gases), en propiedad o alquiler. Apoyar la comercialización y promoción: Adquisición de mobiliario para la exposición y la venta, cuyo valor unitario sea inferior a 150 €. Producción e impresión de tarjetas y folletos publicitarios, así como cartelería para montar/decorar stands de ferias. Fotografías profesionales para elementos publicitarios. Diseño de logo e imagen que contribuyan a la creación y/o desarrollo de la marca empresarial del artesano/a, así como las adaptaciones de éstos para su utilización en diferentes medios y soportes publicitarios. Gastos de traslados en barco o avión para participar en ferias insulares de artesanía de Canarias del propio solicitante. Incorporar tecnologías de la información: Adquisición de ordenadores y sus periféricos, cuyas unidades no superen 150 €. Adquisición de programas informáticos, de valores inferiores a 150 € cada uno. Uso de plataformas de comercio online (comunicar la URL). Inserción de anuncios publicitarios en medios digitales (comunicar la URL). Creación y actualización de páginas web (comunicar la URL). Renovación de hosting. Promover acciones de formación: Matrículas de cursos de formación relacionados con la actividad u oficio del artesano/a, que no hayan sido organizados por la FEDAC, siempre y cuando se acompañen del certificado o documento similar de haber recibido y terminado el curso con aprovechamiento y del contenido del mismo. En caso que el curso se haya realizado en un país/idioma distinto al español, adjuntar traducción completa del diploma y programa del curso. CON CARGO A LA APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 08280 422 770000123, DENOMINADA "OTRAS SUBVENCIONES A EMPRESAS PRIVADAS” INVERSIONES. Cuando la unidad tenga un valor superior a 150 €: Mejorar las instalaciones e infraestructuras de los talleres artesanos: Adquisición de maquinaria y herramientas para el taller, propias del oficio. Adquisición de mobiliario para el taller. Apoyar la comercialización y la promoción: Adquisición de mobiliario de exposición y venta. Incorporar tecnologías de la información: Adquisición de ordenadores y sus periféricos. Adquisición de programas informáticos. Tercero. Bases Reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria. Cuarto. Cuantía: El crédito presupuestario existente para esta Convocatoria asciende a un total de OCHENTA MIL EUROS (80.000,00 euros), consignado en las aplicaciones presupuestarias 08280 422 479000023, denominada "Otras subvenciones a empresas privadas" CUARENTA MIL EUROS (40.000,00), para gastos corrientes y 08280 422 770000123, denominada “Otras Subvenciones a Empresas Privadas” CUARENTA MIL EUROS (40.000,00), para inversiones. Esta cantidad puede verse incrementada con una cuantía adicional en los supuestos contemplados en el art. 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, cuya aplicación a estas subvenciones no precisará de nueva convocatoria, siempre que la disponibilidad se produzca en un momento anterior al decreto de concesión de las mismas. El abono de la subvención se realizará, una vez se publique el Decreto, resolución definitiva de la Presidenta, mediante transferencia bancaria a los interesados…

Organismo convocante

CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA — FUND.ETNOGRA.DESARR.ART.CANARIA -F.E.D.A.C

Ámbito

Gran Canaria

Categoría

Cultura

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación24 de julio de 2023
Fecha inicio de solicitudes29 de julio de 2023
Fecha fin de solicitudes16 de septiembre de 2023

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector económicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA; INDUSTRIA MANUFACTURERA
Última actualización BD21 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total80.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria

Bases reguladoras ↗