La Secretaria de Estado de Memoria Democrática por la que se convocan para el año 2023 subvenciones destinadas a actividades relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura.
Denominación oficial: Resolución de la Secretaria de Estado de Memoria Democrática por la que se convocan para el año 2023 subvenciones destinadas a actividades relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 895.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Entidades beneficiarias. Asociaciones, fundaciones y demás entidades privadas sin ánimo de lucro, así como las universidades creadas conforme a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre y los organismos públicos de investigación. Dichas entidades habrán de estar legalmente constituidas e inscritas, en su caso, en los correspondientes registros, carecer de ánimo de lucro así como tener incorporados, entre sus objetivos o actividades, los relacionados con la recuperación de la Memoria Democrática y el reconocimiento de las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura. Quedan excluidas como posibles beneficiarias, las entidades societarias con ánimo de lucro, las entidades de derecho público, los partidos políticos, los colegios profesionales y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente. Segundo. Objeto. Concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para llevar a cabo los siguientes proyectos o iniciativas: Estudios e investigaciones relativas a la recuperación de la Memoria Democrática, así como al reconocimiento moral de las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura. Publicaciones y organización de cursos, jornadas, conferencias, exposiciones y demás eventos de tipo científico y/o divulgativo sobre la Memoria Democrática. La recopilación, conservación, estudio y difusión del patrimonio documental escrito, oral, audiovisual (fotografías, carteles, grabaciones sonoras, películas…) o intelectual (manifestaciones artísticas, musicales, literarias…) de la Guerra Civil y/o de la Dictadura. El plazo máximo para ejecutar cada proyecto o iniciativa, será de un año a partir de la publicación de la resolución de concesión correspondiente. Tercero. Bases reguladoras. Orden PCM/725/2020, de 27 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a actividades relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura, publicada en el BOE núm. 205, de 29 de julio de 2020, páginas 59910 a 59922 (13 págs.), modificada por la Orden PCM/853/2023, de 21 de julio BOE núm 75 de 24 de julio de 2023, páginas 107.862 a 107.866 (5 págs.) Cuarto. Cuantía. El importe total de las ayudas convocadas asciende a 895.000 euros, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 25.02.925M.480, 25.02.000X.432.09 25.02.925M.442 y 25.02.925M.452 del presupuesto de gastos del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática para el año 2023. Se imputará al presente ejercicio, el 75% del importe total (671.250 euros) y al ejercicio 2024 el 25% restante (223.750 euros). Las cuantías máximas previstas para las ayudas, atendiendo al tipo de proyecto o iniciativa, serán las señaladas a continuación: Hasta 12.000 euros para la realización de estudios e investigaciones relativos a la recuperación de la Memoria democrática, así como al reconocimiento moral de las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura. Hasta 5.000 euros para publicaciones, así como para la organización de cursos, jornadas, conferencias, exposiciones y demás eventos de tipo científico y/o divulgativo sobre la Memoria Democrática. Hasta 10.000 euros para actividades de recopilación, conservación, estudio y difusión del patrimonio documental escrito, oral, audiovisual (fotografías, carteles, grabaciones sonoras, películas…) o intelectual (manifestaciones artísticas, musicales, literarias…) de la Guerra Civil y/o de la Dictadura. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes deberán presentarse a través del siguiente apartado de la Sede Electrónica del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, en el apartado “Convocatoria año 2023: Subvención de concurrencia competitiva actividades Memoria Democrática”: https://mpr.sede.gob.es/procedimientos/index/categoria/1282# El plazo de presentación de solicitudes será de quince días contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado. Sexto. Recurso. Contra la Resolución de la convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, computándose ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Séptimo. Publicación de la resolución de convocatoria y entrada en vigor. La presente resolución de convocatoria entrará en vigor el día siguiente de la publicación de su extracto en el «Boletín Oficial del Estado». El texto íntegro de la convocatoria estará disponible a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BDNS): http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias
Organismo convocante
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA — SECRETARÍA DE ESTADO DE MEMORIA DEMOCRÁTICA
Ámbito
ESPAÑA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 4 de agosto de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Nacional |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Justicia |
| Sector económico | V - ORGANISMOS EXTRATERRITORIALES |
| Última actualización BD | 21 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 895.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden PCM/854/2023,de 21 de julio, por la que se modifica la Orden PCM/725/2020, de 27 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a actividades relacionadas con la recuperación Memoria Democrática