CONVOCATORIA CONCESION SUBVENCIONES A CLUBES DEPORTIVOS PARA FOMENTO DEL DEPORTE FEDERADO Y CATEGORIAS INFERIORES TEMPORADA 2022-2023
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 24.880 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero: Objeto. La Concejalía de Deportes del Excmo. Ayuntamiento de Martos convoca, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para el año 2023 con el objeto de regular la concesión de subvenciones a Clubes de Martos para el fomento del deporte federado y de categorías inferiores para la temporadas 2022/2023. Segundo: Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios o destinatarios de las ayudas reguladas en las presentes bases los Clubes Deportivos Federados, inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, que atiendan al deporte federado colectivo y de categorías inferiores que se realicen en Instalaciones Deportivas Municipales y que tengan fijado su domicilio social en la localidad de Martos. Quedan expresamente excluidos de esta convocatoria los que se encuentren en los casos contemplados en el apartado 2 del artículo 2 del texto completo de la Convocatoria. Tercero: Bases Reguladoras. La presente Convocatoria se regulará por la Ordenanza General para el Otorgamiento de Subvenciones Municipales (Boletín Oficial de la Provincia de Jaén número 243, de fecha 21 de diciembre de 2015), así como específicamente por el texto completo de la Convocatoria, el cual puede consultarse en la BDNS (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la web municipal (http://www.martos.es/index.php/deportes/deportes/subvenciones). Cuarto: Cuantías Total y Máxima así como Aplicación Presupuestaria. ¿ Cuantía total: 25.000 euros. ¿ Aplicación Presupuestaria: 3410.480.00 Subvenciones a Clubes Deportivos. Quinto: Plazo de Presentación de Solicitudes: 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén. Sexto: Otros datos de interés. ¿ Documentación Obligatoria: la establecida en el artículo 5 del texto completo de la Convocatoria. ¿ Compatibilidad: Sí. ¿ Obligaciones Específicas del Beneficiario: además de las establecidas en la ordenanza general deberán de haberse ejecutado los programas, proyectos, etc. en el plazo que va desde el 1 julio de 2022 al 30 junio de 2023, ambos inclusive, admitiéndose los gastos y justificantes, que acrediten su realización, producidos con anterioridad a la notificación del acto administrativo de concesión, pero siempre que hayan tenido lugar en el periodo antes señalado, así como comprometerse a reservar fichas deportivas con el objetivo de fomento del deporte para la integración social normalizada en estas especialidades por motivos físicos, psíquicos, familiares o socioeconómicos a propuestas de los Servicios Sociales Comunitarios. ¿ Criterios de Valoración: los establecidos en el artículo 7 del texto completo de la Convocatoria. ¿ Asignación Económica aplicable a cada criterio: los establecidos en el artículo 8 del texto completo de la Convocatoria. ¿ Plazo máximo de resolución: cuatro meses a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes. El vencimiento del plazo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención. ¿ Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todos los interesados y, en particular, los requerimientos de subsanación, de trámite de audiencia, propuesta de resolución provisional, reformulación de solicitudes y resolución del procedimiento, se publicarán en la página web del Ayuntamiento de Martos http://www.martos.es, y en el Boletín Oficial de la Provincia, en los términos del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. ¿ Pago de las subvenciones: De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Martos, y por cuanto, se considera que en el fomento del deporte federado se dan razones de interés público y social suficientes que justifican que el sistema de pago de la subvención concedida sea el 100% al otorgamiento de la subvención. ¿ Justificación: mediante la presentación de la documentación establecida en el artículo 13 del texto completo de la Convocatoria. ¿ Plazo máximo de justificación: Dos meses desde el abono de la subvención por parte del Ayuntamiento a cada beneficiario. ¿ Gastos Subvencionables: los establecidos en el artículo 15 del texto completo de la Convocatoria. ¿ Plazo máximo de ejecución de los proyectos: del 1 de julio de 2022 al 30 de junio de 2023, debiendo encontrarse la fecha de expedición de las facturas acreditativas de los gastos realizados, para su aceptación, dentro del plazo antes señalado. Excepcionalmente se admitirán facturas cuya fecha de expedición sea posterior a la fecha de finalización del plazo de ejecución (30 de junio de 2023), siempre que de los datos existentes en la factura se deduzca que el gasto que la ampara se ha realizado dentro del plazo de ejecución (1 julio de 2022 al 30 junio de 2023). ¿ Los formularios, tanto para la solicitud como para la justificación, y demás datos figuran publicados en el texto completo de la Convocatoria, la cual puede consultarse en la BDNS (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la web municipal (http://www.martos.es/index.php/deportes/deportes/subvenciones). Martos, 21 de septiembre de 2023.- El Alcalde-Presidente, Emilio Torres Velasco.
Organismo convocante
MARTOS — AYUNTAMIENTO DE MARTOS
Ámbito
ANDALUCIA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 21 de septiembre de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | 29 de septiembre de 2023 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de octubre de 2023 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sector económico | 93.1 - Actividades deportivas; 93.2 - Otras actividades recreativas y de entretenimiento |
| Última actualización BD | 21 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 24.880 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ORDENANZA REGULADORA CONCESION SUBVENCIONES MUNICIPALES EJERCICIO 2023