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Convocatoria pública de subvenciones municipales a deportistas individuales del Ayuntamiento de Bergondo para el ejercicio económico de 2023

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 718143

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: A Coruña. Presupuesto: 12.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Beneficiarios: 1. Podrán solicitar subvenciones los deportistas del Ayuntamiento de Bergondo que, cumpliendo al prescrito en el artículo 13 de la Ley 38/2003, y artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, reúnan además los siguientes requisitos: - Estar empadronado en el Ayuntamiento de Bergondo con una antigüedad de, por lo menos, dos años consecutivos, en el momento de la solicitud. - Estar en posesión de licencia deportiva, expedida por la federación correspondiente, en el momento de la solicitud. - Acreditar el nivel deportivo en la especialidad, por lo menos, correspondiente al año anterior al de la solicitud y/o al año de la solicitud - Competir, en el año de la solicitud, en eventos/pruebas deportivas de relevancia autonómica, nacional o internacional organizados o reconocidos por las respectivas federaciones - No estar incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad para obtener la condición de beneficiario de subvenciones (artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones). - Tener entre otros fines la realización de las actividades objeto de la subvención, así como disponer de estructura suficiente que garantiza el cumplimiento de sus objetivos. - Encontrarse al corriente de los deberes tributarios con el Ayuntamiento de Bergondo, y con cualquiera otra administración. - De ser el caso, tener justificadas las subvenciones recibidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Bergondo. 2. No podrán acceder a la concesión de las subvenciones municipales: - Los interesados que, en virtud de la normativa vigente, hayan limitado o suprimido ese derecho, y específicamente el recogido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones. - Los interesados que por resolución firme habían sido sancionadas por el incumplimiento de las condiciones previstas en la autorización precisa para el desarrollo de la actividad. - Las personas que habían perdido el derecho a la obtención de las subvenciones como consecuencia del procedimiento sancionador correspondiente, y por el plazo establecido en la resolución. Segundo. Finalidad: Es objeto de la presente convocatoria establecer los criterios y el procedimiento de concesión de becas a deportistas de alto nivel del Ayuntamiento de Bergondo, menores de 35 años e/o que no sean deportistas máster, para el año 2023, con la finalidad de facilitar la práctica deportiva y la competición de alto nivel, valorando así su especial dedicación al deporte, siendo conscientes de las dificultades que implica; así como promover la difusión de nuestro ayuntamiento en eventos deportivos de carácter nacional o internacional. Conforme a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de bases de régimen local, con sus modificaciones, en la Ley 5/1997, de la administración local de Galicia, en la Ley 38/2003, general de subvenciones y en el Real Decreto 887/2006 por lo que se aprueba su reglamento, en la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia y en el Reglamento de servicios de las corporaciones locales, con la finalidad de poder asignar los recursos necesarios a las prioridades señaladas. Las subvenciones objeto de esta convocatoria se efectuarán con cargo a la partida presupuestaria 341/482.00 del Presupuesto municipal vigente para el año 2023, y con el límite de su consignación presupuestaria al efecto. El procedimiento de concesión se realizará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, libre concurrencia e igualdad. Estas ayudas serán compatibles con otras ayudas, públicas o privadas, que se concedan para la misma finalidad, que deberán ser comunicadas al Ayuntamiento de Bergondo. Tercero. Bases reguladoras: Las bases reguladoras de la convocatoria pública de subvenciones municipales a entidades sin fin de lucro para el ejercicio económico 2023 publicadas en el BOP de A Coruña nº 182 de 22 de septiembre de 2023. Cuarto. Importe: El importe total de la presente convocatoria asciende a 12.000,00 euros. El importe máximo individual será de 750,00 euros, para el solicitante que alcance la máxima puntuación Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Quince días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOP de A Coruña.

Organismo convocante

BERGONDO — AYUNTAMIENTO DE BERGONDO

Ámbito

A Coruña

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación25 de septiembre de 2023
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras Prestaciones económicas
Sector económicoOTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD21 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total12.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Convocatoria pública de subvenciones municipales a deportistas individuales del Ayuntamiento de Bergondo para el ejercicio económico de 2023

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