Ayuda al alquiler de vivienda para personas entre 16 y 40 años. Cabra (Córdoba)
Denominación oficial: CONVOCATORIA DE AYUDA AL ALQUILER DE VIVIENDA PARA PERSONAS ENTRE 16 Y 40 AÑOS. CABRA (CÓRDOBA)
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Córdoba. Presupuesto: 220.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Objeto y finalidad Sufragar los gastos de acceso y disfrute de una vivienda en régimen de alquiler, de personas entre 16 y 40 años. Se trata por tanto de atraer población a través de este incentivo entre los jóvenes, así como contribuir a los gastos de las jóvenes familias egabrenses. Dotación económica La financiación de esta subvención se realizará con cargo al crédito consignado en la partida Partida presupuestaria: 3371.48201 : 120.000 € Beneficiarios Los beneficiarios (personas entre 16 y 40 años) podrán acogerse a una de estas dos líneas: Línea 1. Personas, que cumpliendo los requisitos se empadronen en Cabra. Línea 2. Personas ya empadronadas en Cabra con anterioridad a la fecha de Publicación en el BOP de Córdoba de este texto. Cuantía a subvencionar La cuantía por solicitante, común a ambas líneas, será del 75% del total de los meses justificados, con un máximo de 200 € mensuales. 5. Requisitos para solicitar la subvención Los requisitos que deben reunir los solicitantes para la obtención de la subvención vienen recogidos en la base 6ª de las bases reguladoras. Solo se concederá una subvención por unidad de convivencia. Ningún miembro de la unidad de convivencia podrá estar en dos solicitudes simultáneamente. 6. Plazo y lugar de presentación de solicitudes El plazo de presentación comenzará desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria hasta el 31 de octubre de 2023. Las solicitudes debidamente cumplimentadas se presentarán presencialmente en el Registro del Ayuntamiento de Cabra y también a través de la web 7. Plazo de resolución El plazo máximo para resolver las ayudas solicitadas será hasta el día 31 de diciembre de 2023. 8. Posibilidades de reformulación de solicitudes De conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley General de Subvenciones, no se prevé la posibilidad de reformulación de las solicitudes. 9. Régimen de compatibilidad Estas ayudas son compatibles con cualquier otra ayuda recibida por el mismo concepto de cualquier otra administración pública. En el caso de que la suma de las ayudas recibidas superara el importe del 100 % del alquiler objeto de la subvención el beneficiario deberá comunicarlo al Ayuntamiento el cual podrá iniciar expediente reintegro por el exceso de ayuda concedida. 10. Recursos La resolución pondrá fin al procedimiento y agotará la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo, en la forma y los plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre. 11. Criterios de valoración de las solicitudes Las ayudas objeto de la presente convocatoria se conceden bajo el régimen de concurrencia no competitiva, se otorgarán a quienes hubieran acreditado cumplir los requisitos necesarios para ser personas beneficiarias y se distribuirán según se reciban las peticiones hasta finalizar las dotaciones presupuestarias. 12.- Notificación y publicaciones: La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdo en lo previsto en el capítulo II de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los incentivos concedidos al amparo de las presentes bases, serán publicados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cabra, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de un extracto de la resolución por la que se ordena su publicación indicando el lugar donde se encuentra expuesto el contenido íntegro. De igual forma, se publicará en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Cabra y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). 13.- Formularios de solicitud: Las solicitudes deberán cumplimentarse en los formularios que se adjuntan como ANEXO I a la presente convocatoria. También podrá encontrarlos en la Web del Ayuntamiento 14.-Bases reguladoras Bases de ayuda al alquiler para personas entre 16 y 40 años, publicadas en el BOP nº 141 de fecha de 22 de julio de 2022.
Organismo convocante
CABRA — AYUNTAMIENTO DE CABRA
Ámbito
Córdoba
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 28 de septiembre de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de octubre de 2023 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sector económico | 53 - Actividades postales y de mensajería; 96 - Servicios personales |
| Última actualización BD | 21 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 220.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
BASES REGULADORAS DE AYUDA AL ALQUILER PARA PERSONAS ENTRE 16 Y 40 AÑOS. CABRA (CÓRDOBA)