19/09/2023 del Alcalde del Ayuntamiento de Badajoz, por la que se convocan subvenciones a favor de los titulares de autotaxi para la adquisición del nuevo módulo luminoso tarifario y para la adquisición/adaptación de vehículos adaptados 2023
Denominación oficial: Resolución de 19/09/2023 del Alcalde del Ayuntamiento de Badajoz, por la que se convocan subvenciones a favor de los titulares de autotaxi para la adquisición del nuevo módulo luminoso tarifario y para la adquisición/adaptación de vehículos adaptados 2023
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Badajoz. Presupuesto: 29.028 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios y requisitos: personas físicas o jurídicas con licencias de auto taxi del Ayuntamiento de Badajoz que lleven a cabo la sustitución del Módulo Luminoso Tarifario del vehículo y/o la adquisición/adaptación de vehículo adaptado, y que cumplan lo establecido en las bases de la convocatoria. Para poder ser beneficiario, los solicitantes deberán desarrollar con carácter principal la actividad encuadrada en el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) objeto de la ayuda (Epígrafe IAE: 721.2 - Transporte por autotaxis). Cada titular de licencia de auto taxi únicamente podrá presentar una solicitud, a excepción de los vehículos que soliciten la ayuda para la adquisición/adaptación de vehículos que podrán optar a la otra ayuda también. En el supuesto de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial, sólo podrá solicitar la ayuda económica y ser reconocido como beneficiario de la misma, una de ellas, ya sea matriz o filial. Se entenderá por mismo grupo empresarial, a los efectos de estas bases, lo establecido en el art. 42 del código de comercio. En el supuesto de sociedades civiles, sólo se podrá presentar una única ayuda por socio. No podrán ser beneficiarios de estas ayudas, aquellos que se hallen incursos en alguna de las causas que impiden tener la condición de beneficiario con arreglo a lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, incluido, no hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social. Asimismo, será requisito necesario haber tenido alguno de los gastos indicados en la convocatoria, y justificado los mismos según se indica. Segundo. Objeto. El objeto de la convocatoria es la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a favor de los titulares de autotaxi del Ayuntamiento de Badajoz para la sustitución del Módulo Luminoso Tarifario del vehículo, y para fomentar la adquisición/adaptación de vehículos adaptados a personas con movilidad reducida en la ciudad de Badajoz. Tercero. Bases reguladoras. Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Badajoz, publicada en el BOP de Badajoz, el día 2 de febrero de 2009- http://www.dip-badajoz.es/bop/ventana_anuncio.php?id_anuncio=33251&FechaSolicitada=2009-02-02 Cuarto. Cuantía. Esta convocatoria de subvenciones tiene un importe total máximo de 64.130,00€, que se repartirá de la siguiente manera: Para la adquisición de un módulo tarifario: IMPORTE TOTAL DE LA PARTIDA: 31.460,00 € Número máximo de licencias: 143 unidades Para la adquisición/adaptación de los vehículos para albergar a personas con movilidad reducida: IMPORTE TOTAL DE LA PARTIDA: 32.670,00 € Número máximo de licencias: 3 unidades. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación en Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz del extracto de esta convocatoria. Sexto. Justificación de la ayuda. Para el fomento de la adquisición del nuevo módulo luminoso tarifario, Los solicitantes deberán presentar, junto al resto de documentación de solicitud, la factura de compra del módulo subvencionado y el justificante de la transferencia o transferencias bancarias de su abono. Si el documento probatorio del gasto es de cuantía inferior 301 euros y no se ha pagado por cargo en cuenta de la entidad beneficiaria, en dicho documento deberá reflejarse con claridad el nombre y apellidos del perceptor, su N.I.F. y firma, en prueba de haber sido abonado el importe en él reflejado. Para la adquisición/adaptación de vehículos adaptados a personas con movilidad reducida, Los solicitantes deberán presentar, junto al resto de documentación de solicitud, La factura correctamente detallada y conformada de la adquisición del vehículo o de la adaptación del mismo, y el justificante de la transferencia o transferencias bancarias de su abono, (si se hubiese llevado a cabo), así como cualquier otra documentación que acredite el gasto, y que podrá ser requerida por el centro gestor de las ayudas. Sexto. Otros datos. Las solicitudes se ajustarán al modelo que estará disponible durante el plazo de presentación en la página web www.aytobadajoz.es y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Badajoz o a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Organismo convocante
BADAJOZ — AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ
Ámbito
Badajoz
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 28 de septiembre de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Subvenciones al transporte |
| Sector económico | 52.3 - Actividades de intermediación para el transporte; 49.3 - Otro transporte terrestre de pasajeros; OTROS SERVICIOS; 49.1 - Transporte de pasajeros por ferrocarril |
| Última actualización BD | 21 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 29.028 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Bases reguladoras
Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Badajoz