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De 29 de septiembre de 2023, de la Consejería de Agricultura Ganadería y Desarrollo Rural por la que se convocan ayudas estatales a las inversiones en sistemas de gestión de estiércoles en ganadería

Denominación oficial: Orden de 29 de septiembre de 2023, de la Consejería de Agricultura Ganadería y Desarrollo Rural por la que se convocan ayudas estatales a las inversiones en sistemas de gestión de estiércoles en ganadería.

Plazo de solicitud 6 de noviembre de 2023
Estado Finalizada
Código BDNS 719064

Resumen

Esta ayuda está destinada a empresas grandes, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: CASTILLA Y LEON. Presupuesto: 3,6 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS. Primero.- Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas: a) Personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, incluidas las explotaciones de titularidad compartida previstas en la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias, que sean titulares de explotaciones ganaderas, siempre que tengan la consideración de PYMES. b) Cuando se trate de inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, o sin personalidad propia de acuerdo con los términos previstos en el artículo 67.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, y cualquier organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente, que integren, un mínimo de cinco titulares de explotación en Castilla y León siempre que tengan la consideración de PYMES. c) Consorcios u otra forma de colaboración público-privada, siempre que las actuaciones se destinen a un uso en común y redunden en beneficio de explotaciones ganaderas concretas que tengan la consideración de PYMES, cuyos titulares habrán dado su consentimiento para que dichos entes soliciten la ayuda. d) Centros gestores de estiércoles siempre que tengan la consideración de PYMES. 2. Los titulares de explotaciones ganaderas sujetas al cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, podrán ser beneficiarios de las ayudas cuando las medidas a implantar supongan mejoras adicionales a aquéllas con las que cuenta la instalación tras la implantación de los requisitos mínimos establecidos en dicha normativa y en la Decisión de Ejecución (UE) 2017/302 de la Comisión, de 15 de febrero de 2017, por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) en el marco de la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto a la cría intensiva de aves de corral o de cerdos. Segundo.- Objeto de la ayuda. La presente orden tiene por objeto convocar en la Comunidad de Castilla y León las ayudas estatales previstas en el programa de apoyo a las inversiones en sistemas de gestión de estiércoles en ganadería dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Tercero.- Bases reguladoras. Las bases reguladoras de la concesión de estas ayudas han sido establecidas en el Real Decreto 948/2021, de 2 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (B.O.E nº 263, de 3 de noviembre de 2021). Cuarto.- Cuantía. 1. La cuantía máxima de la ayuda se establece en: a) Para la actuación 1: -Cubrición balsas sin aprovechamiento energético i. Para actuaciones realizadas por los beneficiarios recogidos en la letra a) del apartado 1 del punto quinto: 100.000 euros. ii. Para actuaciones realizadas por los beneficiarios recogidos en las letras c) y d) del apartado 1 del punto quinto inversiones colectivas: 300.000 euros. -Cubrición balsas con aprovechamiento energético en la propia granja. i. Para actuaciones realizadas por los beneficiarios recogidos en la letra a) del apartado 1 del punto quinto: 300.000 euros. ii. Para actuaciones realizadas por los beneficiarios recogidos en las letras c) y d) del apartado 1 del punto quinto o inversiones colectivas: 900.000 euros. b) Para la actuación 2: i. Para actuaciones realizadas por los beneficiarios recogidos en la letra a) del apartado 1 del punto quinto: 300.000 euros. ii. Para actuaciones realizadas por los beneficiarios recogidos en las letras c) y d) del apartado 1 del punto quinto o inversiones colectivas: 900.000 euros. 2. En todo caso, conforme al artículo 14 del Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, no podrá concederse en ningún caso una ayuda superior a 500.000 euros por empresa y por proyecto de inversión. Quinto.- Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes y comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Organismo convocante

CASTILLA Y LEÓN — CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MEDIO RURAL Y POLÍTICA AMBIENTAL

Ámbito

CASTILLA Y LEON

Categoría

Agricultura

Destinatarios

Empresas grandes, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación29 de septiembre de 2023
Fecha inicio de solicitudes5 de octubre de 2023
Fecha fin de solicitudes6 de noviembre de 2023

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAgricultura, Pesca y Alimentación
Sector económico01.6 - Actividades de apoyo a la agricultura, a la ganadería y de preparación posterior a la cosecha; 01.5 - Producción agrícola combinada con la producción ganadera
Última actualización BD21 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas grandes
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total3,6 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Financiación europeaMecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR)
Cofinanciada por la UE

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Real Decreto 948/2021, de 2 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas estatales a proyectos de inversión del Plan de Impulso de la Sostenibilidad y Competitividad de la Agricultura y Ganadería.

Bases reguladoras ↗

Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)

  • ART. 14 AYUDAS DESTINADAS A LAS INVERSIONES EN EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS VINCULADAS A LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA PRIMARIA

Reglamento UE aplicable

PRODUCCIÓN AGRÍCOLA PRIMARIA - REG (UE) 2022/2472, de 14 DE DICIEMBRE, de exención de notificación (vigente desde 01-01-2023)