AbiertaLocalCultura

Subvención nominativa mediante convenio con la entidad CENTRO POPULAR ANDALUZ

Plazo de solicitud No disponible
Estado Abierta
Código BDNS 719186

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Barcelona. Presupuesto: 21.000 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda ya está adjudicada, por lo que no hay convocatoria abierta ni plazo para presentar solicitudes; se publica solo por transparencia. Se trata de una subvención nominativa de 21 000 euros que el Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallès otorga, mediante convenio con el Centro Popular Andaluz, a una entidad jurídica que no lleva actividad económica y que destinará el dinero al ámbito cultural. No se exige devolución ni contraprestación.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Organismo convocante

SANT CUGAT DEL VALLÈS — AYUNTAMIENTO DE SANT CUGAT DEL VALLÈS

Ámbito

Barcelona

Categoría

Cultura

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación2 de octubre de 2023
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadCultura
Sector económicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA
Última actualización BD21 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total21.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ordenanza general de subvenciones