Acuerdo JGL de fecha 22/09/2023 aprobación de la convocatoria de subvenciones , para el año 2023, destinadas a asociaciones de Consumidores y Usuarios
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Almería. Presupuesto: 4.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. BENEFICIARIOS: Tendrá la consideración de beneficiario cualquier Asociación de Consumidores y Usuarios del término municipal de Almería y que no incurra en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13,2 de la LGS siempre que dispongan de la estructura y medios necesarios para llevar a cabo las actividades de desarrollo y defensa de los consumidores y usuarios en el marco de la actuación municipal en materia de consumo. Segundo. OBJETO Y FINALIDAD Las normas contenidas en la presente convocatoria constituyen el marco de actuación y régimen jurídico aplicable a la concesión de ayudas públicas a las Asociaciones de Consumidores y usuarios que desarrollen su actividad tendente al desarrollo y defensa de los consumidores y usuarios en el marco de la actuación municipal en materia de consumo. La gestión de las subvenciones se ajustará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación, eficacia y eficiencia. Las ayudas se concederán en concepto de subvenciones y en régimen de concurrencia competitiva sujetándose las mismas a las Bases Reguladoras, a lo establecido en la Ley 39/2015 de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ( LPACAP ), a la Ley 38/2003 de 17 de Noviembre, General de Subvenciones ( LGS ), y el RD 887/2006, de 21 de Julio, que desarrolla el Reglamento de la Ley General de Subvenciones ( RLGS ), además de cualquier otra normativa que pueda resultar de aplicación. Las subvenciones podrán ser compatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso para la misma finalidad, siempre que el importe de la subvención en ningún caso supere, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, el coste de la actividad. En el caso de que la Entidad reciba otra subvención, ayuda, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada deberá comunicarlo al órgano concedente tan pronto como se conozca y en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos para, en su caso, disminuir el importe de la subvención en proporción a los ingresos recibidos No serán beneficiarias de subvención aquellas asociaciones que obtengan subvención del Ayuntamiento de Almería para el mismo proyecto para el que se solicite la subvención objeto de la convocatoria. Tercero. BASES REGULADORAS Las Bases aparecen publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería en fecha de 13 de Octubre de 2.022. Cuarto. CUANTÍA La cuantía destinada a atender estas subvenciones asciende a un importe total de 4.000,00€ ( CUATRO MIL EUROS ) del vigente Presupuesto Municipal de 2.023 con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria: A600 49301 48900 “ SUBVENCIONES ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES Y USUARIOS” del presupuesto general vigente del Ayuntamiento de Almería de 2.023. Quinto. MEDIDAS DE DIFUSIÓN Las Asociaciones de Consumidores y Usuarios deberán adoptar las medidas de difusión del carácter público de la financiación del proyecto y en su caso un ejemplar del material utilizado para ello (carteles, folletos, placas conmemorativas, materiales impresos, medios electrónicos o audiovisuales, o bien menciones realizadas en medios de comunicación) que incluya imagen institucional de la entidad concedente, así como una leyenda relativa a la financiación pública. Sexto. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Las solicitudes para participar en el presente procedimiento habrán de presentarse en el plazo de diez ( 10 ) días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería del extracto de la convocatoria remitido por la Base de Datos Nacional de Subvenciones. De dicha publicación se dará información en el Portal de Internet del Ayuntamiento de Almería ( www.almeriaciudad.es ) En el anuncio que se publique, a fin de facilitar su conocimiento, se indicará, conforme al cómputo establecido, el primero y el último día del citado plazo.
Organismo convocante
ALMERÍA — AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA
Ámbito
Almería
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 2 de octubre de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Comercio, Turismo y Pymes |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 21 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 4.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Bases reguladoras de la Subvenciones a Las Asociaciones de Consumidores y Usuarios del municipio de Almería para el desarrollo y defensa de los consumidores y usuarios en el marco de la actuación municipal en materia de consumo