Aprueba para el año 2023 la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de un Plan destinado a la actualización de las competencias laborales y mejora de la empleabilidad de las personas trabajadoras prioritariamente ocupadas de Ar
Denominación oficial: ORDEN por la que se aprueba para el año 2023 la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de un Plan destinado a la actualización de las competencias laborales y mejora de la empleabilidad de las personas trabajadoras prioritariamente ocupadas de Ar
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ARAGON. Presupuesto: 7,5 M€. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. —Beneficiarios. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones contempladas en la presente convocatoria, conforme a lo previsto en el artículo 14.2.c) de la ley 30/2015, de 9 de septiembre, y en el artículo 6 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, las entidades de formación, cuando se hallen acreditadas y/o inscritas, a fecha de publicación de esta convocatoria, en el Registro de centros y entidades de formación del Instituto Aragonés de Empleo, o en su caso, en el Registro Estatal de Entidades de Formación, siempre y cuando, en el momento de iniciar la formación, dispongan de instalaciones en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón debidamente inscritas y/o acreditadas que permitan la impartición de las especialidades formativas solicitadas. Segundo. — Objeto. La presente orden tiene como objeto la aprobación, para el año 2023, de una convocatoria de subvenciones para la financiación de programas de formación sectoriales y programas de formación transversales dirigidos a personas trabajadoras prioritariamente ocupadas en la Comunidad Autónoma de Aragón a través de acciones de Formación Profesional para el Empleo. Tercero. — Bases reguladoras. Las bases reguladoras de estas subvenciones se recogen en la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación (BOE nº 78 de 1 de abril de 2019). Cuarto. — Financiación. El importe total del crédito asignado a la presente convocatoria asciende a siete millones cuatrocientos sesenta y siete mil novecientos sesenta y ocho euros con cuarenta y dos céntimos (7.467.968,42 €) y las subvenciones se financian con cargo a las aplicaciones presupuestarias del Instituto Aragonés de Empleo para el año 2023 y 2024, que a continuación se relacionan: Partida presupuestaria Año 2023 Año 2024 Total 51014 G/3221/440205/33004 29.125,08 € 19.416,72 € 48.541,80 € 51014 G/3221/460192/33004 14.338,5 € 9.559,00 € 23.897,50 € 51014 G/3221/470089/33004 3.132.514,03 € 2.088.342,69 € 5.220.856,72 € 51014 G/3221/480415/33004 1.304.803,44 € 869.868,96 € 2.174.672,40 € Total 4.480.781,05 € 2.987.187,37 € 7.467.968,42 € Quinto. — Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes es de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”. Sexto. — Otros datos. 1. El modelo de solicitud junto con la documentación complementaria deberá cumplimentarse a través de la aplicación Gestifor Web (PAS Ocupados 2023, disponible en la url: https://plan.aragon.es/inaem/pas/pasocupados.nsf) y, en todo caso deberá descargarse, firmarse y presentarse a través de un registro electrónico, preferentemente a través del Registro Electrónico General de la Administración Pública de Aragón. La información se encuentra disponible en la sede electrónica del Gobierno de Aragón (https://www.aragon.es/tramites) incluyendo en el buscador de trámites: “Subvenciones para programas formativos dirigidos a trabajadores prioritariamente ocupados.” También podrán presentarse electrónicamente en cualquiera de los registros electrónicos indicados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 2. El uso del modelo de solicitud será de uso obligatorio conforme a lo establecido en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes deberán estar firmadas electrónicamente y se considerarán presentadas a los efectos de su tramitación en el momento en que se obtenga el justificante de registro. Para ello, los firmantes deberán disponer de DNI electrónico, o de cualquier certificado electrónico que sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas del Gobierno de Aragón. La información relativa a certificados, firma y sellos electrónicos se encuentra disponible en la sede electrónica: https://www.aragon.es/tramites De conformidad con lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si algún interesado presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación. En el supuesto de que en el último día del trámite correspondiente concurran incidencias técnicas que impidan el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación indicado en la convocatoria y su realización electrónica, únicamente en ese mismo día se podrá presentar en cualquiera de los registros electrónicos indicados en el artículo 16.4 letra a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o, en última instancia, por cualquiera de los otros medios previstos en el artículo 16.4 de la citada Ley
Organismo convocante
ARAGÓN — INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO (INAEM)
Ámbito
ARAGON
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 4 de octubre de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN; I - HOSTELERÍA; OTROS SERVICIOS; SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO; K - TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 21 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 7,5 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
La Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el citado Real Decreto 694/2017, de 3 de julio,