Subvenciones a asociaciones culturales para la realización del Programa Anual de Actividades Culturales del 1 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022
Denominación oficial: Convocatoria de subvenciones a asociaciones culturales para la realización del Programa Anual de Actividades Culturales del 1 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: A Coruña. Presupuesto: 47.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero.- Beneficiarios. Podrán solicitar estas subvenciones las entidades de naturaleza esencialmente cultural juridicamente constituidas, que estén registradas en el Ayuntamiento de Carballo siempre que cumplan además con los siguientes requisitos: Desenvolver un programa de actividades culturales dirigido, principalmente, a los vecinos de Carballo. Carecer de fines de lucro y que las actividades no persigan finalidades de lucro. Que el ámbito de actuación sea el término municipal de Carballo. Que tengan su sede social en el municipio y realicen sus actividades culturales regularmente en el mesmo. No tener pendiente de justificar ninguna subvención o ayuda económica con el Ayuntamiento correspondiente al ejercicio anterior. Tener un número mínimo de 25 socios/as en la fecha de presentación da solicitud. Segundo.-Objeto. Colaborar con las asociaciones culturales del municipio de Carballo en la realización del programa anual de actividades culturales entre el 1 de noviembre de 2021 y el 31 de diciembre de 2022, así como contribuir al mantenimiento y gestión de la entidad y de su local social. Tercero.- Bases Reguladoras. La publicación de las bases reguladoras se ha realizado en el Boletín Oficial de la Provincia de la Coruña núm. 193, de fecha 9 de octubre de 2023. Cuarto.- Actuaciones subvencionables. Las ayudas podrán destinarse a la organización e realización del programa de actividades culturales, así como al mantenimiento o gestión de la asociación o de sus locales sociales entre el 1 de noviembre de 2021 y el 31 de diciembre de 2022, y a la realización de la Cabalgata de Reyes 2022, Si dentro del programa de actividades culturales se incluye la edición de libros, revistas o publicaciones (exceptuando los folletos u otros materiales dirigidos únicamente a difundir las actividades), deberá acreditarse su carácter cultural y entregar una copia. Si la dicha publicación no estuviese editada, se especificarán los objetivos, contenido, índice previstos y un borrador de la misma, si este existiese. Los gastos generales de mantenimiento y gestión de la asociación y de sus locales sociales (seguros, alquileres de locales, electricidad, agua, limpieza, personal contratado para la atención al público o gestión general, teléfono, internet, web, gastos financieros de comisiones por mantenimiento de cuentas y transferencias bancarias, etc.) se admitirán hasta un máximo del 30% de los gastos subvencionables en actividades de carácter cultural del programa presentado a esta convocatoria. No serán gastos subvencionables y, polo tanto, non se tendrán en cuenta los importes que excedan de dicho porcentaje. Los gastos en comida y bebida y los gastos de carácter protocolario podrán suponer, como máximo el 20% de los gastos de carácter cultural del programa presentado a la convocatoria. No serán subvencionables y, polo tanto, non se tendrán en cuenta los importes que excedan el dicho porcentaje. Si en el programa se incluyen actividades o acciones de carácter no cultural y estas tienen un peso en el mismo que se considere significativo, estas no se tendrán en cuenta y no se considerarán gastos subvencionables. Se entenderá por peso significativo con respecto al programa global cuando el número de actividades no culturales o el presupuesto dedicado a estas actividades o acciones no culturales es superior al 20% o si el número de participantes en actividades de carácter no cultural es superior al 20% del total de participantes en el programa general. Si el solicitante incluye en la memoria de actividades o en su presupuesto, actividades o importes que incumplan las especificaciones sobre mantenimiento, gastos protocolarios y actividades de carácter no cultural, se corregirá de oficio la solicitud, o su presupuesto de gastos e ingresos y el importe solicitado. Se excluyen de esta convocatoria la realización de inversiones y obras de inversión o infraestructura, las fiestas populares y los viajes de carácter no cultural. No se podrán incluir las actividades ya financiadas por el Ayuntamiento de Carballo. Quinto.- El importe El importe mínimo de la subvención será de 250 € y el máximo de 4000 €, más el importe correspondiente a los gastos de la realización de la Cabalgata de Reyes, si es el caso. Si el importe solicitado o que le correspondería aplicando el régimen de concesión es inferior a 250 € no se concederá subvención, y tampoco se concederá si el presupuesto de gastos de la entidad no alcanza 358 €. El importe de la solicitud de subvención no podrá ser superior al 70% do presupuesto de gastos del programa para el que se solicita la ayuda, excluyendo los gastos correspondientes a la Cabalgata de Reyes. La organización y realización de la Cabalgata de Reyes del año 2022 está subvencionada con 350 €, siempre y cuándo los gastos totales de la actividad asumidos por la entidad solicitante superen este importe. Cada Cabalgata solo puede recibir una subvención. Sexto.-Plazo de presentación de solicitudes. Las entidades que soliciten subvención deberán presentar sus solicitudes en la sede electrónica del Ayuntamiento de Carballo en el plazo de 10 días desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Organismo convocante
CARBALLO — AYUNTAMIENTO DE CARBALLO
Ámbito
A Coruña
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 11 de octubre de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA |
| Última actualización BD | 21 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 47.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Bases reguladoras
Bases de la convocatoria de subvenciones a las asociaciones culturales para la realización del Programa Anual de Actividades Culturales entre el 1 de noviembre de 2021 y el 31 de diciembre de 2022