AbiertaLocalServ. sociales

Aprobación de la subvención nominativa, mediante convenio a favor de la entidad Cáritas Parroquial Sant Cugat del Vallès para el año 2023

Plazo de solicitud No disponible
Estado Abierta
Código BDNS 725560

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Barcelona. Presupuesto: 92.000 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda ya está adjudicada, no es una convocatoria abierta y no puedes presentarte. El ayuntamiento de Sant Cugat del Vallès ha destinado 92.000 euros a la entidad Cáritas Parroquial Sant Cugat del Vallès para el año 2023. Es una subvención en forma de dinero sin que haya que devolverlo, dirigida a organizaciones sin ánimo de lucro que no desarrollen actividad económica. El objetivo es financiar proyectos de servicios sociales y promoción social en la zona de Barcelona.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Organismo convocante

SANT CUGAT DEL VALLÈS — AYUNTAMIENTO DE SANT CUGAT DEL VALLÈS

Ámbito

Barcelona

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación7 de noviembre de 2023
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económicoACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN
Última actualización BD21 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total92.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ordenanza general de subvenciones