FinalizadaNacionalEnergía

14 de noviembre de 2023 de la Secretaría de Estado de Energía por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas en 2024 a la prevención de riesgos y seguridad minera en el ámbito de una minería autóctona y sostenible

Denominación oficial: Resolución de 14 de noviembre de 2023 de la Secretaría de Estado de Energía por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas en 2024 a la prevención de riesgos y seguridad minera en el ámbito de una minería autóctona y sostenible.

Plazo de solicitud 14 de diciembre de 2023
Estado Finalizada
Código BDNS 727322

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 1,6 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Beneficiarios. Las pequeñas y medianas empresas privadas y las instituciones sin ánimo de lucro del sector minero. Segundo. Objeto. Impulsar el desarrollo de proyectos relativos a seguridad minera y que estén dirigidos a las áreas de (i) Inversiones materiales en seguridad minera, que incluye los proyectos dirigidos a mejorar la seguridad y salud en explotaciones, establecimientos de beneficio y túneles o galerías en fase de excavación o (ii) Actuaciones de formación en seguridad minera, destinadas a la formación presencial del personal de las entidades a las que sea de aplicación el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera. Tercero. Bases Reguladoras. Orden TED/1079/2020, de 11 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» núm. 305, de 20 de noviembre de 2020). Cuarto. Cuantía. La cuantía total de la subvención que se conceda a consecuencia de las solicitudes presentadas de acuerdo con la convocatoria es de 1.650.000 euros, con una intensidad de ayuda por proyecto de hasta el 20 % en el caso de inversiones materiales de seguridad minera y hasta un 100 % en el caso de actuaciones de formación en seguridad minera. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del presente extracto. Sexto. Otros Datos. Las solicitudes se presentarán de forma electrónica a través del registro electrónico del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ajustándose al formato disponible en el Portal de Ayudas conjunto del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y otros departamentos ministeriales http://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas. El pago de las subvenciones, y el pago anticipado en su caso previa constitución de la oportuna garantía en la Caja General de Depósitos, se realizará de acuerdo con los procedimientos y condiciones establecidos en la normativa vigente y, específicamente, con lo dispuesto en los artículos 18 y 19 de la Orden TED/1079/2020, de 11 de noviembre. El beneficiario de la ayuda para proyectos de inversiones materiales en seguridad minera deberá ejecutar las inversiones desde la fecha de la solicitud de la subvención y hasta un plazo máximo de cuatro meses, contados desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión. El beneficiario de la ayuda para proyectos de formación en seguridad minera deberá ejecutar las inversiones desde la fecha de la solicitud de la subvención y hasta un plazo máximo de cuatro meses, contados desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión, si bien, la impartición de los cursos se deberá desarrollar durante los cuatro meses siguientes a la fecha de notificación de la resolución de concesión.

Organismo convocante

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO — DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA ENERGÉTICA Y MINAS

Ámbito

ESPAÑA

Categoría

Energía

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación15 de noviembre de 2023
Fecha inicio de solicitudes15 de noviembre de 2023
Fecha fin de solicitudes14 de diciembre de 2023

Información completa

AdministraciónNacional
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadIndustria y Energía
Sector económicoB - INDUSTRIAS EXTRACTIVAS
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Ver todas las ayudas para autónomos →

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total1,6 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden TED/1079/2020, de 11 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la prevención de riesgos y seguridad minera en el ámbito de una minería autóctona y sostenible.

Bases reguladoras ↗

Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)

  • ART. 17 AYUDAS A LAS PYME. A LA INVERSIÓN EN FAVOR DE LAS PYME.

Reglamento UE aplicable

REG (UE) 651/2014, DE 17 DE JUNIO, de exención de notificación