BASES QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO CARTEL ANUNCIADOR DE LAS FIESTAS ARACELITANAS 2024
Denominación oficial: BASES QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO CARTEL ANUNCIADOR DE LAS FIESTAS ARACELITANAS 2024.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Córdoba. Presupuesto: 1.500 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Podrán acudir a esta convocatoria cuantas personas lo deseen. Cada participante sólo podrá presentar un máximo de tres trabajos. Los carteles presentados deberán ser originales e inéditos, no habiendo obtenido premios o accésit en otros certámenes o concursos. Los participantes serán los únicos responsables del contenido de sus carteles en cuanto a exigencias legales de derechos de imagen o plagios, según las leyes vigentes. El Ayuntamiento de Lucena quedará eximido de toda responsabilidad ante cualquier reclamación que pudiera presentarse por parte de un tercero. Los trabajos serán de técnica libre, siempre que sea posible su reproducción, debiendo representar cualquier imagen o acto en torno a nuestra Patrona la Virgen de Araceli o de las Fiestas Aracelitanas Cívico-Religiosas. Han de llevar incluido el Escudo de Lucena, el Emblema del Excmo. Ayuntamiento de Lucena con el nombre de la Delegación de Fiestas (nuevo este año) y el Logotipo de la ciudad (nuevo este año), a su disposición en la Delegación de Fiestas, sita en Plaza Nueva nº 1, tfo. 957 50 04 10. Deberán incluir el siguiente texto: Fiestas Aracelitanas, del 3 al 6 de mayo de 2024. Lucena Declaradas de Interés Turístico Nacional El cartel deberá estar confeccionado en sentido vertical, y las dimensiones serán de 70 cm de altura por 50 de ancho (incluidos los márgenes si los tuviera), y se presentará en soporte rígido, protegido y embalado. El trabajo que resulte premiado deberá ser entregado en este Ayuntamiento, además, en soporte digital (CD-ROM / DVD) con una resolución mínima de 300 d.p.i. y en uno de los siguientes formatos: PSD, TIFF o JPEG de alta calidad. Se establece un premio de mil quinientos euros (1.500,00 euros). La cuantía estará sujeta a las retenciones fiscales según ley. La solicitud de participación se presentará en el Servicio de Información y Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Lucena, sito en Plaza Nueva nº 1, de 9 a 14 horas, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante el modelo de instancia que se adjunta como Anexo I a las presentes bases y a la que se acompañará el cartel que presenta a concurso. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, por conducto de la Bases de Datos Nacional de Subvenciones y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Lucena. Los carteles serán presentados sin firma del autor, bajo un lema que libremente escojan sus autores, debiendo constar dicho lema por escrito en el dorso de la obra, así como un sobre cerrado con el nombre y el número de tfo. del autor, pegado también en la parte de atrás de la obra. Sólo se abrirá el sobre correspondiente al cartel premiado. Sólo el autor del trabajo ganador aportará fotocopia de su D.N.I. y una declaración responsable de autoría de la obra presentada. (Se adjunta modelo de la misma en el Anexo II de estas bases), en un plazo máximo de 5 días hábiles desde la publicación del fallo del jurado en el tablón de edictos electrónico de este Ayuntamiento. Asimismo, a través de ese documento presentará Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, conforme a lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como que no recibe ayudas para la misma finalidad y que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y la Hacienda Municipal; todo ello sin perjuicio de las comprobaciones de oficio que pueda realizar el Ayuntamiento, a las cuales se autoriza con la presentación de dicha Declaración. En caso de que una misma persona ganara el concurso durante dos años consecutivos, no podrá participar en la siguiente convocatoria, formando automáticamente parte del equipo de asesores del Jurado. El autor/a del trabajo premiado podrá firmar el original si lo desea, una vez fallado el concurso. A petición del autor en un plazo máximo de 5 días hábiles desde la publicación del fallo del jurado en el tablón de edictos electrónico de este Ayuntamiento. El jurado calificador estará presidido por el Alcalde o Concejal/a en quién delegue, y estará compuesto por el/la Concejal Delegado/a de Fiestas, una representación de cada uno de los Grupos Políticos Municipales, nombrados por su respectivo grupo político, el Hermano Mayor de la Archicofradía de María Stma. de Araceli o miembro de su Junta de Gobierno en quién delegue, una representación de la Asociación de Cortes Aracelitanas y personas expertas en el tema (máximo tres) nombradas por el Alcalde a propuesta de la Concejal Delegada de Fiestas. Este jurado podrá convocar cuantas reuniones estime necesarias a fin de deliberar sobre el fallo de este concurso, y se reserva el derecho a declararlo desierto si a su juicio los trabajos no ofrecen un mínimo de calidad, en cuyo caso, podrá optar por elegir cualquier otra fotografía o imagen no presentada a concurso que considere oportuna. En todo momento el jurado calificador garantizará el anonimato del trabajo presentado. Todas las deliberaciones del jurado serán secretas. Se realizará una primera criba por parte del Jurado sobre los trabajos que han de ser valorados por el equipo de asesores. El Jurado tendrá potestad y capacidad de decisión ante cualquier incidencia, circunstancia o acontecimiento que surgiese y no estuviese recogido en las presentes bases. De todo lo actuado se levantará acta y se remitirá a la Junta de Gobierno Local indicando la persona ganadora y la concesión del premio, para que adopte resolución al respecto, que será publicada en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Lucena. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 17, 26, 43 y 48 el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el…
Organismo convocante
LUCENA — AYUNTAMIENTO DE LUCENA
Ámbito
Córdoba
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 15 de noviembre de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1.500 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
BASES QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO CARTEL ANUNCIADOR DE LAS FIESTAS ARACELITANAS 2024.