De 21 de noviembre de 2023 por la que se convocan ayudas promoción productos agroalim.calidad 2023, Línea 1
Denominación oficial: Orden de 21 de noviembre de 2023 por la que se convocan ayudas promoción productos agroalim.calidad 2023, Línea 1
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 1,9 M€. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS: De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en la dirección http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans. Primero.- Se convocan para el ejercicio 2023, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las siguientes líneas de subvenciones previstas en la Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, de 21 de abril de 2016, modificada por la Orden de 22 de junio de 2017 y por la Orden de 6 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la promoción en el mercado interior de productos agroalimentarios amparados por un régimen de calidad, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Submedida 3.2, Operaciones 3.2.1 y 3.2.3), en la cuantía total máxima que se especifica para cada una de ellas y la distribución en anualidades, y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican para cada línea. Cuantías máximas para la convocatoria y distribución anual: Segundo.- Entidades beneficiarias: Línea 1: Los Consejos Reguladores y las asociaciones, federaciones de entidades agroalimentarias y asociativas agrarias, sin ánimo de lucro, y fundaciones y organizaciones empresariales del sector agrario, así como agrupaciones de productores con personalidad jurídica, sin ánimo de lucro, que participen en un programa de calidad de los alimentos de los enumerados en el artículo 16.1 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013, del Parlamento y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, en relación con un producto agrícola, ganadero o alimenticio concreto producido en Andalucía excluido el sector oleícola y aceituna de mesa. Línea 2: Los Consejos Reguladores y Asociaciones y Federaciones de entidades agroalimentarias y asociativas agrarias, Fundaciones y Organizaciones Empresariales del sector agrario, así como agrupaciones de productores con personalidad jurídica, sin ánimo de lucro, que participen en un programa de calidad de los alimentos de los enumerados en el artículo 16.1 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013, del Parlamento y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, en relación con un producto agrícola o alimenticio en el sector del olivar y la aceituna de mesa producido en Andalucía. Tercero.- Objeto: Apoyar las actividades promoción realizadas por entidades en el mercado interior, en relación con productos amparados por alguno de los regímenes de calidad de los enumerados en el artículo 16.1 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013, del Parlamento y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo. Cuarto.- Bases reguladoras: Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, de 21 de abril de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la promoción en el mercado interior de productos agroalimentarios amparados por un régimen de calidad, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 3.2, operaciones 3.2.1 y 3.2.3) (BOJA núm. 76, de 22.04.2016), y las Órdenes de 22 de junio de 2017 (BOJA núm. 122, de 28.06.2017) y de 6 de julio de 2021 (BOJA núm. 133, de 13.07.2021), por las que se modifica la anterior. Quinto.- Importe: La dotación de cada una de las línea es la que figura en el cuadro del apartado primero. El importe máximo por persona beneficiaria y convocatoria es de 200.000 euros, excepto para Consejos Reguladores que gestionen más de una Denominación de Origen, incluidas en el Plan de Promoción presentado, en cuyo caso, se incrementa la cuantía máxima a 300.000 euros. El importe de la ayuda consistirá en un porcentaje de subvención del 70% de los costes subvencionables de la actividad. Asimismo, la cuantía máxima de la subvención por persona beneficiaria y convocatoria no podrá superar el importe correspondiente a 1,5 veces el presupuesto aprobado de la entidad correspondiente al ejercicio anterior. Sexto.- Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de las solicitudes irá desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones hasta el 31/12/2023. Séptimo.- Otros datos: Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las entidades solicitantes en la dirección electrónica que se indica a continuación, así como en la sede de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y de sus órganos periféricos: https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/8296/como-solicitar.html
Organismo convocante
ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL
Ámbito
ANDALUCIA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 22 de noviembre de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de diciembre de 2023 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de diciembre de 2023 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sector económico | 01.6 - Actividades de apoyo a la agricultura, a la ganadería y de preparación posterior a la cosecha |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1,9 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden de 22 de junio de 2017, por la que se modifica la Orden de 21 de abril de 2016, por la que se aprueban las b.reguladoras para la concesión de subvenciones,en r.c.competitiva,dirigidas a la promoción en mercado interior de productos agroaliment r.cal