FinalizadaAutonómicaEducación

28 de noviembre de 2023, Convocat. Beca Adriano 2023-2024,dirigida a facilitar la permanencia en el sistema educativo del alumnado que curse alguna de las enseñanzas incluidas en su ámbito de aplicación

Denominación oficial: Resolución de 28 de noviembre de 2023, Convocat. Beca Adriano 2023-2024,dirigida a facilitar la permanencia en el sistema educativo del alumnado que curse alguna de las enseñanzas incluidas en su ámbito de aplicación

Plazo de solicitud 5 de enero de 2024
Estado Finalizada
Código BDNS 729819

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 475.000 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS: 729819 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA: Primero. Convocatoria: Se realiza la convocatoria de la Beca Adriano para el curso académico 2023/2024, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia no competitiva, la siguiente linea de ayuda en el ámbito de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en la cuantía total máxima y con cargo al crédito presupuestario que se indican a continuación: LINEA CUANTÍA MÁXIMA PARTIDA PRESUPUESTARIA Becas Adriano 475.000 euros 1100010900/G/42F/48004/00/01 Segundo. Beneficiarios: Podrá concederse la Beca Adriano al alumnado que, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden de 29 de enero de 2014, por la que se establecen las bases reguladoras de la Beca Adriano dirigida a facilitar la permanencia en el Sistema Educativo del alumnado, que curse en la modalidad presencial alguna de las siguientes enseñanzas oficiales en los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía: a) Enseñanzas de Bachillerato. b) Enseñanzas de segundo curso de Grado Medio de Formación Profesional, de las Enseñanzas Profesionales de Música y Danza, de las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño y de las Enseñanzas Deportivas. c) Enseñanzas de Grado Superior de Formación Profesional, de Artes Plásticas y Diseño y de Enseñanzas Deportivas. d) Enseñanzas Artísticas Superiores. Queda excluido del ámbito de aplicación de esta Orden el alumnado que curse enseñanzas en la modalidad de educación de personas adultas. Tercero. Objeto: Mediante la convocatoria de esta beca se pretender atender al alumnado matriculado en las enseñanzas oficiales especificadas en el artículo 1, que cumpliendo los requisitos económicos de la normativa de Becas de Carácter General para estudios postobligatorios no universitarios del Ministerio competente en materia de educación, y los requisitos académicos necesarios para continuar sus estudios, no ha alcanzado la puntuación académica referida a la nota media o no ha superado la carga lectiva exigida en dicha normativa. La Beca Adriano pretende, así, facilitar la permanencia de este alumnado en el Sistema Educativo, compensando la ausencia de ingresos de las familias como consecuencia de la dedicación al estudio de la persona beneficiaria de la beca. Cuarto. Bases reguladoras: La presente convocatoria se regirá por la normativa establecida en la Orden de 29 de enero de 2014 de la Consejería de Educación. Quinto. Importe: 1. El límite máximo presupuestario para esta convocatoria correspondiente al curso 2023/2024 es de 475.000 euros. 2. De acuerdo con el artículo 6 de las bases reguladoras el importe de la Beca Adriano será igual a la cuantía fija ligada a la renta de la persona solicitante que se establezca en la norma estatal que se dicte para determinar las cuantías de las becas y ayudas al estudio para cada curso escolar, conforme al artículo 9.1.b) del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, y se fijará para cada curso escolar en la correspondiente convocatoria. En este sentido de conformidad con el articulo 3.1 a) del Real Decreto 117/2023, de 21 de febrero, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2023/2024, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas, la cuantía de la Beca Adriano a conceder a cada persona beneficiaria queda fijada para el curso 2023/2024 en 1.700 euros. 3. La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la Ley del Presupuesto que ha de aprobar el Parlamento para el ejercicio 2024. Sexto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía este extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Séptimo. Otros datos: 1. La solicitud se ajustará al modelo que como anexo acompaña a la resolución de convocatoria y deberá cumplimentarse mediante el formulario que estará disponible en el portal web de becas y ayudas al estudio de la Consejería competente en materia de educación. 2. Las solicitudes se presentarán, preferentemente, en la secretaría del centro docente donde, durante el curso académico 2023/2024, se encuentre matriculado el alumno o alumna solicitante de la beca y para el que solicite la misma.

Organismo convocante

ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Ámbito

ANDALUCIA

Categoría

Educación

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación27 de noviembre de 2023
Fecha inicio de solicitudes6 de diciembre de 2023
Fecha fin de solicitudes5 de enero de 2024

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadEducación
Sector económico93 - Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento; 85 - Educación
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total475.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden de 29 enero 2014, por la que se establecen bases reguladoras de la Beca Adriano dirigida a facilitar la permanencia en el sistema educativo del alumnado que curse alguna de las enseÑanzas incluidas en su ámbito aplicac. y conv.2013-2014 curso e