AbiertaLocalServ. sociales

Aprobación de la subvención nominativa a favor de la entidad ASSOCIACIO EXIL

Plazo de solicitud No disponible
Estado Abierta
Código BDNS 731144

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CATALUÑA. Presupuesto: 4.500 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda ya está adjudicada, no es una convocatoria abierta, el dinero ya tiene un destinatario concreto y se publica solo por transparencia. Consiste en una subvención de 4 500 euros que el Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallès entrega sin exigir devolución. Está dirigida a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica y que se dedican a servicios sociales y promoción social. No hay plazo para solicitarla porque la concesión está cerrada.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Organismo convocante

SANT CUGAT DEL VALLÈS — AYUNTAMIENTO DE SANT CUGAT DEL VALLÈS

Ámbito

CATALUÑA

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación4 de diciembre de 2023
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económicoACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total4.500 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ordenanza general de subvenciones