FinalizadaAutonómicaEnergía

5 de diciembre de 2023, de la presidenta del IVACE, por la que se convocan ayudas en materia de movilidad sostenible con cargo al presupuesto del ejercicio 2023, con cofinanciación de la Unión Europea a través de FEDER

Denominación oficial: Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la presidenta del IVACE, por la que se convocan ayudas en materia de movilidad sostenible con cargo al presupuesto del ejercicio 2023, con cofinanciación de la Unión Europea a través de FEDER.

Plazo de solicitud 28 de febrero de 2024
Estado Finalizada
Código BDNS 731565

Resumen

Esta ayuda está destinada a empresas grandes, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: COMUNIDAD VALENCIANA. Presupuesto: 3,0 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index y en la página web del IVACE: http://www.ivace.es Primero. Entidades beneficiarias. Cualquier empresa o entidad, de naturaleza pública o privada, dependiendo de lo establecido en el anexo para cada actuación apoyable y siempre que cumpla los requisitos en éstas previstos. No podrán ser beneficiarias las empresas de servicios energéticos, entendida como empresa de servicios energéticos (ESE), toda aquella persona jurídica que proporcione servicios energéticos en las instalaciones o locales de un usuario y afronte cierto grado de riesgo económico al hacerlo. Segundo. Objeto. Ayudas en materia de movilidad sostenible, a través de actuaciones encaminadas a cumplir los compromisos internacionales en materia de ahorro, diversificación energética y respeto al medioambiente, con cargo al presupuesto del ejercicio 2023. Las actuaciones apoyables podrán ser las siguientes: - Proyectos de fomento de movilidad urbana sostenible - Promoción del transporte urbano en bicicleta - Proyectos de logística urbana sostenible - Sistemas inteligentes de transporte público urbano - Adquisición de vehículos de emisión cero - Inversiones en estaciones de recarga de hidrógeno Tercero. Bases reguladoras. Orden 9/2017, de 5 de mayo, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) en materia de ahorro y eficiencia energética, publicadas en el DOGV núm. 8035, de 9 de mayo de 2017; corregida por Corrección de errores publicada en el DOGV núm. 8.050, de 29 de mayo de 2017, y modificada por Orden 5/2019, de 26 de marzo, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se modifica parcialmente la Orden 9/2017, de 5 de mayo, publicada en el DOGV núm. 8517, de 29 de marzo de 2019. Cuarto. Cuantía. El importe total de la convocatoria será de 3.000.000 euros y cuenta con financiación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), a través del Programa de la Comunitat Valenciana FEDER 2021-2027, dentro del objetivo político 2 ¿Una Europa más verde, baja en carbono en transición hacia una economía con cero emisiones netas de carbono y resiliente¿, y en el marco del objetivo específico 2.8. ¿Fomento de la movilidad urbana multimodal sostenible, como parte de la transición hacia una economía con nivel cero de emisiones netas de carbono¿. Las ayudas tienen la consideración de subvención, siendo el porcentaje máximo de ayuda a aplicar sobre el coste subvencionable del proyecto el establecido en cada caso en el anexo de la convocatoria. Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y finalizará el 28 de febrero de 2024. Sexto. Otros datos. 1. Solicitudes: por vía telemática de acuerdo al modelo normalizado disponible en la página web http://www.ivace.es. 2. Documentación: la prevista en el artículo 7 de la convocatoria. 3. El proyecto objeto de subvención deberá encontrarse dentro del territorio de la Comunitat Valenciana. 4. Para que un proyecto pueda ser aprobado, tendrá que tener una puntuación mínima de 30 puntos. 5. Forma de justificación: en los términos previstos en el artículo 11 de la convocatoria. Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, de manera que los justificantes de gasto y pago deberán de ser de fecha posterior a la misma. 6. Plazo máximo de justificación: 30 de abril de 2025 salvo que por circunstancias concurrentes se determine un plazo distinto en la resolución de concesión de la ayuda.

Organismo convocante

COMUNITAT VALENCIANA — INSTITUTO VALENCIANO DE COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL (IVACE)

Ámbito

COMUNIDAD VALENCIANA

Categoría

Energía

Destinatarios

Empresas grandes, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación5 de diciembre de 2023
Fecha inicio de solicitudes20 de diciembre de 2023
Fecha fin de solicitudes28 de febrero de 2024

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadIndustria y Energía
Sector económicoOTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas grandes
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Ver todas las ayudas para autónomos →

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total3,0 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Cofinanciada por la UE

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden 9/2017, de 5 de mayo, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, de bases reguladoras para la concesión de ayudas del IVACE, en materia de ahorro y eficiencia energética

Bases reguladoras ↗

Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)

  • ART. 36 AYUDAS A LA INVERSIÓN PARA LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, INCLUIDA LA DESCARBONIZACIÓN.

Reglamento UE aplicable

REG (UE) 651/2014, DE 17 DE JUNIO, de exención de notificación