Decreto xx/2023, de 5 de diciembre, por el que se establecen las bases para la concesión directa de una subvención al Laboratorio Interprofesional Lácteo De Castilla-La Mancha (LILCAM), para realizar los análisis cualitativos de las muestras de leche delc
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto: 140.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Personas beneficiarias. Será beneficiario de esta subvención, en los términos establecidos en este Decreto, el Laboratorio Interprofesional Lácteo de Castilla-La Mancha (LILCAM), con NIF G45472719, que deberá cumplir los requisitos establecidos en el artículo 3. Segundo. Objeto El presente Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención al Laboratorio Interprofesional Lácteo de Castilla-La Mancha (LILCAM), para realizar los análisis cualitativos de las muestras de leche del control del rendimiento lechero en esta comunidad autónoma. Tercera. Bases reguladoras. Real Decreto 663/2023, de 18 de julio, por el que se regula el control del rendimiento lechero para la evaluación genética en las especies bovina, ovina y caprina, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones al control de rendimiento lechero y se modifican diversos reales decretos en materia agraria. Cuarto. Financiación. El importe total de la subvención podrá ascender a 140.000,00 euros y, tal como se establece en la letra a) del punto 5 del artículo 27 del Reglamento (UE) 2022/2472, de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, podrá cubrir hasta el 70% del gasto de las actuaciones realizadas, con el límite de 0,42 €/muestra. Se financiará con fondos propios, con cargo a las partidas presupuestarias 21.04.713B.48000 y 21.04.713B.78000 de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el ejercicio 2023, con la siguiente distribución por partidas y anu alidades de gasto: - Año 2023, partida 21.04.713B.48000 fondo propio 18.900,00 euros - Año 2023, partida 21.04.713B.78000 fondo propio 23.100,00 euros - Año 2024, partida 21.04.713B.48000 fondo propio 25.200,00 euros - Año 2024, partida 21.04.713B.78000 fondo propio 30.800,00 euros - Año 2025, partida 21.04.713B.48000 fondo propio 18.900,00 euros - Año 2025, partida 21.04.713B.78000 fondo propio 23.100,00 euros Quinto. Plazo presentación solicitudes. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el LILCAM acreditará el cumplimiento de todos los requisitos mediante las declaraciones responsables que figurarán incluidas en el Anexo I, en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación de este decreto, y que facultan al órgano competente a comprobar la veracidad del cumplimiento de todos los requisitos exigibles pudiendo recabar documentos y consultar datos, salvo que conste oposición expresa a que por la Administración se consulten los datos o no obren en su poder, en cuyo caso, se aportará la documentación que lo acredite. Sexto. Otros datos. La subvención prevista en este decreto constituye una ayuda compatible regulada en el artículo 27 del Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Toledo, 5 de diciembre de 2023 El Consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural JULIÁN MARTÍNEZ LIZÁN
Organismo convocante
CASTILLA-LA MANCHA — DIRECCIÓN GENERAL AGRICULTURA Y GANADERÍA
Ámbito
CASTILLA LA MANCHA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 11 de diciembre de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sector económico | AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 140.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Real Decreto 663/2023, de 18 de julio, por el que se regula el control del rendimiento lechero para la evaluación genética en las especies bovina, ovina y caprina, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones al control de rendimiento lechero y
Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)
- ART. 31 AYUDAS PARA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO EN EL SECTOR AGRÍCOLA
Reglamento UE aplicable
PRODUCCIÓN AGRÍCOLA PRIMARIA - REG (UE) 702/2014, DE 25 DE JUNIO, de exención de notificación