12/12/2023, por la que se aprueba la convocatoria pública subvenciones para acciones de formación profesional para
Denominación oficial: Resolución de 12/12/2023, por la que se aprueba la convocatoria pública subvenciones para acciones de formación profesional para
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto: 2,4 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios Podrán ser beneficiarias de las subvenciones objeto de la presente convocatoria las entidades de formación, públicas o privadas, que cumplan los requisitos de acreditación e inscripción en el Registro de entidades, en su caso, conforme a la normativa vigente de Formación Profesional en el ámbito laboral. Podrán tener la condición de beneficiarias de las subvenciones las agrupaciones contempladas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, con presencia en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.2 de la de la Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Asimismo, podrán ser beneficiarias de las subvenciones objeto de esta resolución, las empresas o entidades, de ámbito territorial co rrespondiente al que se dirija el programa, que comprometan para sí mismas la realización de contratos, en los términos previstos en la Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Las empresas que faciliten la realización de prácticas profesionales no laborales podrán ser beneficiarias de las compensaciones económicas en los términos previstos en los artículos 37 y 38 de la Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Segundo. Objeto Convocar la concesión de subvenciones para el ejercicio 2024, para la realización de acciones de formación profesional en el ámbito laboral para personas trabajadoras desempleadas (Modalidad II), con compromiso de contratación. Tercero. Bases reguladoras Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, en materia de programación, gestión y evaluación de la formación profesional para el empleo en el ámbito laboral en Castilla-La Mancha y por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas para su realización. [2020/9749]. (D.O.C.M. nº 235, de 20 de noviembre de 2020), modificada por Orden102/2021, de 23 de junio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo ( DOCM, nº 130, de 9 de julio de 2021); por la Orden 106/2022, de 27 de mayo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo (DOCM, nº 110, de 9 de junio de 2022) y por la Orden 79/2023, de 31 de marzo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo (DOCM, nº 76, de 20 de abril de 2023). Cuarto. Financiación y cuantía de las subvenciones. 2.413.000,00 euros: 2.166.000,00 euros para la anualidad 2024 y 247.000 ,00 euros para la anualidad 2025. La cuantía máxima de subvención a conceder por cada acción formativa se determinará mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnos/as y por el importe del módulo correspondiente. Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 1 de enero de 2024, y finalizará el 30 de noviembre de 2024. Las entidades que deseen acceder a las subvenciones que contempla esta convocatoria, podrán presentar la solicitud mediante el envío telemático de los datos, con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, los documentos originales serán digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. Sexto. Otros datos. Forma de pago: Las entidades beneficiarias, una vez dictada la resolución de concesión, podrán solicitar un pago con carácter previo al inicio de la actividad formativa por importe del 25 por ciento del importe concedido. Igualmente, podrán solicitar el pago de un 35 por ciento adicional, una vez acreditado el inicio de la actividad formativa. El 40 por ciento restante del importe concedido se hará efectivo, una vez finalizada y justificada la actividad formativa subvencionada. Justificación de la subvención: En el plazo de 2 meses tras la finalización de la formación (excluyendo las prácticas profesionales), el/la beneficiario/a deberá presentar la siguiente documentación justificativa de la subvención, conforme a las instrucciones e impresos normalizados que se establezcan por la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo: a) La cuenta justificativa con aportación de justificantes de gastos y sus correspondientes pagos. b) La acreditación de haber ingresado el importe correspondiente a la diferencia entre la cantidad justificada y la recibida en concepto de anticipo, en su caso.
Organismo convocante
CASTILLA-LA MANCHA — DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO
Ámbito
CASTILLA LA MANCHA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 13 de diciembre de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de enero de 2024 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de noviembre de 2024 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector económico | 93.1 - Actividades deportivas; 85.5 - Otra educación |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 2,4 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden 178/2020, de 19 de noviembre, en materia de programación, gestión y evaluación de la formac