29 de Noviembre de 2023 de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la producción de obras y la realización de giras en materia de artes escénicas, mod. danza
Denominación oficial: Resolución de 29 de Noviembre de 2023 de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la producción de obras y la realización de giras en materia de artes escénicas, mod. danza
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: CANTABRIA. Presupuesto: 40.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas o personas jurídicas privadas con forma societaria, que tengan su domicilio fiscal en Cantabria, que desarrollen su actividad en Cantabria, dedicadas profesionalmente al sector de la danza, que estén dadas de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.) en el epígrafe correspondiente a estas actividades. Segundo. Objeto: La presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria para la concesión subvenciones que tengan por objeto la producción de obras y la realización de giras en materia de artes escénicas en la modalidad de danza para la de actividades del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024: Ayudas a profesionales para producción obras de espectáculos de danza. Ayudas a profesionales para giras en materia de danza. Cada interesado podrá presentar una petición para cada línea de subvención. Tercero. Bases reguladoras: Orden UIC/6/2021, de 12 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la producción de obras y la realización de giras en materia de artes escénicas en la modalidad danza, publicada en el B.O.C. nº 58, de 25 de marzo de 2021. Cuarto. Cuantía: La cuantía máxima, asciende a 40.000,00 euros. La cuantía individual no superará el 90% del coste de la actividad subvencionada, ni la cantidad de 10.000 euros. La cuantía de la subvención individual, será proporcional a la puntuación obtenida, que se valorará según los criterios: a) Criterios de calidad e interés artístico y cultural del proyecto. Máximo 30 puntos. b) Criterios de accesibilidad e interés social del proyecto. Máximo 15. c) Criterios de Trayectoria. Máximo 20. d) Criterios de Fiabilidad. Máximo 20. e) Criterios económicos y de viabilidad. Máximo 15. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de Cantabria el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Sexto. Documentación: La solicitud de subvención, se formulará en el modelo oficial que figura como Anexo I de la Resolución de convocatoria, dirigida a la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, irá firmada por el interesado o su representante legal y se acompañará de la documentación señalada en el artículo 6 de la Resolución de Convocatoria.
Organismo convocante
CANTABRIA — CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE
Ámbito
CANTABRIA
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 22 de diciembre de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | 91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; 90 - Actividades de creación artística y artes escénicas |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 40.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Anexo II ↗
- Anexo I ↗
- Anexo IV ↗
- Anexo V ↗
- Documento de la convocatoria en español ↗
- Anexo III ↗
- Extracto de la Resolución de 29 de noviembre de 2023, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la producción de obras y la realización de giras en materia de artes escénicas en la modalidad de danza ↗
Bases reguladoras
Orden UIC/6/2021, de 12 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la producción de obras y la realización de giras en materia de artes escénicas, mod. danza
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 1407/2013 de minimis, General