Del Consejero de Medio Ambiente y Turismo por la que se convocan subvenciones con destino a entidades privadas turísticas sin ánimo de lucro para actuaciones de promoción turística.
Denominación oficial: ORDEN del Consejero de Medio Ambiente y Turismo por la que se convocan subvenciones con destino a entidades privadas turísticas sin ánimo de lucro para actuaciones de promoción turística.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ARAGON. Presupuesto: 1,7 M€. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero.- Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones aquellas entidades privadas sin ánimo de lucro de ámbito autonómico, provincial, comarcal o local, que se encuentren debidamente inscritas en el registro correspondiente y cuyo objeto social sea la promoción turística o desarrollen un proyecto turístico o gastronómico en Aragón Segundo.- Objeto. Esta orden tiene por objeto la convocatoria, para el año 2024, de las ayudas destinadas a financiar actuaciones en materia de turismo previstas en el apartado cuarto de la Orden de convocatoria, que sean realizadas por entidades privadas sin ánimo de lucro. Tercero.- Bases reguladoras y régimen de concesión. Orden ICD/746/2021, de 21 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo (“Boletín Oficial de Aragón” nº 139, de 01/07/2021). Cuarto.- Cuantía. 1. Las ayudas se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 19050 7511 480053 91002 de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2024, asignando a este fin un importe total de un millón seiscientos noventa y cuatro mil euros (1.694.000,00 euros). Las resoluciones de concesión de subvención otorgadas al amparo de esta convocatoria, quedarán condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del citado ejercicio. La subvención podrá alcanzar hasta un máximo del 100% de los gastos subvencionables descritos en el apartado séptimo de la orden de convocatoria, sin que la inversión mínima aceptada pueda ser inferior a cuatro mil euros (4.000,00 euros) ni superior a sesenta mil euros (60.000,00 euros). Quinto.- Plazo de presentación de las solicitudes. 1. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".
Organismo convocante
ARAGÓN — DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO Y HOSTELERÍA
Ámbito
ARAGON
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 8 de enero de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Comercio, Turismo y Pymes |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1,7 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ORDEN ICD/746/2021, de 21 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo