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Subvenciones para las entidades locales del Principado de Asturias en el año 2024. Línea 1 Adquisición de libros destinados a las bibliotecas municipales del Red de Bibliotecas Públicas del Principado de Asturias

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 739505

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Asturias. Presupuesto: 75.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS (Identif.): Primero.-Beneficiarios: Podrán solicitar estas subvenciones las entidades locales del Principado de Asturias titulares de bibliotecas municipales que forman parte de la Red de Bibliotecas Públicas del Principado de Asturias que cumplan los siguientes requisitos: 1) Tener una población inferior a los 75.000 habitantes. 2) Contar, al menos, con un centro bibliotecario de titularidad municipal que cumpla los requisitos que se indican a continuación: a. Encontrarse al corriente en relación con los datos estadísticos requeridos anualmente por la Sección de Coordinación Bibliotecaria, dependiente de la Consejería competente en materia de cultura. b. Todos los centros bibliotecarios para cuya dotación se solicite subvención deberán estar incluidos en el Directorio de Bibliotecas Públicas del Principado de Asturias en situación de activo, es decir, en funcionamiento al 1 de enero del año en el que se aprueben cada una de las convocatorias. Este extremo se apreciará de oficio por el órgano instructor. c. Tener una apertura semanal mínima de 5 horas. Este requisito se apreciará de oficio por el órgano instructor a través de los datos estadísticos suministrados por la Biblioteca o mediante la información que consta en el Directorio de Bibliotecas. d. Tener automatizado el préstamo cuando el porcentaje de la colección informatizada supere el 80%. e. El encargado de la biblioteca que tenga la cualificación técnica adecuada será el responsable de las tareas de selección, proceso de los fondos y puesta a disposición de los usuarios de los mismos. En el caso de no existir tal cualificación se requerirá la asistencia de los servicios de la Sección de Coordinación Bibliotecaria para la selección de los fondos y su incorporación al catálogo colectivo (CABIRIA). 3) Realizar, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de octubre del ejercicio en que se lleve a cabo la convocatoria anual, una inversión en la adquisición de fondos bibliográficos con destino a la biblioteca pública municipal, con cargo a los presupuestos del ayuntamiento. 4) Haber cumplido con las obligaciones derivadas de subvenciones concedidas anteriormente por la Administración del Principado de Asturias. Segundo.-Finalidad: Tiene por finalidad la adquisición de libros con destino a las bibliotecas municipales de la Red de Bibliotecas Públicas del Principado de Asturias. El número máximo de ejemplares que se podrán adquirir por título será de 1, salvo en los concejos que tengan más de una biblioteca en su localidad. No serán objeto de ayuda grandes obras de consulta (enciclopedias, repertorio de genealogía y heráldica, etc.) o publicaciones periódicas (revistas, periódicos, boletines…). Los libros que se adquieran deberán complementar adecuadamente la colección de la biblioteca o bibliotecas existentes en el municipio, buscando en todo caso el equilibrio temático y la más alta calidad posible en las adquisiciones. Dependiendo de la colección de las bibliotecas se recomienda, además, un porcentaje mínimo del 30% en la adquisición de libros infantiles y juveniles. Tercero.-Bases reguladoras: Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo a las entidades locales del Principado de Asturias (BOPA nº 105, 02/06/2023). Línea 1 Adquisición de libros destinados a las bibliotecas municipales de la Red de Bibliotecas Públicas del Principado de Asturias. Cuarto.-Importe: El importe total del crédito destinado a esta línea asciende a SETENTA Y CINCO MIL EUROS (75.000,00 €). Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes: Quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. Sexto.-Otros datos de interés. Las actuaciones subvencionables deberán llevarse a cabo entre el día 1 de enero de 2024 y el día 31 de octubre de 2024. La justificación de la realización del gasto subvencionado deberá realizarse antes del día 31 de enero de 2025. En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio: código AYUD0022T01, en la que se encontrará el texto integro de la Resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.

Organismo convocante

PRINCIPADO DE ASTURIAS — CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y TURISMO

Ámbito

Asturias

Categoría

Cultura

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación15 de enero de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector económico91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total75.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo a las entidades local

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