Convocatoria Bases Especificas para campaña promoción comercial y de fomento del Consumo Local Campaña Reyes y Rebajas 2024
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 25.000 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.
Descripción oficial de la convocatoria
Artículo 1. Objeto 1.-Es objeto de las presentes bases regular el procedimiento en régimen de concesión directa, por razones de interés social, de acuerdo con el artículo 22, punto 2 apartado c) de la Ley General de Subvenciones, de las ayudas económicas de pago único, a personas residentes en Picassent, que realicen sus compras entre el 1 de enero y el 15 de febrero de 2024 en los pequeños comercios de la localidad y que no figuren en la relación de IAE excluidos 2-Atendiendo a que se pretende que estas ayudas repercutan en el comercio local, las compras deben realizarse en pequeños establecimientos comerciales ubicados en el municipio de Picassent y en el Mercado Municipal. 3.- Las ayudas que se concedan tendrán carácter de subvención. Artículo 2. Dotación presupuestaria anual y criterio de reparto Las concesiones de las ayudas tendrán como límite global la cantidad de 25.000,00 euros prevista en la siguiente partida del Presupuesto prorrogado 2024. ORG PROG ECON NOMBRE PARTIDA IMPORTE 300 43901 4890001 AJUDES FOMENT COMERÇ LOCAL 25.000,00 € 2.1. Se hace constar expresamente que la concesión de estas ayudas se condiciona a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Presupuesto de 2024 en el momento de la resolución de concesión. 2.2 Se atenderán por orden riguroso de registro de fecha y hora aquellas solicitudes que cumplan con lo establecido en las presentes bases. En caso de no presentar la solicitud con la documentación completa, se considerará como fecha de Registro de Entrada la de la última presentación de documentación relativa a dicha solicitud. Artículo 3. Gastos subvencionables. 1.- Gastos corrientes de al menos 20 € (IVA incluido) 2.-. Gastos realizados en el plazo comprendido entre el 1 de enero y el 15 de febrero de 2024 ambos inclusive. 3.-. Gastos realizados en pequeños establecimientos comerciales ubicados en el casco urbano de Picassent, (incluyendo el Mercado Municipal). Quedan excluidas las grandes superficies de venta (supermercados o hipermercados) y aquellos que tengan una superficie de más de 300 m2 destinados a venta. 4.- Los gastos deberán realizarse en establecimientos que estén dados de alta con los siguientes epígrafes IAE: Agrupación 64: Grupo 641 Comercio al por menor de frutas, verduras, hortalizas y tubérculos Grupo 642 Comercio al por menor de carnes y despojos; de productos y derivados cárnicos elaborados; de huevos, aves, conejos de granja, caza y de productos derivados de los mismos Grupo 643 Comercio al por menor de pescados y otros productos de la pesca y de la acuicultura y de caracoles Grupo 644 Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares y de leche y productos lácteos Grupo 645 Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases Grupo 647 Comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas en general Agrupación 65 Grupo 651 Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero Grupo 652 Comercio al por menor de medicamentos y de productos farmacéuticos; comercio al por menor de artículos de droguería y limpieza; perfumería y cosméticos de todas clases y de productos químicos en general; comercio al por menor de hierbas y plantas en herboristerías. Grupo 653 Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción Grupo 656 Comercio al por menor de bienes usados tales como muebles, prendas y enseres ordinarios de uso doméstico Grupo 657 Comercio al por menor de instrumentos musicales en general, así como de sus accesorios Grupo 659 Otro comercio al por menor Quedan excluidos: Grupo 646 Comercio al por menor de labores de tabaco y de artículos de fumador Epígrafe 647.5 Suministro de productos alimenticios y bebidas, excluido el tabaco, a través de máquinas expendedoras. Epígrafe 652.1 Farmacias: Comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal Grupo 654 Comercio al por menor de vehículos terrestres, aeronaves y embarcaciones y de maquinaria, accesorios y piezas de recambio Grupo 655 Comercio al por menor de combustibles, carburantes y lubricantes 5.- En todo caso, los gastos subvencionados, deberán corresponder al ejercicio presupuestario de concesión de la subvención (2024). 6.- El IVA es gasto subvencionable, cuando el/la beneficiario/a de la subvención lo abona efectivamente y no es susceptible de recuperación o compensación. Artículo 4. Personas beneficiarias y requisitos. 1.- Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las personas mayores de edad que realicen sus compras en pequeños comercios de Picassent entre el 1 de enero de 2024 y el 15 de febrero de 2024 ambos inclusive. 2.- Para poder tener la condición de beneficiario/a de la subvención, deberán reunirse todos y cada uno de los siguientes requisitos: 2.1.-Ser español/a o extranjero/a con residencia legal y mayor de edad 2.2.-Estar empadronado/a en el Municipio de Picassent antes de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la provincia. La comprobación del cumplimiento de este requisito se efectuará de oficio por el Ayuntamiento. 2.3.-No estar incurso/a en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, requeridas para tener la condición de beneficiario/a de la subvención. 2.4.- Estar al corriente en el cumplimiento de les obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. 2.5.-Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento. 2.6.-No tener pendiente de justificar, fuera de plazo, ninguna subvención concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Picassent. 3.- Sólo se concederá una ayuda por unidad familiar. En el caso que hubiere alguna duplicidad de solicitudes, éstas se atenderán por orden de entrada, teniendo solo en cuenta la que se presente en primer lugar. Artículo 5. Cuantía individual de las ayudas. 1.- La cuantía individual máxima de la ayuda, de pago único, será de máximo 100 euros por compras iguales o…
Organismo convocante
PICASSENT — AYUNTAMIENTO DE PICASSENT
Ámbito
ESPAÑA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 30 de enero de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | 19 de febrero de 2024 |
| Fecha fin de solicitudes | 25 de febrero de 2024 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Comercio, Turismo y Pymes |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 25.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Convocatoria Bases Especificas para campaña promoción comercial y de fomento del Consumo Local Campaña Reyes y Rebajas 2024