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31 de enero de 2024, del Ayuntamiento de Aiguaviva, por la que se convocan ayudas económicas en el ámbito de la enseñanza, curso 2023-2024

Denominación oficial: Resolución de 31 de enero de 2024, del Ayuntamiento de Aiguaviva, por la que se convocan ayudas económicas en el ámbito de la enseñanza, curso 2023-2024

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 742163

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Girona. Presupuesto: 10.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero.- Beneficiarios Podrán obtener la condición de beneficiarias de las ayudas las personas que cumplan los siguientes requisitos y que, además, obtengan los puntos necesarios del baremo socioeconómico establecido en el artículo 7º: a) Estar empadronadas en Aiguaviva y con residencia efectiva, al menos desde seis meses antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes. b) Presentar la solicitud en el plazo y forma establecida. Segundo.- Finalidad El Ayuntamiento de Aiguaviva trabaja activamente para ofrecer a los habitantes del municipio facilidades por poder acceder a realizar estudios. Estas bases definen los procedimientos de solicitud, tramitación, concesión y cobro de las ayudas por la adquisición de libros de texto, material escolar, gastos de la matrícula individuales para el apoyo a los estudios superiores y ciclos formativos de grado superior para el curso 2023 -2024, mediante publicidad y concurrencia competitiva, de conformidad con la Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones de este Ayuntamiento. Serán motivo de ayuda los gastos ocasionados por la matrícula, adquisición de material didáctico necesario (libros, equipo de protección individual, materiales y herramientas, material informático...). Tercero.- Bases reguladoras Las bases reguladoras que regirán esta subvención y convocatoria son las aprobadas inicialmente por sesión plenaria de 26 de octubre de 2023, publicada en el BOPG núm. 215 de fecha 9 de noviembre de 2023 con núm. 9284. Cuarto.- Cuantía La aplicación presupuestaria en la que se imputa la subvención es la 326.48001 por una cuantía máxima de 10.000,00€. Quinto.- Plazo para la presentación de solicitudes El plazo para la presentación se inicia al día siguiente de la fecha de publicación del extracto del anuncio de la convocatoria y finaliza a los 30 días hábiles. Sexto.- Documentos que deben adjuntarse a la solicitud 1. Las solicitudes deben presentarse en el Ayuntamiento de Aiguaviva en el período que se indique en la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. 2. Las solicitudes deben formalizarse de conformidad con el modelo de solicitud establecida para esta convocatoria. 3. Las solicitudes deben estar firmadas por cualquiera de los representantes legales de la persona menor y deben presentarse acompañadas de la siguiente documentación: - Instancia firmada por la persona - Documento identificativo (DNI, NIE o pasaporte) de la persona que firma la solicitud y de los demás miembros de la unidad familiar empadronados en el mismo domicilio mayores de 18 años. - En el caso de separación o divorcio, resolución judicial que determine esta situación. - En el caso de separación de hecho, documentación acreditativa de esta situación (acta notarial, escrito de interposición de demanda correspondiente, etc.). - Último recibo satisfecho del alquiler o de la cuota hipotecaria (si procede). - Justificante de los ingresos de la unidad familiar (de todos los mayores de 18 años empadronados en el domicilio de los/as alumnos/as): Declaración de la renta del año en curso correspondiente al ejercicio anterior, borrador de la misma o certificado de ingresos expedido por la Agencia Tributaria. Si no se presenta la declaración de la renta o el borrador correspondiente, deberá presentarse: · Certificado del Departamento de Trabajo y Asuntos Sociales (SOC y ayudas a la infancia) de no cobrar ninguna prestación. · Certificado del INSS de no cobrar ninguna prestación. · Certificado de la Agencia Catalana de la Vivienda de no cobrar ninguna prestación. - Los justificantes que acrediten cualquiera de las situaciones sociales objeto de esta convocatoria. 4. Los documentos aportados deben ser originales o fotocopias compulsadas por los funcionarios del Ayuntamiento. 5. Si la ayuda se solicita para más de un miembro de la familia sólo será necesario tramitar una única solicitud haciendo constar todos los posibles beneficiarios de la ayuda.

Organismo convocante

AIGUAVIVA — AYUNTAMIENTO DE AIGUAVIVA

Ámbito

Girona

Categoría

Educación

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación1 de febrero de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadEducación
Sector económicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total10.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Bases reguladoras específicas para el otorgamiento de ayudas económicas en el ámbito de la enseñanza

Bases reguladoras ↗