De 7 de febrero de 2024, por la que se realiza la convocatoria, mediante tramitación anticipada, para la concesión en concurrencia competitiva de los Premios Andalucía de Arquitectura 2024.
Denominación oficial: Orden de 7 de febrero de 2024, por la que se realiza la convocatoria, mediante tramitación anticipada, para la concesión en concurrencia competitiva de los Premios Andalucía de Arquitectura 2024.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 30.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS (Identif.): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA: Primero. Convocatoria. Se convocan para el ejercicio 2024 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la concesión de los Premios Andalucía de Arquitectura. El importe total de los créditos destinados a la convocatoria para 2024 ascenderán a un total de 30.000 euros, que corresponden a las partida presupuestaria que se refleja a continuación. ANUALIDAD PARTIDA PRESUPUESTARIA CUANTÍA (euros) 2024 1700030000 G/43A/48100/00 01 30.000 TOTAL 30.000 Segundo. Beneficiarios. 1. Podrán optar a los premios todas las personas físicas y personas jurídicas públicas o privadas, pudiendo ser, en ambos casos, individualmente o en equipos de trabajo, propietarias de los trabajos, o bien debidamente autorizadas, que contribuyan a la consecución de los objetivos previstos en el artículo 1 de la Orden de 21 de mayo de 2021. 2. Asimismo, también podrán concurrir equipos de trabajo que agrupen a personas físicas conformados para la realización de los mismos. Tercero. Objeto. El objeto de los Premios Andalucía de Arquitectura que se convocan es significar y hacer pública y compartida la excelencia de las mejores obras, trabajos y acciones en el ámbito de la arquitectura, así como destacar el conjunto de la labor continuada que los profesionales, asociaciones o instituciones han puesto al servicio de la misma, siempre y cuando su adscripción al campo de la arquitectura sea inequívoca y su relación con Andalucía incuestionable, aunque no será exigencia la residencia del autor o la presencia de la mayor parte de la obra en el territorio de la Comunidad. Cuarto. Bases reguladoras. La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de los Premios Andalucía de Arquitectura, aprobadas mediante Orden de 21 de mayo de 2021 (BOJA núm. 100, de 27 de mayo de 2021) Quinto. Importe. La dotación económica de los premios asciende para la presente convocatoria a 30.000 euros a distribuir entre las cinco modalidades a razón de 10.000 euros para la modalidad Trayectoria Profesional Consolidada y 5.000 euros para cada una de las modalidades restantes. El régimen de control de los premios se realizará mediante fiscalización previa. Sexto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de los trabajos o candidaturas será desde las 00:00 horas del 1 de marzo de 2024 hasta las 23:59 horas del 1 de abril de 2024. Séptimo. Otros Datos. Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la Convocatoria.
Organismo convocante
ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE FOMENTO ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA
Ámbito
ANDALUCIA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 8 de febrero de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de marzo de 2024 |
| Fecha fin de solicitudes | 1 de abril de 2024 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Acceso a la vivienda y fomento de la edificación |
| Sector económico | ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; F - CONSTRUCCIÓN |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 30.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden de 21 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Andalucía de Arquitectura.