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De 7 de febrero de 2024, por la que se realiza la convocatoria, mediante tramitación anticipada, para la concesión en concurrencia competitiva de los Premios Andalucía de Arquitectura 2024.

Denominación oficial: Orden de 7 de febrero de 2024, por la que se realiza la convocatoria, mediante tramitación anticipada, para la concesión en concurrencia competitiva de los Premios Andalucía de Arquitectura 2024.

Plazo de solicitud 1 de abril de 2024
Estado Finalizada
Código BDNS 743263

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 30.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS (Identif.): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA: Primero. Convocatoria. Se convocan para el ejercicio 2024 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la concesión de los Premios Andalucía de Arquitectura. El importe total de los créditos destinados a la convocatoria para 2024 ascenderán a un total de 30.000 euros, que corresponden a las partida presupuestaria que se refleja a continuación. ANUALIDAD PARTIDA PRESUPUESTARIA CUANTÍA (euros) 2024 1700030000 G/43A/48100/00 01 30.000 TOTAL 30.000 Segundo. Beneficiarios. 1. Podrán optar a los premios todas las personas físicas y personas jurídicas públicas o privadas, pudiendo ser, en ambos casos, individualmente o en equipos de trabajo, propietarias de los trabajos, o bien debidamente autorizadas, que contribuyan a la consecución de los objetivos previstos en el artículo 1 de la Orden de 21 de mayo de 2021. 2. Asimismo, también podrán concurrir equipos de trabajo que agrupen a personas físicas conformados para la realización de los mismos. Tercero. Objeto. El objeto de los Premios Andalucía de Arquitectura que se convocan es significar y hacer pública y compartida la excelencia de las mejores obras, trabajos y acciones en el ámbito de la arquitectura, así como destacar el conjunto de la labor continuada que los profesionales, asociaciones o instituciones han puesto al servicio de la misma, siempre y cuando su adscripción al campo de la arquitectura sea inequívoca y su relación con Andalucía incuestionable, aunque no será exigencia la residencia del autor o la presencia de la mayor parte de la obra en el territorio de la Comunidad. Cuarto. Bases reguladoras. La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de los Premios Andalucía de Arquitectura, aprobadas mediante Orden de 21 de mayo de 2021 (BOJA núm. 100, de 27 de mayo de 2021) Quinto. Importe. La dotación económica de los premios asciende para la presente convocatoria a 30.000 euros a distribuir entre las cinco modalidades a razón de 10.000 euros para la modalidad Trayectoria Profesional Consolidada y 5.000 euros para cada una de las modalidades restantes. El régimen de control de los premios se realizará mediante fiscalización previa. Sexto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de los trabajos o candidaturas será desde las 00:00 horas del 1 de marzo de 2024 hasta las 23:59 horas del 1 de abril de 2024. Séptimo. Otros Datos. Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la Convocatoria.

Organismo convocante

ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE FOMENTO ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA

Ámbito

ANDALUCIA

Categoría

Vivienda

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación8 de febrero de 2024
Fecha inicio de solicitudes1 de marzo de 2024
Fecha fin de solicitudes1 de abril de 2024

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAcceso a la vivienda y fomento de la edificación
Sector económicoACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; F - CONSTRUCCIÓN
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total30.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden de 21 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Andalucía de Arquitectura.

Bases reguladoras ↗