PRIMERA CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO DE ELGOIBAR DE SUBVENCIONES PARA REALIZAR LAS CAMPAÑAS DE BONOS DE COMPRA BIZI-BIZIXA EN EL AÑO 2024.
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30.000 euros
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Resumen
Esta ayuda esta destinada a pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: Gipuzkoa. Presupuesto total: 30.000 euros. Concesion directa: concedida sin concurso publico.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero.- Objeto de la subvención Las maneras de consumir y comprar en las tiendas locales han experimentado cambios significativos en los últimos años, especialmente con el crecimiento del comercio electrónico y las grandes cadenas de marcas. Esta línea subvencional es otra pata más del proyecto de reactivación económica del Ayuntamiento de Elgoibar para impulsar la compra en el municipio y apoyar a las tiendas locales. El Ayuntamiento con estos bonos, también quiere impulsar a la ciudadanía a comprar en el municipio. Con ello se genera una relación más cercana entre negocio y clientela, lo que crea un ambiente de confianza y satisfacción. Esto puede llevar a una mayor fidelidad por parte de las personas consumidoras y a un boca a boca positivo que beneficia a los negocios Elgoibar. Para finalizar, esta campaña, también quiere revitalizar el ambiente de las calles de Elgoibar y mediante estos bonos denominados Elgoibar Bizi-Bizixa se quiere generar un movimiento de activación en la ciudadanía. Segundo: Créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención. Se destinarán a la concesión de estas subvenciones las siguientes cantidades del presupuesto de la Corporación: PARTIDA: “MERKATARITZAKO DIRULAGUNTZAK”. 1 0104.471.431.00.01 2024 IMPORTE: 30.000 €. Tercero: Actividades económicas que se adhieren a la campaña de bonos. 1.- Entidades adheridas. -Podrán acceder a estas subvenciones, las personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 de la LGS. -Podrán acceder a las ayudas contempladas en estas bases las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, las comunidades de bienes, sociedades civiles y, las micro y pequeñas empresas que se indican en la tabla de CNAEs incluida en esta convocatoria y, cuyo establecimiento se encuentre en la localidad de Elgoibar. -En caso de las comunidades de bienes o sociedades civiles todas y cada una de las personas físicas o jurídicas privadas que participan en ellas tendrán la consideración de personas beneficiarias, debiendo cumplir todas ellas los requisitos y condiciones establecidas en la presente Orden. En cualquier caso, deberá nombrarse una persona representante de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la agrupación. -Los CNAEs incluidos en esta convocatoria. -A pesar de poder entrar en estos CNAE o epigrafes de IAE, farmacias, estancos, establecimientos de apuestas, gasolineras, comercios de alimentación, comercios en grandes superficies o grandes superficies no están incluidos en esta convocatoria. Tampoco están incluidas las empresas de más de 15 trabajadores. -Estas entidades adheridas tienen la consideración de entidades colaboradoras de conformidad con lo establecido en la Ordenanza general de subvenciones del ayuntamiento de Elgoibar y sus organismos autónomos, siéndoles de aplicación el régimen jurídico previsto en dicha norma y la normativa general de subvenciones para las entidades colaboradoras en la gestión de subvenciones. 2.- Plazo y lugar en que deben presentarse las solicitudes. -El plazo de presentación de las solicitudes de adhesión por parte de las actividades económicas, junto con la documentación aneja, será de 10 días hábiles a partir de las siete horas del día siguiente al de la publicación de las presente bases en el Boletín Oficial de Gipuzkoa. -Las solicitudes junto con el resto de documentación que deba acompañarlas, deberán realizarse electrónicamente a través de la página web municipal, www.elgoibar.eus accediendo al portal de subvenciones y utilizando el fmulario específico disponible a estos efectos. Para realizar el trámite electrónicamente es necesario disponer de un certificado digital (B@K-Q, DNI electrónico, tarjeta de IZENPE, etc.). -La información del procedimiento de adhesión y los impresos normalizados de solicitud estarán disponibles en la sede electrónica https://elgoibar.eus. -Junto con los impresos normalizados de solicitud, las personas o entidades solicitantes deberán aportar los documentos que se detallan en la convocatoria. -Se presentará una única solicitud por cada establecimiento comercial. 3.- Resolución: -La Alcaldía acordará la concesión de entidad adherida mediante resolución de Alcaldía. -El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 10 días. -Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior sin haber notificado o publicado la resolución, las entidades interesadas podrán entender desestimada su solicitud por silencio administrativo. 4.- Utilización de los bonos Elgoibar Bizi-Bizixa. Los 4.000 bonos que corresponden a esta segunda convocatoria serán repartidos de manera equitativa entre todos los establecimientos adheridos a esta convocatoria agotando la existencia de estos bonos en el primer reparto. Los bonos se repartirán equitativamente en cada una de las tiendas participantes, el 50% de estos bonos serán de un color y el otro 50% de otro color. Estos bonos se distinguirán mediante una franja horaria de venta, de mañana o de tarde, que vendrá especificada en los propios bonos. A partir del quinto día del inicio de la campaña, ese quinto día incluido, los establecimientos que aún dispongan de bonos, hasta el 30 de abril de 2024, podrán canjearlos indistintamente de la franja horaria marcada en el bono. Los bonos se podrán canjear en las tiendas adheridas hasta el 30 de abril de 2024, siempre y cuando la tienda disponga de bonos hasta dicha fecha. 5.- Justificación de los bonos Elgoibar Bizi-Bizixa. a) Previamente al abono de los bonos Elgoibar Bizi-Bizixa, deberá presentarse la siguiente documentación: *Una solicitud de justificación de bonos. *Bonos canjeados con ticket de compra o factura grapada. b) El plazo para presentar la documentación referida en el apartado “a” finalizará el 7 de mayo del 2024. Cuarto: Bases reguladoras para la concesión a las…
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 27 de febrero de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Informacion economica
| Presupuesto total | 30.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concesion directa: concedida sin concurso publico |
| Finalidad | Comercio, Turismo y Pymes |
| Sector economico | J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; OTROS SERVICIOS |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ELGOIBAR Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-20T18:27:50.004199 |