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Ayudas para favorecer la innovación mediante el desarrollo del diseño industrial y su gestión, en el marco del programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP)

Denominación oficial: Ayudas para favorecer la innovación mediante el desarrollo del diseño industrial y su gestión, en el marco del programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP).

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 746112

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ARAGON. Presupuesto: 250.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. - Beneficiarios:1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas las Pequeñas y Medianas Empresas(PYME) o autónomos que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la ComunidadAutónoma de Aragón, y cumplan lo dispuesto en el artículo 4, puntos 3, 4 y 5 de la OrdenEIE/1220/2016, de 8 de septiembre (“Boletín Oficial de Aragón”, número 189, de 29 de septiembrede 2016).2. Las empresas beneficiarias deberán estar radicadas y desarrollar su actividad en laComunidad Autónoma de Aragón, estar válidamente constituidas como máximo antes de lafinalización del mes natural inmediatamente posterior al cierre del plazo de presentación desolicitudes correspondiente, así como estar vinculadas a la actividad industrial en el sentido quedetermina el texto refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial en Aragón,aprobado por Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón. Tambiénaquellas que realicen otras actividades conexas o complementarias que puedan contribuir aldesarrollo industrial de la Comunidad Autónoma, y otras actividades económicas cuando éstasresulten innovadoras o con potenciales diferenciados de valor añadido, económico o social.Segundo. - Finalidad:Posibilitar la introducción de la metodología y la actividad de diseño industrial en lasempresas, favoreciendo la innovación de las mismas mediante el desarrollo del diseño industrial ysu gestión.1. Se considerará actuación subvencionable la realización a las empresasbeneficiarias de trabajos específicos en materia de gestión de diseño, como método dirigido aldesarrollo del diseño industrial para la innovación, por parte de colaboradores externoshomologados según Orden ICD/1011/2021, de 9 de agosto. La subvención es para el coste porlos honorarios de estos colaboradores externos.Las empresas beneficiarias se clasifican en empresas consolidadas (más de cinco años deantigüedad), empresas en consolidación (antigüedad inferior o igual a cinco años), y empresas desectores maduros (textil, confección, calzado, mobiliario, menaje, iluminación y juguete) pudiendoacceder en función de su clasificación a diferentes porcentajes de ayudas, que oscilan entre el 60y el 80% con topes máximos sobre la inversión a realizar en los trabajos.2. Los trabajos a desarrollar en las empresas beneficiarias deberán realizarse conarreglo a las instrucciones que figuran en el anexo I de la propia Orden, a la metodología y lasherramientas desarrollados por el CADI, Centro aragonés de diseño industrial y a lo establecidoen la Orden de convocatoria. En el desarrollo de los trabajos se utilizarán los manuales, guías ylistas de chequeo publicados por el CADI que figuran en su página web: https://www.aragon.es/-/publicaciones-13-1. Con carácter general los proyectos de gestión de diseño suponen la realización conjuntade trabajos de análisis de la empresa en una primera fase (Fase I), y en una segunda (Fase II), dedesarrollo de un proceso de diseño. Pero existe también la posibilidad de realizar proyectos degestión del diseño que solo comprendan la realización de trabajos de la Fase II, de desarrollo deun proceso de diseño.Cuando los trabajos comprendan las dos Fases, I y II, en la Orden se incentiva que elproyecto se oriente a la transformación digital o a la economía circular.3. Los trabajos a desarrollar dentro del sistema de ayudas podrán situarse solamenteen uno de los siguientes ámbitos o modalidades: a) Producto, b) Identidad, y c) Servicios.Solamente en el caso del ámbito del Producto y para las empresas de sectores maduros,los trabajos anteriores pueden ir acompañados de la realización de herramientas impresas odigitales de comunicación (excluidas las páginas Web) basadas en el diseño externo comorequisito imprescindible. Se obtendrá para ello un incremento en la subvención recibida paraatender los costes de diseño externo, fotografía, maquetación y programación (en el caso de lasdigitales).Tercero. - Bases Reguladoras:1. Orden EIE/1220/2016, de 8 de septiembre, por la que se establecen las basesreguladoras para la concesión de ayudas del Programa de Ayudas a la Industria y la PYME enAragón (PAIP), modificada por Orden ICD/419/2022, de 4 de abril.2. Estas ayudas consisten en subvenciones a fondo perdido a conceder en régimende concurrencia competitiva y tienen la consideración de ayudas «de minimis», por lo que estánsujetas a los límites establecidos en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 dediciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado deFuncionamiento de la Unión Europea a las ayudas «de minimis» («DOUE» núm. 2831, de 15 dediciembre de 2023, páginas 1 a 12), en cuyo artículo 3 se indica que el importe total de las ayudas«de minimis» concedidas por un Estado miembro a una única empresa no excederá de 300.000 €durante cualquier período de tres años. El período de tres años que debe tenerse en cuenta aefectos del presente Reglamento debe evaluarse de forma continua. Por lo tanto, en el momentode la concesión de una ayuda «de minimis» debe tenerse en cuenta el importe total de las ayudas«de minimis» concedidas en los tres años previos.3. Dado el carácter cofinanciado de estas ayudas por parte del Fondo Europeo deDesarrollo Regional (FEDER) y de acuerdo con el artículo 63.6 del Reglamento (UE) 2021/1060del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, los proyectos no se seleccionaránpara recibir ayuda si han concluido materialmente o se han ejecutado íntegramente antes de quese presente la solicitud, con independencia de que se hayan efectuado todos los pagosrelacionados.4. En cuanto a las definiciones de tamaño de empresa o contenido de las categoríasde ayuda se refiere, esta convocatoria toma como referencia el Reglamento (UE) 651/2014 de laComisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudascompatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (“DiarioOficial de la Unión Europea”, L…

Organismo convocante

ARAGÓN — DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL E INNOVACIÓN

Ámbito

ARAGON

Categoría

Energía

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación27 de febrero de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadIndustria y Energía
Sector económicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA; INDUSTRIA MANUFACTURERA
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total250.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Cofinanciada por la UE

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden EIE/1220/2016, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas del programa de ayudas a la industria y la PYME en Aragón.

Reglamento UE aplicable

REG (UE) 2023/2831 de minimis, General