Convocan subvenciones a Entidades Sociales sin ánimo de lucro para la financiación de actuaciones a favor de la integración de las personas de origen extranjero residentes en Aragón para los años 2024 y 2025
Denominación oficial: ORDEN por la que se convocan subvenciones a Entidades Sociales sin ánimo de lucro para la financiación de actuaciones a favor de la integración de las personas de origen extranjero residentes en Aragón para los años 2024 y 2025.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ARAGON. Presupuesto: 1,2 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. - Beneficiarios. 1. Existirán dos líneas de financiación: a) Línea Entidades Sociales. b) Línea Agentes Sociales y Económicos más representativos en la Comunidad Autónoma de Aragón. 2. En la Línea Entidades Sociales podrán ser beneficiarias de las subvenciones de esta convocatoria las asociaciones o fundaciones que cumplan los siguientes requisitos: a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en registro administrativo correspondientes, al menos con un año de antelación a la convocatoria de las subvenciones. b) Carecer de ánimo de lucro, independientemente de su forma jurídica de asociación, fundación, cooperativa de iniciativa social u otra de carácter no lucrativo, y promover la consecución de un fin público o interés social, entre los que se encuentren actuaciones propias de esta convocatoria. c) Desarrollar su actividad y disponer de sede en cualquiera de los municipios del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón. 3. En la Línea Agentes Sociales y Económicos podrán ser beneficiarias las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en el ámbito autonómico de Aragón, según lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, tal y como determina el artículo 3 de criterios de representatividad en el ámbito de la participación institucional de la Ley 1/2018, de 8 de febrero, de diálogo social y participación institucional en Aragón, que acrediten disponer de sede en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón. 4. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las agrupaciones de organizaciones, sin personalidad jurídica. Los entes agrupados deberán cumplir los requisitos exigidos a las entidades beneficiarias. Segundo. - Objeto. Es objeto de la presente Orden aprobar la convocatoria, correspondiente a los años 2024 y 2025, de las subvenciones para la financiación de proyectos para la integración de personas de origen extranjero residentes en Aragón. La convocatoria fomentará la realización de actuaciones dirigidas a dar respuesta a las necesidades específicas de estas personas para avanzar hacia la igualdad de oportunidades. Tercero. - Bases Reguladoras. Orden CDS/467/2019, de 30 de abril de 2019, de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de integración de personas de origen extranjero (Boletín Oficial de Aragón núm. 91 de 14 de mayo de 2019), modificadas por Orden BSF/1797/2023, de 29 de noviembre (Boletín Oficial de Aragón núm. 237 de 12 de diciembre de 2023) Cuarto. - Cuantía y financiación. La cuantía disponible para la financiación de las subvenciones previstas en esta convocatoria para Entidades sociales sin ánimo de lucro asciende a un importe máximo de 1.220.000 €, con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria del presupuesto de gastos de la Dirección General de Cooperación al Desarrollo e Inmigración correspondiente al ejercicio presupuestario. Partida presupuestaria Año 2024 20050 G/3241/480023/91002 Importe: 610.000 € Año 2025 20050 G/3241/480023/91002 Importe: 610.000 € De acuerdo con las líneas de subvención establecidas en el artículo 4 de esta Orden, la partida presupuestaria del subconcepto 480023 y, con un importe máximo que se desglosará de la siguiente forma: Línea Agentes Sociales y Económicos más representativos en la Comunidad Autónoma de Aragón, por un importe máximo de 260.000 €, entendiéndose que, en el caso de solicitar u obtener una cuantía inferior a 260.000 € se acumulará el importe sobrante a la siguiente Línea de Entidades Sociales. En esta línea se aplicará la misma fórmula, pero sin el coeficiente multiplicador para que pueda producirse el reparto del sobrante a la siguiente línea. Partida presupuestaria: Año 2024 20050 G/3241/480023/91002 Importe: 130.000 € Año 2025 20050 G/3241/480023/91002 Importe: 130.000 € Línea de Entidades Sociales, por un importe máximo de 960.000 € Partida presupuestaria: Año 2024 20050 G/3241/480023/91002 Importe: 480.000 € Año 2025 20050 G/3241/480023/91002 Importe: 480.000 € Quinto. - Plazo de presentación de solicitudes. 1. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Aragón. Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Inclusión Social y Voluntariado presentándose electrónicamente a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón conforme al modelo específico disponible en https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/subvenciones-financiacion-actuaciones-favor-integracion-social-personas-origen-extranjero-residentes-aragon/entidades-sociales-convocatoria-2024-2025 o incluyendo en el buscador de trámites https://www.aragon.es/tramites el procedimiento número 10088 “Subvenciones para actuaciones a favor de la integración social de las personas de origen extranjero residentes en Aragón – Entidades Sociales -Convocatoria 2024-2025”. El uso de dicho modelo de solicitud será obligatorio conforme a lo establecido en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones 2. Sólo podrán solicitar dos proyectos los agentes sociales y económicos más representativos de la Comunidad Autónoma de Aragón. 3. Como parte integrante de la solicitud, la entidad solicitante interesada realizará declaración responsable a través de las pantallas que se habiliten para ello en la citada herramienta electrónica, en la constarán los extremos relacionados en el artículo 10 de la convocatoria, con respecto a la entidad solicitante: 4. Junto con la solicitud de la subvención correspondiente se presentará, en todo caso, la siguiente documentación: a) Anexo I “Ficha económica de gastos del proyecto” b) Documentación acreditativa de los datos necesarios para el cálculo del coste hora (certificado de costes de cada trabajador por auditoría externa, contabilidad del año…
Organismo convocante
ARAGÓN — DIRECCIÓN GENERAL DE INCLUSIÓN SOCIAL Y VOLUNTARIADO
Ámbito
ARAGON
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 29 de febrero de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1,2 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Bases reguladoras
ORDEN CDS/467/2019, de 30 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de integración de personas de origen extranjero.