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APROBACION DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES 2024 PARA CLUBES O ENTIDADES DEPORTIVAS. RESOLUCION Nº 74 DE LA VICEPRESIDENCIA DEL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES DE FUENLABRADA, DE FECHA 1 DE MARZO DE 2024

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 746798

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto: 340.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los art. 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) PRIMERO: BENEFICIARIOS Tendrán la consideración de beneficiarios los clubes o entidades deportivas con personalidad jurídica y legalmente constituidas que desarrollen la actividad objeto de subvención dentro de algunas de las áreas de actuación referenciadas, siendo requisitos necesarios: ¿ Que los clubes o entidades deportivas tengan personalidad jurídica y estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro de entidades de la Comunidad de Madrid. ¿ Que los clubes o entidades deportivas se encuentren inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Fuenlabrada con una antigüedad mínima de 18 meses, a fecha de publicación de la presente convocatoria y que dicha inscripción permanezca debidamente actualizada. ¿ Tener su domicilio social en el término municipal de Fuenlabrada, no pudiendo ninguna entidad, asociación o club deportivo tener su domicilio social en instalaciones deportivas municipales. ¿ Que los clubes o entidades deportivas realicen la actividad deportiva en Fuenlabrada ya sea entrenamientos, competiciones federadas, competiciones no federadas, tanto en deporte de equipo como individual, excepto en los casos de aquellos deportes que por su tipología no se puedan desarrollar en Fuenlabrada. ¿ No haber sido expulsado en las dos últimas temporadas tanto en competición federada como competición municipal. No resultarán beneficiarios de las ayudas o subvenciones aquellas asociaciones o entidades que se encuentren incursas en un procedimiento de reintegro o que tengan pendiente de aprobación la justificación de una subvención previamente otorgada por este Ayuntamiento para el mismo objeto y/o que tengan sin presentar la justificación de cualquier otra subvención recibida del Ayuntamiento habiendo transcurrido el plazo para ello. SEGUNDO. Objeto. Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva. Se establece en el art. 1 y 2 de la Convocatoria el objeto, la finalidad y el plazo (clubes y entidades que desarrollen proyectos y/o actividades deportivas en el ámbito territorial de Fuenlabrada) dentro de una de las áreas de actuación (competiciones de deporte individual, deporte de equipo, élite) dentro de cualquiera de los periodos siguientes: temporada 2023/2024 (desde 1 de septiembre de 2023 a 31 de agosto de 2024) o anual (del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024). TERCERO. Bases Reguladoras. La Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOCM de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal. CUARTO. IMPORTE: El crédito aprobado asciende a 340.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 4069/341/48002. QUINTO. Plazo presentación solicitudes Se establece como plazo de 15 días hábiles desde el siguiente a la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Dicha solicitud y documentos podrán presentarse tanto en el Registro del Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada, Registro General de Entradas del Ayuntamiento de Fuenlabrada o en cualquiera de sus Registros Auxiliares como en los registros y oficinas relacionados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. SEXTO: PAGO. Se establecerá un solo pago previo a la justificación. SÉPTIMO: JUSTIFICACIÓN. Para la justificación, se establece como fecha máxima de presentación, el 31 de enero de 2025 (en el caso de subvencionar el ejercicio 2024) y el 15 de octubre de 2024 en el caso de subvencionar la temporada 2023/2024, mediante la documentación requerida en la Convocatoria (Art. 13).

Organismo convocante

FUENLABRADA — O.A PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES

Ámbito

COMUNIDAD DE MADRID

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación1 de marzo de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económico93.1 - Actividades deportivas; 93.2 - Otras actividades recreativas y de entretenimiento
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total340.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDENANZA REGULADORA DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA.

Bases reguladoras ↗