AYUDAS PARA LA NATALIDAD EN EL AYUNTAMIENTO DE BOQUEIXÓN 2024
Denominación oficial: CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA NATALIDAD EN EL AYUNTAMIENTO DE BOQUEIXÓN 2024.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: A Coruña. Presupuesto: 7.082 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
Descripción oficial de la convocatoria
Extracto de las bases de la convocatoria aprobada en Junta de Gobierno celebrada el día 8 de marzo de 2024 por la que se convocan subvenciones destinadas al fomento de la natalidad en el Ayuntamiento de Boqueixón en el 2024. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3. b y 20.8.la de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la página web municipal (https://www.boqueixon.gal) y en la Sede Electrónica de este ayuntamiento (https://sede. boqueixon.es). Objeto y finalidad de las ayudas. El objeto de estas bases es regular la convocatoria pública por parte del Ayuntamiento de Boqueixón para la tramitación y concesión de subvenciones destinadas al fomento de la natalidad en el ayuntamiento en el año 2024. Asimismo la finalidad es la concesión de ayudas a familias para sufragar parcialmente los costes derivados del nacimiento y/o acogimiento o adopción de niños/as empadronados en el Ayuntamiento de Boqueixon. Esta ayuda económica también tiene por objeto apoyar al comercio local, por lo que el gasto de las familias, lo tiene que efectuar en las empresas radicadas en el municipio de Boqueixón. 2. Natureza jurídica. Esta ayuda tiene carácter de subvención y se regirá por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones y normativa que la desarrolla, y la Ley 9/2007, de Subvenciones de Galicia. 3. Beneficiarios/as. Estas ayudas podrán ser solicitadas por los/as padres/madres o tutores/as de las/os niñas/os nacidos/as entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 y empadronados en el ayuntamiento de Boqueixón. El artículo 5 de las bases reguladoras recogen los requisitos y obligaciones de las personas beneficiarias. 4. Gastos subvencionables. Importe y financiamiento. Son gastos subvencionables los relacionados en el artículo 5, punto 1). Importe máximo de la convocatoria: 8.000 euros. Las subvenciones concedidas se financiarán con recursos propios municipales con cargo a la aplicación presupuestaria 231.480.03 del presupuesto municipal. Período subvencionable: del 1 de enero al 31 de diciembre del 2024. 5. Plazo y forma de presentación de las solicitudes. El plazo y forma de presentación de solicitudes está recogido en el artículo 7 de las bases de la convocatoria. Las solicitudes podrán presentarse por vía electrónica en los modelos normalizados o presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento de Boqueixón, o calquiera de los otros medios a los que se refire el artículo 16 de la Ley 39/2015 del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administracións Públicas. 6. Procedimiento de concesión. El procedimiento de concesión de la ayuda es el de concurrencia no competitiva, por no ser necesario realizar la comparación y prelación de las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, del 13 de junio. 7. Plazo de justificación. Los plazos de justificación aparecen recogidos en el artículo 5 de las bases reguladoras de estas ayudas.
Organismo convocante
BOQUEIXÓN — AYUNTAMIENTO DE BOQUEIXÓN
Ámbito
A Coruña
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 11 de marzo de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 7.082 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA NATALIDAD EN EL AYUNTAMIENTO DE BOQUEIXÓN 2024.