La directora general de Cultura y Patrimonio por la que se convocan subvenciones para titulares de galerías de arte de la Comunidad Valenciana
Denominación oficial: Resolución de la directora general de Cultura y Patrimonio por la que se convocan subvenciones para titulares de galerías de arte de la Comunidad Valenciana.
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: COMUNIDAD VALENCIANA. Presupuesto: 287.500 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index Primero. Adjudicatarias. Podrán ser adjudicatarias, las galerías de arte que desarrollen sus actividades en el ámbito competencial de la Comunitat Valenciana. A efectos de estas subvenciones, se entiende como galerías de arte, las personas físicas o jurídicas que tengan como actividad principal la exposición abierta al público de obras de arte con finalidad comercial. Segundo. Objeto. Colaborar con el funcionamiento y promoción de las actividades de las galerías de arte de la Comunidad Valenciana y de su participación en ferias de arte nacionales e internacionales. Las actividades se habrán desarrollado o desarrollarán, entre el día 1 de noviembre de 2023 y el 31 de octubre de 2024, ambos inclusive. Tercero. Bases reguladoras. Orden 54/2016, de 19 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la internacionalización de empresas y entidades culturales (DOCV 7878, de 21/09/16). Cuarto. Cuantía. El importe máximo global de las subvenciones a conceder en esta convocatoria será de 285.000,00 €. El importe máximo por adjudicatario será de 50.000,00 €. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Sexto. Otros datos. Las subvenciones están acogidas al régimen de minimis. La presentación de las solicitudes podrá ser presencial o telemática. Para poder efectuar el pago, los adjudicatarios deberán presentar, con anterioridad al 15 de noviembre de 2024, una cuenta justificativa, de los gastos ocasionados por la actividad o actividades para las que se solicita la subvención.
Organismo convocante
COMUNITAT VALENCIANA — SECRETARÍA AUTONÓMICA DE CULTURA Y DEPORTE
Ámbito
COMUNIDAD VALENCIANA
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 14 de marzo de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | 13 de abril de 2024 |
| Fecha fin de solicitudes | 13 de mayo de 2024 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | 91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 287.500 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ORDEN 54/2016, de 19 de septiembre, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, para la internacionalización de empresasy entidades culturales
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 1407/2013 de minimis, General