Subvenciones destinadas a entidades locales para yacimientos arqueológicos visitables 2024
Denominación oficial: Convocatoria de subvenciones destinadas a entidades locales para yacimientos arqueológicos visitables 2024
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Valencia / València. Presupuesto: 140.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans: Primero. Beneficiarios Podrán acogerse a esta convocatoria de subvenciones los ayuntamientos de la provincia de Valencia que disponen de yacimientos arqueológicos visitables de época prehistórica e ibérica situados en su municipio. Segundo. Objeto De acuerdo con lo previsto en los artículos 1.2.1 (realización de actividades culturales) y 1.2.3 (actividades museográficas y de difusión del patrimonio) de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valencia, el objeto de estas subvenciones es el mantenimiento de los servicios de visitas turísticas y didácticas a yacimientos arqueológicos visitables situados en su municipio, el mantenimiento de su museización y el diseño y la realización de actividades de difusión del patrimonio arqueológico. Tercero. Bases reguladoras La OGS, aprobada por acuerdo del Pleno de 28 de marzo de 2017, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP) núm. 101, de 29 de mayo de 2017, modificada por acuerdos del Pleno de 20 de junio de 2017 (BOP núm. 174 de 8 de septiembre de 2017), de 21 de julio de 2020 (BOP núm. 185 de 24 de septiembre de 2020) y de 28 de marzo de 2023 (BOP núm. 107, de 5 de junio de 2023). Cuarto. Financiación y cuantía El gasto de la convocatoria, por un importe total de 140.000 euros, se hará efectiva con cargo a la aplicación presupuestaria 301.33301.46200 del Presupuesto de la Diputación de Valencia del ejercicio 2024. No se exige financiación propia. La determinación de la cuantía individual se hará conforme a la puntuación obtenida al aplicar los criterios de concesión que figuran en la convocatoria, según los datos expuestos por los municipios solicitantes en su proyecto. Quinto. Presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este extracto de la convocatoria en el BOP. Sexto. Otros datos Las solicitudes, dirigidas al presidente de la Diputación, se presentarán en la sede electrónica de la Diputación de Valencia (www.sede.dival.es), en la carpeta de Ayuntamientos. En estas se declarará responsablemente que la entidad no está incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria, previstas en el artículo 13 de la LGS y en el artículo 6 de la OGS. En el caso de que se presenten en plazo varias solicitudes se entenderá como válida la presentada en última instancia. A la solicitud se adjuntará la documentación siguiente: a) Proyecto de actividades, redactado y firmado por personal técnico competente, que ha de incluir, de manera expresa, al menos los siguientes extremos: - Descripción del proyecto con referencia al yacimiento o yacimientos objeto de atención y a los elementos que lo convierten en visitable. - Referencia expresa a los datos que permiten valorar el proyecto de acuerdo con todos los criterios establecidos en la cláusula Novena. - El programa de actividades a realizar. - El calendario de realización previsto. - La identificación de las personas beneficiarias finales. - Los resultados que se pretenden obtener (objetivos) y la forma de medir estos resultados (indicadores y metodología). b) Presupuesto detallado por conceptos de la previsión de gastos e ingresos del proyecto de actividades. c) Certificado de la Secretaría o de la Intervención municipal en el cual se haga constar los importes y el concepto que, en el ejercicio anterior a la convocatoria, se han destinado al mantenimiento del servicio de visitas o para la mejora de las condiciones de conservación o puesta en valor de los yacimientos. El certificado también ha de especificar la procedencia de las aportaciones realizadas al proyecto durante el ejercicio anterior, incluyendo los recursos municipales propios y los ingresos por el precio público de las visitas. No se admite la reformulación de las solicitudes.
Organismo convocante
DIPUTACIÓN PROV. DE VALENCIA — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA
Ámbito
Valencia / València
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 14 de marzo de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | 91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 140.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Convocatoria de subvenciones destinadas a entidades locales para yacimientos arqueológicos visitables 2024