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CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LA CREACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE EMPRESAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANLUCAR DE BARRAMEDA 2024

Plazo de solicitud 15 de junio de 2024
Estado Finalizada
Código BDNS 750414

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Cádiz. Presupuesto: 240.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Se convocan para el ejercicio 2024, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva la siguiente línea de ayudas en el ámbito municipal: AYUDAS A LA CREACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE EMPRESAS Objeto de la Convocatoria.- La presente Convocatoria tiene por objeto la regulación jurídica mediante unas bases, por las que se regirán las ayudas a conceder por el Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda en el presente ejercicio 2024, y en régimen de concurrencia competitiva, a las/los emprendedoras/es y empresas que ejerzan su actividad en Sanlúcar de Barrameda, para el desarrollo empresarial y profesional, y en particular su creación, consolidación y/ o ampliación de la actividad. Ámbito temporal.- La presente Convocatoria se aplicará a todas aquellas solicitudes de ayudas que se presenten desde la fecha de su entrada en vigor y hasta el 15 de junio de 2024 inclusive. Ámbito material.- La presente Convocatoria será de aplicación para aquellos proyectos, actividades o actuaciones empresariales y profesionales llevadas a cabo en Sanlúcar de Barrameda, y que sean realizadas por promotoras/es que sean micro, pequeñas o medianas empresas (PYMES), entendiendo por tales aquellas empresas que tengan un máximo de 250 trabajadores y posean un volumen de facturación inferior a los 50 Millones de Euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros, de acuerdo con la definición dada por la Recomendación 2003/361/CE de la comisión de 6 de mayo de 2003 y los profesionales siempre dentro de una de estos supuestos: 4.1 Que se trate de proyectos, actividades o actuaciones empresariales y profesionales que a la fecha de la convocatoria no estén iniciados o iniciados a partir del 01 de enero de 2023 hasta el final de la presente convocatoria, y aperturen en Sanlúcar de Barrameda, establecimientos para el ejercicio de actividades permanentes y de carácter estables y continuas, entendiendo por tales las que se establecen en locales en edificios tanto industriales, profesionales, comerciales o de servicios o quioscos instalados en la vía pública de forma estable, cuya actividad desarrollen en un local determinado y afecto directamente a la actividad, y que cuenten con autorización de ocupación de la vía publica para un año o más, que precisen de declaración responsable para el ejercicio de la actividad, licencia municipal de apertura en su caso, o justifiquen el no precisarlas. 4.2. El traslado de una actividad ya iniciada, a un nuevo local en Sanlúcar de Barrameda, en los términos establecidos en el apartado anterior, siempre que se justifique su necesidad y hayan trascurrido más de dos años desde el inicio de dicha actividad por el empresario o autónomo en su ubicación anterior, aun cuando el desarrollo de la actividad hasta la fecha de traslado no se realizara en local determinado (situación en la que no serán obligatorios los dos años de antigüedad en la ubicación anterior). 4.3.- La ampliación de las empresas que contando ya con establecimiento, con la apertura de nuevos establecimientos en Sanlúcar de Barrameda, en los términos establecidos en el art. 4.1 de las presentes bases, creen nuevos empleos. 4.4.- La consolidación de las empresas o profesionales reseñadas en los puntos anteriores, que a fecha de solicitud de ayuda cuenten con más de tres años de ejercicio continuado de su actividad en el local en el que la desarrollan y por el que solicitan la subvención, y hayan realizado con anterioridad a la fecha de presentación de la ayuda, pero posterior a la fecha de cumplimiento de los tres años de ejercicio de actividad continuado, inversiones para su consolidación dentro de los siguientes conceptos: 4.4.1-Mejora de las instalaciones e infraestructuras de la empresa. 4.4.2-Adquisición de bienes muebles, cuyos conceptos sean subvencionables. Importe de las subvenciones.- Las/los promotores/as de empresas, empresarias/os y profesionales que reuniendo todos los requisitos necesarios recogidos en estas bases, presenten su solicitud dentro del plazo establecido para ello, podrán optar a las siguientes ayudas de acuerdo con el presupuesto de inversiones y gastos que suponga la creación, traslado y/o ampliación de la empresa: Ayudas a la creación, ampliación y traslado: 7.1 Ayuda de importe de ochocientos cincuenta euros (850 €), para proyectos o actuaciones con presupuestos iguales o superiores a 1.070 euros e inferiores a 2.130 euros IVA no incluido. 7.2 Ayuda de importe de mil setecientos euros (1.700 €), para proyectos o actuaciones con presupuestos iguales o superiores a 2.131 euros e inferiores a 2.900 euros IVA no incluido. 7.3 Ayuda de importe de dos mil trescientos euros (2.300 €), para proyectos o actuaciones con presupuestos superiores a 2.901 euros IVA no incluido. Ayudas a la consolidación por inversión: 7.4 Ayuda del 80 % del importe de las inversiones realizadas; con un importe mínimo de ayuda de quinientos euros (500 €) y con una ayuda máxima de dos mil trescientos euros (2.300 €), para proyectos o actuaciones realizadas por las empresas y profesionales con más de tres años de antigüedad en el ejercicio de su actividad. El importe de las subvenciones individuales concedidas, no podrán en ningún caso, superar individual o conjuntamente con otras subvenciones recibidas al efecto, el 80% de la inversión o el proyecto presentado por el beneficiario. Beneficiarias/os.- Podrán ser beneficiarias/os, con carácter general, todas las personas físicas, jurídicas o Entidades a las que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, con sede en Sanlúcar de Barrameda y en las que no concurran algunas de las causas del Art. 8 apartado 3 de las Bases reguladoras. Sin perjuicio de lo anteriormente establecido y con carácter específico serán excluidas como posibles beneficiarias las empresas que trasladen su actividad a un nuevo establecimiento siempre que no haya trascurrido más de dos años desde su creación y ejercicio continuado de su actividad, así como las que hayan recibido…

Organismo convocante

SANLÚCAR DE BARRAMEDA — AYUNTAMIENTO DE SANLÚCAR DE BARRAMEDA

Ámbito

Cádiz

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación21 de marzo de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes15 de junio de 2024

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras actuaciones de carácter económico
Sector económicoACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; L - ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS; ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA; AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; F - CONSTRUCCIÓN; Q - EDUCACIÓN; I - HOSTELERÍA; INDUSTRIA MANUFACTURERA; B - INDUSTRIAS EXTRACTIVAS; OTROS SERVICIOS; SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN; SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO; K - TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total240.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LA CREACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE EMPRESAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANLUCAR DE BARRAMEDA 2024