Bases y convocatoria de las ayudas a las organizaciones de jóvenes y a la creación en el municipio de Oñati
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 15.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Bases y convocatoria de la concesión de subvenciones con cargo a los programas gestionados por el Departamento de Infancia y Juventud. El Pleno Municipal celebrado el 21 de marzo de 2024, ha adoptado entre otros el siguiente acuerdo: En su virtud, la Comisión Municipal de Gobierno, a propuesta de la Comisión de Infancia y Juventud, y previa deliberación, ACUERDA Primero Aprobar las bases reguladoras de las siguientes líneas de subvenciones: Ayudas a las organizaciones de jóvenes y a la creación. Dichas subvenciones se concederán de acuerdo con los siguientes apartados: Programación anual, promoción de las asociaciones. Creación cultural y difusión. Actividades no-habituales. Segundo Aprobar, por delegación de la Junta de Gobierno Local, la convocatoria correspondiente a 2024 de las citadas subvenciones. 1. Financiación. La dotación económica para la concesión de subvenciones reguladas en la presente convocatoria será la señalada para la partida 1.0812.481.337.20.01.2024 (00540). 2. Plazo de presentación de solicitudes en el año 2024. El plazo de presentación de solicitudes finaliza a los 30 días de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Guipúzcoa. En el caso de las subvenciones a la creación y difusión, se contará con un segundo plazo dentro del anterior: de veinte días a partir del 15 de octubre (siempre que se cuente con dotación económica). Las Bases podrán conseguirse en la página web del Ayuntamiento de Oñati, en la Oficina del Gazteleku o en las oficinas del SAC del Ayuntamiento de Oñati de 7:30 a 15:30 horas. DISPOSICIÓN FINAL Las bases reguladoras aprobadas mediante el presente acuerdo surtirán efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa. Este acuerdo es definitivo y pone fin a la vía administrativa. Las personas interesadas podrán interponer directamente contra él Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián, en el plazo de los meses a partir del día siguiente al de su publicación. No obstante, las personas particulares, con carácter previo, podrán interponer Recurso Potestativo de Reposición ante la Junta de Gobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime pertinente. Lo que se publica para general conocimiento. En Oñati, a 21 de marzo de 2024 La Alcaldesa BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS A LAS ORGANIZACIONES DE JOVENES Y A LA CREACION EN EL MUNICIPIO DE OÑATI Objeto. El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de subvenciones a los grupos juveniles del municipio, así como a asociaciones familiares para la promoción infantil, sin ánimo de lucro. El interés de las actividades y programas a desarrollar por los grupos deberá ser acorde con los objetivos de los programas de la Comisión de Infancia y Juventud municipal. Las subvenciones se concederán de acuerdo con los siguientes apartados: Programación anual, promoción de las asociaciones. Creación cultural y difusión. Actividades no-habituales. Régimen jurídico. En lo referente a estas ayudas, esta normativa y las demás en vigor son las que regularán la relación jurídica entre los beneficiarios y el Ayuntamiento de Oñati. A continuación se detalla la normativa en vigor: Ley General de Subvenciones 38/2003 de 17 de noviembre. Reglamento General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006 de 21 de julio. Ordenanza general de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Oñati (BOG nº 59, 30-03-2009). Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Oñati 2023-2026 (Decreto del 11 de octubre de 2022). Financiación y presupuesto Las partidas presupuestarias correspondientes a los distintos capítulos correrán a cargo de los presupuestos del Ayuntamiento. Las distintas dotaciones estarán recogidas en su correspondiente presupuesto anual, y serán las cantidades máximas que el Ayuntamiento concederá. El reparto de las subvenciones previstas en estas bases queda sometido a la aprobación y entrada en vigor de los correspondientes presupuestos. La dotación económica para la concesión de subvenciones reguladas en las presentes bases será la señalada para la partida 1.0812.481.337.20.01 (00540). Solicitantes. Podrán solicitar estas subvenciones las asociaciones, grupos o particulares de Oñati sin ánimo de lucro y de carácter juvenil o promoción infantil. Será condición suficiente para solicitar subvención el hecho de que la mitad del grupo solicitante o el solicitante particular estén empadronados en Oñati, y tenga entre 12-30 años de edad (en el caso de los grupos juveniles). Estas subvenciones serán compatibles con otras posibles subvenciones que puedan recibirse. Salvo otras subvenciones del propio Ayuntamiento de Oñati. Presentación de la solicitud Condiciones a cumplir por los solicitantes: 1. Para solicitar las subvenciones se deberá cumplimentar la hoja de solicitud. Esta puede recogerse en la Oficina de información Juvenil del Gazteleku, en www.oñati.eus , o en el SAC del Ayuntamiento de Oñati. Pero solo podrán presentarse en el SAC del Ayuntamiento de Oñati. Horario de7:30 a 15:30 horas. 2. El representate o responsable del programa o actividades objeto de la solicitud de subvención tendrá que cumplir la totalidad de los capítulos que figuran en el impreso de solicitud. 3. El plazo de presentación de solicitudes finaliza a los 30 días de la publicación de la convocatoria en el boletín Oficial de Guipúzcoa. En el caso de las subvenciones a la creación y difusión, se contará con un segundo plazo dentro del anterior: de veinte días a partir del 15 de octubre (siempre que se cuente con dotación económica). 4. Documentación a presentar junto con la solicitud: Currículum del grupo: actividades realizadas hasta…
Organismo convocante
OÑATI — AYUNTAMIENTO DE OÑATI
Ámbito
Gipuzkoa
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 22 de marzo de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 15.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Bases reguladoras de las ayudas de las organizaciones de jóvenes y a la creación en el municipio de Oñati